- Información previa a la matriculación

- Sistemas de información previa a la matriculación y procedimientos accesibles de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso para facilitar su incorporación a la Universidad y a la titulación

- Plazos y procedimientos de preinscripción

- Plazos y procedimientos de matriculación

- Criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales

- Requisitos de Acceso

- Tipos de matrículas para los alumnos de grado

- Matrícula Parcial: Entre 24 y 36 créditos.

- Matrícula Completa: Entre 37 y 78 créditos.

- Tipos de becas para los alumnos de grado

- Beca Parcial, requisitos académicos:

Tener aprobados el 100% de los créditos matriculados en el año anterior.

Matricularse de 30 a 59 créditos.

- Beca Completa, requisitos académicos:

Tener aprobados el 80% de los créditos matriculados en el año anterior.

Matricularse de 60 créditos mínimos.

- Información dirigida a estudiantes de nuevo ingreso

- Información sobre apoyo y orientación a los estudiantes una vez matriculados

- Información sobre sistema de transferencia y reconocimiento de créditos

- Perfil recomendado para el alumnado de nuevo ingreso

Dado el carácter teórico y experimental del Grado de Química se recomienda que el estudiante de nuevo ingreso tenga como características personales una buena formación teórica de matemáticas, física y química, y predisposición y habilidad para la experimentación en el laboratorio, así como en competencias lingüísticas orales y escritas en la lengua propia y en una lengua extranjera como el inglés.

En cuanto a las vías de acceso preferentes, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.

- Requisitos de acceso y criterios de admisión

El artículo 14 del Real Decreto 1393/2007 del 29 de octubre sobre organización de las enseñanzas Universitarias Oficiales establece que para acceder a las enseñanzas oficiales de Grado se requerirá estar en posesión del título de bachiller o equivalente y haber superado la prueba a que se refiere el Artículo 42 de la Ley 6/2001 Orgánica de Universidades modificada por la Ley 4/2007 de 12 de abril, sin perjuicio de los demás mecanismos de acceso previstos por la normativa vigente.

La Universidad de Córdoba, actualmente, establece el acceso del alumnado tal y como recoge el Real Decreto 1742/2003, de 19 de Diciembre, por el que se establece la normativa básica para el acceso a los estudios universitarios de carácter oficial, así como en la Resolución Anual de la Comisión del Distrito Único Andaluz para Admisión en Titulaciones de Grado de las Universidades de Andalucía (Acuerdo de 12 de Mayo de 2009 de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el Ingreso en los Primeros Ciclos y estudios de Grado de las Enseñanzas Universitarias), mediante seis vías de acceso: Bachillerato, Ciclos Formativos de Formación Profesional, Titulados Universitarios, Mayores de 25 años, Estudiantes de la Unión Europea y Extranjeros. En un futuro el acceso del alumnado a la Universidad se realizará de acuerdo con el R.D. 1892/2008 (BOE 24/11/2008), según el calendario de implantación que en el mismo se señala, y con las vías de acceso que se indican.

La Facultad de Ciencias respetará la normativa que se apruebe para el acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional indicado por el artículo 36.4 del Real Decreto 1892/2008, que regula las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas (BOE 24/11/2008).