BREVE HISTORIA DEL CEASA


 

JUNTA DE ANDALUCIA

 

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA PARA LA CREACIÓN DEL CENTRO EXPERIMENTAL ANDALUZ DE SANIDAD ANIMAL.


En Córdoba, a diez de marzo de mil novecientos noventa y nueve.


REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Manuel Pezzi Cereto, Consejero de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, en nombre y representación de la misma.

Y de otra, el Excmo. Sr. D. Eugenio Domínguez Vilches, Rector Magfco. de la Universidad de Córdoba, en nombre y representación de la misma.

EXPONEN

Primero.- Que el I Plan Andaluz de Investigación establecía la creación de centros de excelencia entendidos como mecanismos de planificación con capacidad ejecutiva en la gestión de los fondos que se les asignen, y dotados de una estructura ágil que se superponga a diferentes grupos de investigación integrados en distintos organismos, para permitirles la definición de objetivos comunes, la movilidad de su personal, la adquisición y uso compartido de equipamiento y la coordinación y aglutinación de un esfuerzo investigador. El II Plan Andaluz de Investigación, aprobado por acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 de febrero de 1996, destaca entre sus objetivos el apoyo a los centros ya existentes y el fomento o la creación de otros concebidos como ámbitos en los que se aglutinan y cooperan varios grupos de investigación, en líneas de carácter avanzado y que atienden a aspectos estratégicos para el desarrollo de Andalucía.

Segundo.- Que la Universidad de Córdoba cuenta con importantes grupos de investigación en el área de la Sanidad Animal que gozan de una sólida reputación internacional, consolidada por un muy elevado y mantenido índice de impacto de sus aportaciones al avance científico y técnico, con una considerable repercusión en diversas áreas, y con un espacio para albergarlo en el edificio de Sanidad Animal del Campus de Universitario de Rabanales.


Tercero.- Que como paso preliminar a la puesta en marcha del Centro que se encargue de estas funciones en el marco del II Plan Andaluz de Investigación es necesario establecer mecanismos transitorios que permitan el funcionamiento coordinado de los grupos de investigación que se integrarían en el Centro Experimental Andaluz de Sanidad Animal y que se les dote de los medios necesarios para obtener el máximo rendimiento en las actividades que desarrollan los mismos.


Por todo ello, la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba consideran necesario proceder a suscribir el presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes


CLÁUSULAS

Primera.- La Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba, acuerdan iniciar los trámites para la puesta en marcha del Centro Experimental Andaluz de Sanidad Animal, como mecanismo de coordinación, planificación y gestión de la investigación en esta área de acuerdo con el procedimiento establecido en el Acuerdo de 13 de febrero de 1996 del Consejo de Gobierno, por lo que se aprueba el II Plan Andaluz de Investigación.


Segunda.- Las funciones a las que se dedicaría el futuro Centro serán:

a) Estudios entomológicos de los hospedadores intermediarios como medida de prevención y control de enfermedades.

b) Perfeccionamiento de los métodos epidemiológicos y de las medidas de prevención y control de enfermedades.

c) Estudio de los sistemas de detección de la contaminación ambiental de los ecosistemas animales y de los procesos tóxicos de los animales de origen alimentario, terapéutico o por envenenamiento.

d) Desarrollo y perfeccionamiento de los métodos de diagnóstico de las enfermedades de los animales domésticos y de vida libre.

e) Estudio de patogenia de los diferentes procesos patológicos en orden a conocer los mecanismos responsables de la enfermedad.

f) Estudio de la resistencia adquirida por agentes patógenos frente a determinados y/o tratamientos.

g) Perfeccionamiento de las medidas que eviten la transmisión al hombre de residuos de medicamentos a través de alimentos de origen animal.


Tercera.- Para las tareas objeto del presente Convenio se designará:

- Un Consejo Rector
- Un Director
- Una Gerencia


Cuarta.- Serán funciones del Consejo Rector:

a) Establecer las líneas de actuación científica del Centro.

b) Proponer el establecimiento de convenios o contratos con entidades Públicas o Privadas, Nacionales o Internacionales, para realizar los trabajos de Investigación en el área de Sanidad Animal.

Quinta.- Serán funciones del Director:

a) Elaborar los programas concreto de actividades.

b) Elaborar la memoria anual de la gestión del Convenio.

c) Elaborar el plan presupuestario sobra las necesidades para llevar a cabo el Convenio.


Sexta.- Serán funciones de la Gerencia las que se deriven de la propia gestión económica y administrativa del Convenio.


Séptima.- Se acuerda nombrar Director a D. Amador Jover Moyano, Catedrático del Área de Anatomía y Anatomía Patológica Comparadas de la Universidad de Córdoba y Coordinador del Centro Experimental Andaluz de Sanidad Animal, según acuerdo del Consejo General de Ciencia y Tecnología de la Junta de Andalucía.


Octava.- El Consejo Rector, que estará presidido por el Director, estará formado por :

- Un representante de cada una de las Universidades Andaluzas.
- Un representante de al Consejería de Educación y Ciencia.
- Un representante de la Consejería de Agricultura y Pesca.
- Un representante de la Consejería de Medio ambiente.
- Un representante de la Consejería de Salud.
- Tres científicos de reconocido prestigio en el área, nombrados por el Consejero de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Comisión Científica del Plan Andaluz de Investigación.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

Manuel Pezzi Cereto


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA

Eugenio Domínguez Vilches