El nuevo Real Decreto que afecta a la normativa de la ITV es el cambio más importante desde hace veinte años.

El nuevo Real Decreto que afecta a la normativa de la ITV es el cambio más importante desde hace veinte años.

Estas son las novedades que deberán aplicar las ITV, en las que sus inspectores tendrán que tener, una vez en vigor (20 de mayo), como mínimo, el título de Técnico Superior de Automoción.

¿CUÁNDO?

A los 4 años desde su matriculación. Después y hasta los 10 años, cada 2 años. Más de 10 años, cada año.

EXCEPCIONES 

Aunque no haya cumplido los 4 años, si el vehículo es objeto de una modificación o sustitución de elementos, antes o no de la matriculación, que varíe las características que constan en la tarjeta ITV o las condiciones de seguridad definidas, debe pasar una inspección de reformas. También, si el coche ha sufrido desperfectos notables en un accidente.

¿CUÁNTO?

Los precios están liberalizados y dependen de cada Comunidad Autónoma. Y, dentro de éstas, de cada centro de inspección:

TURISMO: Gasolina o eléctrico, entre 40 y 50 euros. Un diésel, 5/15 euros más.

MOTOS: Unos 5 euros menos que los coches de gasolina. Si es no apto por defectos graves o muy graves, no se volverá a pagar si se subsanan en quince días.

Si se supera este plazo, esta revisión costará entre 15 y 20 euros menos.

¿QUÉ SE REVISA?

En la ITV se sigue el recorrido que marca el operario que se responsabilidad de nuestro vehículo. Se revisan elementos exteriores como los espejos retrovisores, lunas, limpiaparabrisas o la placa de matrícula. En el interior se comprueba el funcionamiento de puertas, ventanas, mecanismos de cierre o los cinturones de seguridad. A continuación el estado de las ópticas –comprobando el alumbrado y la señalización–, los sistemas de dirección, suspensión, motor y catalizador.

¿DOCUMENTACIÓN?

La documentación que debe entregar es la que obligatoriamente debe llevar en el coche al circular: los originales de la tarjeta de inspección técnica y el permiso de circulación. No es necesario llevar el recibo del seguro obligatorio.

¿NO APTO?

Se pueden encontrar tres tipos de defectos:

LEVES: se puede seguir circulando, pero que se deben subsanar.

GRAVES: deberán ser arreglados y volver a pasar la ITV en el plazo de 2 meses.

MUY GRAVES: no podrá abandonar la ITV circulando. Habrá que hacerlo en grúa y se debe volver a pasar la ITV cuando los defectos hayan sido subsanados.

 

APTO

Si no hay defectos graves, se entrega la tarjeta de inspección técnica sellada con la fecha del día en que se ha pasado la revisión. Y una pegatina que debe colocar obligatoriamente en el ángulo superior derecho del parabrisas delantero.

http://www.dgt.es/revista/num244/mobile/index.html#p=27