CSIF, CCOO,y UGT reiteran la solicitud a la Junta de Andalucía la convocatoria urgente de la Mesa de Negociación de Universidad para cerrar los acuerdps alcanzdos en las Mesas Sectoriales.

Han transcurrido 3 semanas desde la petición de la convocatoria de la Mesa de Negociación de Universidad tres sindicatos y ante la pasividad de la Consejería y las Universidades en cerrar los acuerdos alcanzados, hemos decido reiterar esa solicitud.

Recordamos el compromiso político, hasta el momento incumplido, del Sr. Consejero, expresado en la apertura de las negociaciones en el Rectorado de la Universidad de Córdoba el 16 de enero de 2023 de realizar una nueva convocatoria de complementos económicos para el PDI y de establecer un sistema de carrera horizontal para el PTGAS. Hace diecisiete meses y hoy siguen siendo tan solo un compromiso.

Del mismo modo, informamos que, de persistir esta situación de inacción, realizaremos movilizaciones para el próximo mes de junio de 2024.

Informaremos a las plantillas sobre las acciones que corresponda poner en marcha en base a que se dé cumplimiento o no a éste compromiso.

A 20 de mayo de 2024

Adjuntos:
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Propuesta de RPT de la UCO, notas y catálogos de funciones de los puestos de trabajo.

Propuesta de RPT de la UCO, notas y catálogos de funciones de los puestos de trabajo.

Documentos adjuntos:

  • Catálogo de funciones básicas.
  • Catálogo de funciones específicas para Personal Funcionario Niveles 18 a 22.
  • Catálogo de funciones específicas para Personal Funcionario Niveles 23 a 25.
  • Catálogo de funciones específicas para Personal Funcionario Niveles 27.
  • Catálogo de funciones específicas para Personal Funcionario Niveles 28 a 30.
  • Catálogo de funciones específicas para Personal Laboral.
  • Notas Estructura RPT.
  • Propuesta RPT 2024.
  • Funciones Personal Bibliotecas.
Adjuntos:
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Tras varios años de reivindicación de CSIF, el Gobierno sube la indemnización por gastos de kilometraje.

  • Con esta subida pasa de 0,19 €/km a 0,26 €/km (0,106 € en motocicleta) la cantidad a recibir sin cotizar a Hacienda
  • CSIF exigirá su aplicación inmediata en todas las mesas de negociación y mantiene su petición de actualizar las cuantías sobre indemnización referentes a dietas.

Durante la tramitación de varios Presupuestos Generales del Estado, CSIF ha exigido la subida de la indemnización por kilometraje. La última vez, estaba incluida dentro de una larga lista de propuestas publicada en la página web: https://www.csif.es/contenido/nacional/general/350313.

Entre estas propuestas se presentaba la enmienda número 7, que exigía el aumento de la cantidad hasta ahora asignada y que no se actualizaba desde 2002. La cantidad de 0,19 €/km era claramente insuficiente cuando el coste del carburante ha subido hasta un 180% desde entonces.

Advertíamos también de que las peticiones de algunos sindicatos fuera de la Mesa General de Empleados Públicos de todo el Estado para subir esta indemnización en los ámbitos sectoriales chocaban con la cuestión de que toda subida por encima de 0,19 había que cotizarla a Hacienda; algo injusto porque estamos hablando de una indemnización y no de una retribución. CSIF lo ha demandado allí donde debe y donde tiene representatividad para hacerlo.

Con fecha de ayer en el BOE de 17 de julio de 2023 se ha publicado Orden HFP/793/2023 por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Con esta orden el coste del kilometraje queda en 0,26 €/km en automóvil y 1,106 €/km en motocicleta, sin que estas cantidades tengan que cotizar a Hacienda por considerarse indemnización y no retribución.

Para CSIF si bien es un avance este incremento que da respuesta a una reivindicación histórica de nuestra organización, la misma debería haberse negociado en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas e incrementarse en la misma proporción que el coste del carburante. Del mismo modo, exigimos su aplicación inmediata en todas las Comunidades Autónomas para el curso 2023-2024 y reivindicaremos que se tomen medidas para que exista compensación con carácter retroactivo a 1 de enero de 2023.

La Junta de Andalucía anula la Carrera Horizontal del PTGAS hasta el 2025

La administración autonómica ha elevado su empeño para no alcanzar ningún tipo de acuerdo en el sector de universidad en 2023. Ha mantenido una posición de incumplimiento de los acuerdos de 2018 en relación con el pago de los atrasos correspondientes a los años desde 2019 hasta 2022, añadiendo hoy una cerrada negativa a pagar el de 2023.

Más información en el documento conjunto presentado por todos los sindicatos representativos y que adjuntamos a continuación.

Adjuntos:
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El Gobierno regula los nuevos permisos para la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y cuidadores un año más tarde de lo exigido por la UE.

  • CSIF exige a Función Pública que dicte las instrucciones oportunas para que el permiso parental se retribuya conforme establece la Directiva Europea.

El pasado 29 de junio se publicó el Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se regula, entre otras, la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

La Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, obligaba a que los países miembros pusiesen en vigor, a más tardar el 2 de agosto de 2022, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas para dar cumplimiento a lo establecido en la misma.

Pese a ello, el Gobierno de España no reguló dichos derechos para las personas trabajadoras hasta la publicación del citado RDL 5/2023, previo requerimiento de la Unión Europea y apercibimiento con sanción de multa por el retraso en su regulación.

En lo referente al permiso parental, la propia Directiva establece, en su Art. 8, el carácter remunerado del mismo, fijando dicha obligatoriedad de la retribución con la redacción dada en el art. 20, si bien establece que los Estados miembros pondrán en vigor, a más tardar el 2 de agosto de 2024, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesaria para fijar la remuneración o la prestación económica correspondientes a las dos última semanas del permiso parental, lo que sin duda deja meridianamente claro que las primeras seis semanas son retribuidas desde la regulación de dicho permiso.

El propio encaje legislativo operado en el TREBEP se lleva a cabo en el art. 49.g) donde se regulan los permisos retribuidos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de violencia de género o de violencia sexual y para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos.

No obstante, la redacción dada por el segundo párrafo de la disposición final octava del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, está llevando a que distintas Administraciones hagan una interpretación restrictiva sobre la obligatoriedad de remunerar el permiso parental y hayan dictado instrucciones en el sentido de que dicho permiso no es retribuido.

Por este motivo CSIF se ha dirigido a la Secretaria de Estado de Función Pública para que dé las instrucciones oportunas al conjunto de Administraciones Públicas sobre la obligatoriedad de retribuir el permiso parental desde su entrada en vigor, el pasado 30 de junio.

No se entendería que un Gobierno que ha venido abanderando públicamente el reconocimiento de los derechos para las personas trabajadoras en materia de conciliación, ahora restrinja el disfrute del permiso parental por las dudas que está generando la transposición de la Directiva UE en nuestro ordenamiento jurídico.

Madrid a 10 de julio de 2023

Adjuntos:
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