LAS SINAGOGAS MEDIEVALES ESPAÑOLAS

EN LOS DOCUMENTOS DE LA BAJA EDAD MEDIA (SS. XIII-XV)

 

Jesús Peláez del Rosal

TOLEDO

23 de Septiembre de 1994

 

 

Objetivo de esta conferencia es describir los edificios sinagogales, prestando atención a los documentos de los SS. XIII al XV, teniendo siempre como referente las sinagogas antiguas de Palestina. Se trata, por tanto, de recoger las noticias que dan los documentos de la España cristiana en la baja Edad Media sobre las sinagogas, para dar una idea de la arquitectura, decoración y mobiliario de los edificios medievales. Omitiré, salvo raras excepciones, alusiones a las sinagogas medievales existentes o a los restos arqueológicos.

 

INTRODUCCION

Pero, antes de entrar a hablar de las sinagogas medievales, me parece conveniente hacer un breve apunte sobre los orígenes de la sinagoga, la institución más importante del pueblo judío después del templo, y describir someramente las sinagogas antiguas (SS. 1-VI) de Palestina, por cuanto estos dos puntos pueden servir de referencia al hablar de las sinagogas medievales, aunque medien muchos siglos de por medio.

 

- Los orígenes de la sinagoga

La existencia de sinagogas, como lugares de reunión y oración de los judíos es sin lugar a dudas, anterior a la caída del templo de Jerusalén, pero no tan antigua como dan a entender diversos pasajes del Targum Pseudo-Jonatán a Exodo (18,20> y del Midrás (Yal Ex 408) que la presuponen casi desde los comienzos del pueblo hebreo, o como el libro de los Hechos de los Apóstoles (15,21), en el que Santiago considera la sinagoga una institución muy antigua cuando dice: Porque durante muchas generaciones se ha leído y proclamado la Ley de Moisés todos los sábados en la sinagoga de cada ciudad, o como Filón (De Vita Mos 3,17) y Flavio Josefo (Apion, 2,17,75) que dejan bien sentada la existencia de sinagogas desde tiempos de Moisés.

De ser tan antiguas las sinagogas, no se explicaría cómo en toda la Biblia judía no se alude ni una sola vez a éstas corno edificio o lugar de culto.

En mi opinión, la sinagoga como lugar de culto y reunión judíos debió nacer a partir de la centralización del culto en Jerusalén, con la reforma del rey Josías (621 a. C.) En este momento surgió por parte de los judíos alejados del templo la necesidad de tener unos lugares de oración sin culto sacrificial fuera de Jerusalén; dada la importancia de la Torá, ésta sería leída y explicada en estos lugares que, con el transcurso del tiempo se denominarían sinagogas; o tal vez la sinagoga tuvo su origen durante la cautividad de Babilonia, cuando los judíos, desprovistos de templo y de culto, se reunían para leer sus libros sagrados y añorar la vuelta a la tierra.

En Palestina, coexistieron quizá durante un tiempo, templo y sinagoga, guardando una estrecha relación. Con la destrucción del templo y con el consiguiente cese del culto sacrificial, la sinagoga pasó a ser el centro de la vida judía. [Muchas de las prácticas y rituales del templo se transfirieron deliberadamente a la sinagoga y otras se prohibieron precisamente porque pertenecían en exclusiva al Templo. La oración se consideró la sustituta de los sacrificios, y la palabra ‘abodah (servicio) con la que se aludía al culto sacrificial del templo, comenzó a aplicarse a la oración sinagogal, que pasó a ser la Abodah del corazón (Sif Dt 41)].

De la existencia de edificios sinagogales con anterioridad a nuestra era no tenemos pruebas, aunque algunos han querido ver alusiones veladas a los mismos en diversas citas de Ezequiel (8,1; 14,1; 20,1 (santuario pequeño), en el Salmo 74 (asambleas de Dios) o en 1Mac 3,46 55. donde se cita Mizpeh como lugar de oración (topos proseukhês), término técnico con el que se designa desde antiguo la sinagoga. Sin embargo, a partir del 5. 1 de nuestra era se puede afirmar con toda seguridad la existencia de estos edificios sinagogales no solamente en Israel sino también en la Diáspora de lo que dan testimonio diversas inscripciones como la losa de mármol encontrada el año 1902 en Sedia, a 26 kms de Alejandría, [cuyo texto dice que los judíos dedicaron la sinagoga a Tolomeo II Evergetes (246-221 a.C.) y a la reina Berenice,] o la inscripción de Teodoto, hijo de Veteno, del 5. 1. d.C., hallada en el Ofel al sureste de Jerusalén [con el siguiente texto: "Teodoto, hijo de Veteno, sacerdote y jefe de sinagoga, nieto de un archisinagogo, construyó esta sinagoga para la lectura de la Ley y para la enseñanza de los mandamientos y construyó también la casa de huéspedes y las habitaciones y las instalaciones de agua para alojar a los necesitados que vienen de fuera, cuya sinagoga fundaron sus hermanos y los ancianos y Simónides"]. Esta inscripción alude ya, en el siglo I de nuestra era, a las instalaciones que solían rodear a la sinagoga: casa de huéspedes y baños rituales.

Estas dos inscripciones, entre otras que se podrían citar, dejan constancia de la existencia de sinagogas a partir del 5 1, constancia que se ve corroborada por las excavaciones de Palestina, donde se ha podido probar que dos al menos de las sinagogas excavadas, la de Massada (en la vertiente oriental de las montañas de Judá, al oeste del Mar Muerto) y la del Herodion (a unos kilómetros al sureste de Belén) son del 5. 1.

[La de Massada tuvo dos épocas. En su forma original consistía en un edificio rectangular de 15 x 12 m2 con dos filas de columnas. El pavimento era de yeso gris. La entrada estaba en el muro este; a la sala principal se llegaba a través de un atrio Los zelotas introdujeron varias modificaciones en su estructura: quitando dos columnas, un muro e instalando unos bancos escalonados de piedra enfoscada de yeso a lo largo de las paredes. La sinagoga descubierta en el Herodion es de tipo similar. Sin embargo, originariamente fue una sala del palacio herodiano reutilizada como sinagoga en la que los ocupantes de la fortaleza durante la primera sublevación judía instalaron unos bancos escalonados a lo largo de los muros, construyendo cerca un baño ritual; este descubrimiento parece menos significativo que el de Massada, donde la sala en cuestión parece haber sido construida originalmente con fines religiosos].

 

- Las sinagogas antiguas (ss. I-VI)

¿Cómo eran las sinagogas antiguas de Palestina?

Por su finalidad, el edificio de la sinagoga tenía que diferenciarse claramente del santuario o templo judío. A diferencia del templo de Jerusalén, la sinagoga no tiene sacerdotes ni sacrificios de animales y mientras que en el templo el único que entraba era el sacerdote, manteniéndose lejos los demás participantes en el culto sacrificial, en la sinagoga la participación de todos en la oración común era el centro en torno al que giraba su liturgia. El edificio de la sinagoga debía tener, por tanto un amplio espacio en su interior, adecuado para dar cabida a los miembros de la comunidad, posibilitando oír la lectura de la Torá y sentarse durante el servicio religioso.

El modelo arquitectónico más próximo a estos edificios sinagogales no fueron los santuarios paganos del mundo grecorromano, sino más bien los bouleutêria o ekklesiastêria de los griegos en los que se reunían para discutir grupos numerosos de gente. Arquitectónicamente hablando, el modelo se complicó, pues hubo que crear un espacio -la galería de mujeres- para posibilitar la asistencia de las mismas a los servicios. Para esto último, se seguiría con frecuencia el modelo de las basílicas, con columnas alrededor de un espacio central y una galería sobre los pórticos interiores.

Desde época muy temprana se cuidó que la puerta de entrada a la sinagoga y el estrado o aforo de los fieles no se orientasen ambos hacia Jerusalén, procurando que la puerta se hallase situada de modo que al entrar o salir los fieles no diesen la espalda a la hornacina de los rollos de la Torá que se situaba en el lado del edificio orientado hacia Jerusalén. Además de la hornacina para los rollos de la ley, las sinagogas tuvieron muy pronto una bimah, especie de podio o púlpito.

Las dimensiones de aquellas sinagogas antiguas de Palestina eran muy modestas, oscilando entre 360 metros cuadrados, la mayor -la de Cafarnaún- y 110, la menor, siendo esta última dimensión la más ordinaria. Las sinagogas, por lo general, eran de reducidas proporciones, de ahí el abundante numero de ellas que había en la grandes ciudades. En la de Dura Europos, en Mesopotamia, cabían unos 55 hombres y 35 mujeres.

En líneas generales podemos decir que la sinagoga era un edificio, por lo común, pequeño, para reunión de los judíos, orientado todo él, o al menos el muro principal del mismo, hacia Jerusalén, con una hornacina para alojar los sefarim o rollos de la Torá y la haftará [(lit. conclusión o despedida; lectura de los textos proféticos con la que, según algunos, terminaba el servicio sinagogal)], una bimah (tarima o púlpito) para la predicación y dirección de la oración comunitaria, unos asientos y, con frecuencia, algunas instalaciones adjuntas como casa de huéspedes y baños rituales.

 

1. LOS NOMBRES DE LA SINAGOGA

¿Qué nombre o nombres se le dieron a este edificio? La cuestión del nombre es importante porque nos da una idea de la función que ha cumplido el edificio sinagogal a lo largo del tiempo.

 

-Sinagoga

El primero de ellos es, sin lugar a dudas, el de "sinagoga", palabra que viene de synagô, verbo que en griego significa reunir, juntar, y es el término técnico utilizado para designar la reunión o el lugar de reunión de los judíos (el de los cristianos, por oposición y contraste, se denominaría ekklésía, de donde iglesia; posteriormente, el de los árabes, mezquita (del árabe: masyid, oratorio, templo). En hebreo, reunión se dice keneset y sinagoga bet ha-keneset (casa de reunión).

En el libro de Neh (8-9), la palabra keneset (reunión) tomó el sentido específico de "reunión para la oración y la instrucción", aludiéndose a esta clase de reunión para la lectura pública de la ley con la expresión keneset ha-gedolah (la gran sinagoga o reunión).

En el Nuevo Testamento, y en autores judíos como Filón y Flavio Josefo, synagôgê indica igualmente el lugar de culto y reunión de los judíos.

Sinagoga es también el término habitual, aunque no el único, con el que se designaba en la edad media a este lugar de reunión de los judíos, no sólo para la oración (actividad principal que se desarrollaba en ella) sino también para otros fines. Así, un documento de 5 de Mayo de 1340 relativo a la sinagoga de Vich, dice que el consejo hebreo se reunía "in Schola sive Synagoga judeorum" para aprobar la conducta de sus secretarios en el reparto de contribuciones, [situándose el capellán en el púlpito o tribuna de la citada escuela o sinagoga (et capellano nostro stante in trona [púlpito o tribuna] dicte Scholae (F. Cantera, Sinagogas españolas, Madrid 1955, reimp. Madrid 1984, 337; en adelante citado como Sinagogas)]. En la sinagoga mayor de Barcelona, según composición de 1386, se reunían los judíos para las elecciones de autoridades de la aljama barcelonesa (cf. Baer, 580 y ss).

Como vernos por estos textos, y otros que se podrían citar, la sinagoga era en la baja edad media el lugar adecuado no sólo para reuniones de carácter cultual, sino también para la toma de decisiones del concejo hebreo de la aljama o para la celebración de elecciones, entre otras actividades.

 

-Lugar o casa de oración

A la sinagoga se le designaba también desde el siglo I proseukhê o topos proseukhes (oración o lugar de oración). Esta expresión se aplica en 15 56,7 al templo (bet tefillah) expresión citada en los evangelios sinópticos (oikos proseukhês) con motivo de la expulsión de los mercaderes del templo; con este término la denominan también Filón, I (In Flacc 6,14; De Leg 20, 43, 46), Flavio Josefo (Vita, 54) y una vez el Nuevo Testamento (Hch 16,13: el sábado salimos a las afueras y fuimos bordeando el río hasta donde pensábamos que había un lugar de oración (proseukhê). Filón llama a las sinagogas proseukhtêria (oratorios o lugares de oración) (De Vita Mos 2, 39, 216).

En el yacimiento de la Alcudia (Elche, Alicante), se excavo en 1905 un templo que, según los entendidos, era una sinagoga de entre los siglos IV al VI; la razón más fuerte para pensar que no se trataba de un templo, sino de una sinagoga fue la aparición de una inscripción griega con la palabra proseukhé, designación tradicional del edificio sinagogal desde la más remota antigüedad (Sinagogas, 214).

Los textos medievales que designan la sinagoga como oratorio, casa de oración, lugar donde los judíos hacen sus oraciones y expresiones similares son muy numerosos. "Oratorio y sinagoga" son términos que aparecen como sinónimos en la autorización del rey D. Jaime 1, el 24 de Agosto de 1263, al judío Bonanasco Salomón (plenam licenciam et posse faciendi et construendi seu edificandi oratorium sive Sinagogam intus domos tuas, cf. Sinagogas, 171); entre los privilegios concedidos a los judíos que poblasen Alcolea (Lérida) por el infante D. Alfonso el 1 de Agosto de 1320, éste concede en primer lugar el poder fundar y edificar en el sitio de la vil1a que elijan su sinagoga, "in qua possint suas horas cantare et dicere secundum legem suam alta vel sumissa voce de die et de nocte, ut eis videbitur faciendum (Sinagogas, 164); este documento se refiere a la liturgia oracional judía con términos técnicos de la liturgia cristiana (cantar las horas en voz alta o baja, de día o de noche, cf. Sinagogas, 164); una escritura de 17 de Agosto de 1490 cita a "los hombres buenos que dicen oración en ella" (Sinagogas, 225); en la carta que los Reyes Católicos dirigen el 7 de Agosto de 1492 haciendo donación de la sinagoga a favor de la Catedral de Calahorra (Logroño) con el fin de que se convirtiese en iglesia se dice: "por la presente voz fazemos merzed e donación de la synoga e casa de oracion que en la dha cibdad tenian los judios e judias della... (Sinagogas, 185-86). Son numerosos, por tanto, los documentos que hablan de la sinagoga corno casa de oración de los judíos [(véanse, por ejemplo, Sinagogas, pp. 238; 254; 339, entre otros)].

La sinagoga es considerada casa de oración de los judíos aunque esta oración no fuese bien vista por fanáticos como el arcediano de Ecija que conminaba a los sacerdotes de Santa Olalla de la Sierra (Sevilla) el 8 de diciembre de 1390 a derribar la casa sinagoga en que los enemigos de Dios y de la Iglesia que se llaman judíos de ese dicho lugar fazen su ydolatria e los libros e Tora que y estovieren que me los enbiedes porque yo faga dellos lo que fuere derecho, e la teja, e madera e lamparas que sea para la obra de nuestra iglesia (Sinagogas, 284); de modo parecido actúa este arcediano según un documento de 10 de enero de 1391 que inserta dos cartas del rey Enrique III sobre su lamentable actuación, cuya destitución reclama. En este documento el arcediano habla de las sinagogas como "sinagogas de satanás, en las quales especialmente se maldise Jhesu Christo tres vegadas cada dia et al Rey e a todo el pueblo christiano" (Sinagogas, 208). Resulta interesante la cita por hablar de las "tres veces" que se reúnen cada día los judíos en la sinagoga para orar.

La historia de este fanático arcediano es de sobra conocida: Ferrand Martínez, que así se llamaba, comenzó a predicar en Sevilla en 1378 contra los judíos, moviendo a la población para que demoliesen las 23 sinagogas (dato tal vez hiperbólico) que había en la ciudad y que recluyesen en su barrio a los judíos de modo que no entrasen en contacto con los cristianos. Los judíos apelaron a la corte contra la actividad de este arcediano y al final lo demandaron ante los tribunales. Pero el arcediano no obedecía las órdenes de las autoridades, ni del rey ni del arzobispo diciendo que no podía de dejar de ser fiel a lo que el evangelio mandaba. Cuando quedó en sus manos en 1390 la administración de la diócesis de Sevilla, por haber muerto casi simultáneamente el arzobispo de Sevilla y el rey de Castilla, aprovechó para ordenar a sus feligreses que demolieran todas las sinagogas de su territorio, dando comienzo en Junio de 1391 la oleada de disturbios antijudios que asolaría buena parte de las juderías españolas. El barrio judío quedó casi destruido, las sinagogas se convirtieron casi todas en iglesias, muchos judíos fueron muertos y muchos otros bautizados a la fuerza para salvar sus vidas. De Sevilla capital, esta ola de violencia pasó a la provincia (Alcalá de Guadaira, Carmona, Ecija, Cazalla de la Sierra), y en seguida a Córdoba, Montoro, Andújar, Jaén, Ubeda y Baeza. De allí seguiría por Castilla, Aragón, Levante, Cataluña y Mallorca. Las juderías andaluzas no se recobrarían ya de este golpe (J. L. Lacave, Juderías y Sinagogas españolas, Madrid 1992, 342-343; en adelante citado como Juderías)].

Además de synagôgê y proseukhê, los documentos de principios de nuestra era, aluden a la sinagoga con otros nombres, procedentes exclusivamente de materiales epigráficos y que tienen su contrapartida hebrea o aramea, relacionándose con palabras o expresiones que designan en la Biblia Hebrea lugares de oración. Son los siguientes:

 

-topos (lugar); a veces, hagios topos (lugar santo). [Así se denomina el lugar del sacrificio de Isaac (Gn 22,3- 4.9.14), del sueño de Jacob (Gn 28,11,16-17) y de la zarza ardiente (Ex 3,5). Estas tres escenas -en las que se alude a un determinado lugar (gr. topos)- ocupan un lugar prominente en la decoración de la sinagoga de Dura Europos en Babilonia, lo que indica que los judíos las relacionaban estrechamente con la sinagoga como lugar de oración y encuentro con Dios].

 

-oikos (casa, templo).

Esta palabra traduce la expresión hebrea ha-bayit con la que se designa al templo de Jerusalén y que aparece en arameo en dos inscripciones de la sinagoga de Dura Europos. Véase 1 Re 8,22ss, donde aparece bayit (templo) en relación con oraciones y súplicas].

 

-sabbateion

[Palabra mencionada en un edicto del emperador Augusto (Jos., Ant 16, 6, 2) y que tiene su origen en el hecho de celebrarse el culto sinagogal en sábado. Este nombre no aparece ni en hebreo ni en arameo, aunque sí en siriaco tardío].

 

-didaskaleion.

Con esta palabra se indica la sinagoga como lugar de enseñanza o escuela donde, según Filón, "se cultiva la filosofía de los antepasados junto con todo tipo de enseñanza de la virtud" (Filón De vita Mos 2, 39* (216*) ). En los Evangelios la principal actividad atribuid a la sinagoga es la de enseñar ( didaskein ; cf. Mt 4,23; Mc 1,21; 6,2; Lc 4,15.31; 6,6; 13,10; Jn 6,59; 18,20).

De estos nombres con los que se designaba en la antigüedad a la sinagoga, es precisamente el de "escuela" el que se utilizaba mas en la Edad Media, (después de "sinagoga" o "casa de oración"] para designar al edificio sinagogal y la actividad docente que se desarrollaba en el mismo o en un lugar adyacente a la sinagoga que servía de escuela religiosa (Talmud Torá). Así se la denomina en un documento latino del archivo del Vicariato de la curia episcopal de Gerona (Liber notularum, 2, fols, 85-86) de 9 de Julio de 1321, en el que el obispo de Gerona Pedro de Rocaberti (1318 a 1321) determina y falla cómo se han de compensar los desperfectos fortuitamente sufridos por la sinagoga de Castellón de Ampurias (Gerona): "schola sive synagoga" (Sinagogas, 192), El 5 de Mayo de 1340 el concejo hebreo de Vich se reúne "in Schola sive Synagoga judeorum" para la aprobación de la conducta de sus secretarios en el reparto de contribuciones.,, (Sinagogas, 337); Joan Segura y Vallas en su Historia de Santa Coloma de Queralt (1953), refiriéndose al año 1409 cita un corral que compró la Aljama de los judíos y en el que se construyó una sinagoga, "llamada en nuestros libros Scola del jueus ... ; así se denominaba también en un documento de 27 de Octubre de 1393 la sinagoga de Tarragona: scola sive sinagoga (Sinagogas, 316, cit a Baer, I, págs. 715-6); igualmente una de las Sinagogas de Valencia, cuya construcción se otorgó en 1378 y se donó en 20 de Diciembre de 1392 por los reyes a Antonio de Vitaclara (329-330);/ según documento de diciembre de 1414, el Papa Benedicto XIII comisionaba al oficial episcopal de Lérida para que se informase y en consecuencia eventualmente accediese a la solicitud de los habitantes del lugar de Monzón y especialmente del clérigo Johannes Salvator Conmel, recientemente convertido al cristianismo. Este converso, atendiendo a que los judíos en dicho lugar, habían casi todos abrazado el cristianismo, había solicitado que la sinagoga allí edificada por su abuelo el judío Genoo Rumoff (¿Gento Rimoch?) llamada en hebreo Midrás, se trocase en iglesia cristiana del Salvador, así como que las casas, censos, etc. a ella pertenecientes, adscritas a dos hermandades -Cabbarim, y Talmut Torá-, pudiesen destinarse a la fundación de un beneficio de dicha capilla (Sinagogas, 252); [midrás es un método de interpretación de la escritura de los rabinos (cfr, árabe madrasa: escuela]; de las cuatro Sinagogas que en 1492 había al menos en Guadalajara una de ellas se llamaba también, como la de Mozón, sinagoga del midras (Sinagogas, 226); hacia 1400 se vende en Zaragoza al notario Salavert "la casa del Talmud" (Sinagogas, 366).

 

[Talmud proviene del hebreo, significa "estudio, enseñanza" y designa el conjunto de la ley oral judía puesta por escrito)].

En resumen, de todos los nombres con los que se designa el edificio sinagogal, los textos medievales dan prioridad a dos:

lugar de oración y lugar de enseñanza, que representan, en todo caso, las funciones más importantes de la sinagoga a lo largo del tiempo.

 

2. LAS SINAGOGAS MEDIEVALES

 

A) El edificio y su apariencia exterior

Hemos hablado del origen de la sinagoga como lugar de oración y de los nombres de la misma desde el principio hasta el medievo español. Pero, ¿qué podemos decir de los edificios sinagogales en suelo español?.

Aunque tenemos constancia de la existencia de sinagogas desde el 5. I de nuestra era, tanto en Palestina como en la diáspora, especialmente Egipto, sin embargo no se ha conservado como tal ningún edificio sinagogal en suelo español hasta el siglo XIII, no queda en pie ninguna sinagoga de la edad de oro del judaísmo español (ss. X-XII), y ras tres más conocidas que se conservan como tales en la actualidad -dos en Toledo (Santa María la Blanca y el Tránsito) y una en Córdoba- son posteriores (ss. XIII y XIV). Tampoco sabemos con exactitud desde cuándo habitan comunidades de judíos en España.

 

[Para este tema, véase A. Piñero, "La presencia de los judíos en Hispania antes del s. X" en J. Peláez (ed.)., De Abrahán a Maimónides III. Los judíos en Córdoba (siglos X-XII), Córdoba 1992, 13-30 y bibliografía citada en pág. 30].

En la España cristiana medieval, construir una sinagoga era en principio algo problemático, pues requería una autorización del rey y otra de las autoridades eclesiásticas, imponiendo éstas determinadas condiciones: a los judíos no les está permitido edificar sinagogas de nueva planta, pero sí conservar las antiguas, siempre y cuando la reforma no consista en ampliarlas o mejorar su aspecto y altura anterior, que en todo caso no podía sobrepasar la altura de las iglesias de la localidad y debía aparecer más sobrio y austero que aquéllas.

Las circunstancias de inseguridad y acoso externo en las que muchas comunidades judías vivieron en la Edad Media conformaron y condicionaron, por tanto, la construcción y el plano de sus edificios.

No era de extrañar que las autoridades de la Iglesia prohibiesen la construcción de nuevas sinagogas e incluso la ampliación de las antiguas existentes, accediendo en ocasiones a levantarlas solamente de forma y tamaño totalmente similar a las antiguas existentes, como consta por la bula del papa Benedicto XIII de 30 de enero de 1404 en la que éste comunica a los judíos de Toro, expulsados de la ciudad por los cristianos a consecuencia de una revuelta (commotio), que pueden edificar una nueva sinagoga de forma y tamaño similar a una de las dos convertidas por los cristianos en iglesia (Sinagogas, 318).

Por una Bula de Inocencio IV (a. 1250) sabemos que a mediados del siglo XIII, poco después de la conquista de la ciudad de Córdoba por Fernando III en 1236, hubo una protesta por parte del arcediano y del cabildo eclesiástico a causa de la "excesiva altura" de una sinagoga que se estaba construyendo. En esta bula se ordena al Obispo de la diócesis decidir lo más oportuno acerca de la sinagoga en construcción que redundaba "en grave escándalo de los fieles cristianos y en detrimento de la Iglesia cordobesa" quebrantando la ley que sobre monumentos de este tipo regía entonces (cf. J. Peláez, La sinagoga, Córdoba 21994, 123-124). En este punto, la legislación tenía sus precedentes en dos cánones de San Gregorio Magno (a 600) y Alejandro III (a. 1.180) que se recogen en capítulo VI del Corpus de las decretales de Gregorio IX, enviado a las Universidades de Bolonia (1230) y París (1234), y compilado por San Raimundo de Peñafort. En estos cánones se prohibía a los judíos edificar nuevas sinagogas, permitiéndoseles, no obstante, reconstruir las antiguas devolviéndolas a su estado originario sin introducir modificaciones de altura u ornamentación.

El intento de hacer una sinagoga de elevadas dimensiones por parte de los judíos cordobeses creemos que no obedecía tanto, como algunos comentan, al deseo de revancha de los judíos o al de quedar por encima, cuanto a la costumbre de éstos que, fieles a la disposición del Talmud de Babilonia, elegían para construir sus sinagogas el lugar más alto de la ciudad (Tos Meg 4,22-23), procurando, de no ser así, que el edificio superase en altura a los edificios circundantes. El Talmud Babilonio dice: "Cualquier ciudad cuyos tejados sean más altos que la sinagoga, será destruida" (TB Sab lía), puesto que está escrito "levantad la casa de nuestro Dios (Esd 9, 9)".

De las sinagogas antiguas de Palestina, la de Cafarnaún fue construida sobre una plataforma artificial, en la parte central y dominante de la ciudad. Los tejados de las casas colindantes al este y al sur de la sinagoga, apenas alcanzaban el nivel del pavimento de piedra de aquélla. Esta costumbre se perpetuó hasta la Edad Media, cuando, en caso de no poder construirse una sinagoga de proporciones mayores que las casas circundantes, existía la práctica de alzar sobre el tejado de la sinagoga un mástil o viga que sobrepasase la altura de los edificios vecinos. Con la finalidad de que la sala de oración tuviese mayor altura se implantó también la costumbre de construir el piso de las sinagogas bajo el nivel del suelo de la calle para que no aparentasen ser edificios altos, al tiempo que se aplicaba al pie de la letra el Salmo 130,1: "Desde lo hondo grito a ti, Señor".

En otras ocasiones, nos consta el permiso que se da para reconstruir, ampliar y elevar la altura de una sinagoga sesenta palmos como sucedió con la sinagoga de Castellón de Ampurias según documento latino de 9 de Julio de 1321, ya citado, en el que el obispo de Gerona Pedro de Rocaberti (1318-1324) determina y falla cómo se han de compensar los desperfectos fortuitamente sufridos por la sinagoga de la citada villa gerundense: ["Nos, Pedro obispo de Gerona por la gracia de Dios: prestando atención a la escuela o Sinagoga de los judíos de la villa de Castilla, que, no por mano humana sino fortuitamente, se convirtió en ruinas y aún permanece arruinada, concedimos a la aljama de los judíos de dicha villa que pudiesen ampliar dicha escuela o sinagoga... etc. (Sinagogas, 193-194)]. Un permiso similar para levantar a más altura las obras para la construcción de la sinagoga sobre la antigua que existía fue concedido por el rey D. Jaime I el 24 de Marzo de 1267 a la aljama y universidad de los judíos de Barcelona (Sinagogas, 171).

El arcediano de Sevilla Ferranz Martínez, en declaración de 19 de Febrero de 1388, habla de 23 sinagogas sevillanas, no sabemos si el número es exagerado o no, en estos términos: "A las otras injurias que [los judios] disen que les fise o fago, respondo que sy yo derecho fesiese, que veynte e tres sinagogas que estan en la juderia desta cibdat edeficadas contra Dios e contra derecho, serían todas derribadas por suelo, porque las fesieron contra Dios e contra la Ley, "alçandolas e apostandolas (e.d. exornándolas) más de lo que es ordenado de derecho" (Sinagogas,302).

Tras la expulsión de los judíos, la mayoría de estas sinagogas medievales, en su mayoría edificios de modestas proporciones, pasaron a pertenecer al tesoro real y los Reyes Católicos las fueron donando, convirtiéndose gran parte de ellas en iglesias, proceso que había comenzado ya antes en 1391 con las revueltas antijudías promovidas por el fanático arcediano de Écija, con la predicación de san Vicente Ferrer y la llamada "Disputa de Tortosa", [reunión de rabinos promovida por Benedicto XIII para que el converso Jerónimo de Santa Fe los adoctrinase en la religión cristiana (1413-1414); tras esta reunión, que no disputa, muchos judíos se convirtieron al cristianismo y al año siguiente Benedicto XIII publicaba una bula con duras leyes contra los judíos ordenando que algunas sinagogas se convirtieran en iglesias].

En la mayoría de los casos, las sinagogas medievales españolas eran pequeñas -con algunas excepciones- como la de Toledo, que contravenía las leyes vigentes. Tal vez Semuel Leví consiguió el permiso para levantar esta sinagoga gracias a la gran influencia que tenía sobre el rey Pedro 1 o tal vez a que consiguiese el permiso bajo la fórmula de una reedificación o restauración de una sinagoga anterior, lo cual sí se autorizaba, pues según un estudio arqueológico de B. Pavo, (cit. por Lacave, Juderías, 302), la portada y el muro de los pies de la galería de las mujeres son de construcción anterior en uno o dos siglos a la de la gran nave central.

Es digna de mención la sentencia dictada en Valladolid a 19 de mayo de 1490 por el obispo de Córdoba Don Iñigo Manrique, del Consejo de los Reyes católicos, con la que se vino a resolver el pleito suscitado entre el párroco de la iglesia de San Pedro, de Bembibre (León) Diego González, y la aljama judía del lugar, representada en Valladolid por Raviça (R. Isaac) Connueto. El párroco había convertido en iglesia una sinagoga recientemente edificada "más ricca e mas sunptuosa que la que antes tenían". Y dice el documento que "por aquesto justamente lo merecieron perder". Aunque devuelta por breve tiempo al culto judaico, el Prelado decidió, en calidad de juez árbitro, que la sinagoga, sacada de allí la torá, continuara como iglesia, mas, por cuanto el Párroco en su actuación no se había atenido a formas de derecho, quedaba obligado a instalar como sinagoga, dentro de los seis meses inmediatos, "una casa en que los dichos judíos se ayunten, en el suelo que por ellos e por el concejo de dicha villa la fuese señalado, la qual sea fecha de cinco tapias en alto, e de treinta e cinco pies en largo, e veinte e cinco pies en ancho, e qual maderamiento della sea llano sin pintura ni molura alguna de hilera de madera bien labrada e buena" (Sinagogas, 177).

Como puede verse, junto con el permiso para construir o reconstruir sinagogas, los monarcas y prelados indican con frecuencia las medidas que debe tener; así se indica en una licencia concedida por Pedro IV desde Barcelona a Esdra de Padre, alias de Medina, judío de la ciudad de Valencia el 12 de Mayo de 1379, que dice que "en aquel lugar de la citada judería que a él pareciera más portuno haga y tenga perpetuamente "unam tantum domum orationis, sive immo loco sive in summo positam, que in altitudinem quadraginta, longitudine sexaginta, et latitudine triginta duos palmos ad mensuram Valencie no excedant, (Sinagogas, 329).

Pero la razón de las modestas dimensiones de las sinagogas medievales no se debía solamente a la citada prohibición por parte de monarcas o autoridades eclesiásticas, sino también al hecho de que las comunidades judías medievales eran también pequeñas y no precisaban de grandes edificios para sus reuniones y asambleas. Aunque del período musulmán es difícil hacer cálculos de población, se ha dicho que las juderías de Córdoba, Lucena, Sevilla o Granada tenían millares de judíos, sin embargo no hay documentos que especifiquen la cantidad concreta. De la etapa cristiana, la judería mayor fue la de Sevilla, que, según Baer, debió tener a finales del siglo XIII unos 1.000 judíos (Juderías, 345); la de Córdoba, por esa época, no debió sobrepasar los 250, y las demás eran menores. En el momento de mayor esplendor del judaísmo catalán, la primera mitad del siglo XIV, la gran judería de Barcelona tendría unos 4.000 judíos, según cálculos de J. Riera i Sans (cit. por Lacave, Juderías, 21); Gerona, 1.000; Lérida 500; Tortosa y Cervera, 300. Las restantes juderías catalanas eran más pequeñas La gran judería de Toledo, en sus momentos de mayor esplendor, antes del siglo XV, debió tener una población entre 5.000 y 8.000 judíos, el 10% de la población, algo realmente extraordinario (Juderías, 293).

 

b) Galería de mujeres

Para la separación de sexos durante la oración, las sinagogas medievales adoptaron las dos soluciones empleadas en las sinagogas antiguas de Palestina: en unos casos se conservó la costumbre de construir una galería en el piso superior; en otros, un espacio o habitación que comunicaba con la sala de oración al mismo nivel y, a veces, bajo el nivel del piso de la sala de oración, solución adoptada, al parecer, en algunas sinagogas antiguas que no tenían galería de mujeres. Por un documento de 22 de Septiembre de 1456, ya citado, relativo a la sinagoga menor de Huesca sabemos que se mandan hacer bancos para colocarlos en "en hun patio que esta de fuera a la puerta segunda de la sinoga, jus la canbra de las mulleres)", de donde deducimos que ésta era una habitación aneja a la sala de oración de la misma (Sinagogas, 230).

 

c) Otras instalaciones adjuntas

Ya hemos citado la inscripción de Teodoto, del 5. 1. d.C., en la que se alude a las instalaciones que rodeaban el edificio sinagogal la casa de huéspedes y baños rituales. Con relación a los baños, un documento de Fernando 1 de 20 de noviembre de 1415, relativo a la sinagoga de Gerona, habla del pozo y los baños comunes de dicha aljama, entre las pertenencias de la sinagoga [(sinagogam aljame predicte cum eiusdem pertinentus universis, in quibus sunt puteus balneaque comunia antedicte aíiame)]; este documento manda que se devuelva a los judíos esta sinagoga con sus pertenencias de modo que "no se priven del uso común del pozo y de los susodichos baños" (Sinagogas, 224). De los edificios que había en las juderías españolas, aún se conservan unos cuantos baños, alguno de los cuales pudiera ser ritual (en el caso de la sinagoga de Besalú, parece seguro) (Juderías, 15). Situado cerca del puente románico de la ciudad y al lado del río Fluviá, el miqwé (baño ritual) es un edificio también románico del siglo XIII y consiste en una pequeña sala rectangular en piedra de sillería, cubierta por una bóveda de cañón; unos escalones bajan desde la puerta de entrada a la piscina, que ocupa la mayor parte del local; en medio del muro oriental se abre una ventada alargada con alféizar en derrame; al parecer, la sinagoga se hallaba encima y junto al miqwé, el cual podría haber sido un sótano del edificio, pues se encuentra en un nivel inferior a la calle actual; de la sinagoga no queda nada Juderías 35-36.

También en la edad media. las sinagogas -aunque no todas- solían tener algunas casas o instalaciones adjuntas, como lo dan a entender diversos documentos [a más de los restos existentes junto a la Sinagoga de Córdoba y la del Tránsito de Toledo]. A la sinagoga de Sigüenza el cabildo envió a ciertas personas el 25 de Abril de 1497 para que viesen las casas de la Sinoga e si les paresciere que se deven vender, las vendan o miren si será bien averías de reparar para que mejor se alquilen (Sinagogas, 308). En el recibo de bienes comunes que los cabildos, cofradías y aljama de los judíos de la ciudad de Guadalajara tenían al tiempo de la expulsión se citan las "lamparas de las sinogas" y entre las sinagogas se citan cuatro, de las cuales la primera es "la sinoga mayor", así como su cofradía y cuatro casas que circundaban aquella, etc. (Sinagogas, 225).

 

B) El interior del edificio sinagogal

a) Decoración

Aunque las sinagogas medievales debían aparentar sobriedad en su exterior, en el interior, no obstante podían estar lujosamente adornadas y decoradas. Con relación al estilo arquitectónico, los judíos de la diáspora, y en esto los españoles no fueron una excepción, adoptaron en cada país, a la hora de construir sus edificios, el del lugar, desprovisto de grandezas, adecuándolo a sus necesidades.

Desde el punto de vista artístico, las sinagogas españolas medievales formaban parte de la civilización islámica. Para decorarías, los judíos empleaban versículos de la Biblia, escritos en elegantes caracteres hebreos españoles, imitando de este modo la decoración de las mezquitas con versículos del Corán. [Así las del Tránsito y la de Córdoba]. De las sinagogas de Sevilla, Rodrigo Caro [(Antigüedades y principado de la ilustrísima ciudad de Sevilla, Sevilla 1634, al exponer los edificios antiguos de Sevilla, fol 20. r v.] al referirse a la iglesia de San Bartolomé dice que fue sinagoga hasta 1492 y que "persevera en la misma forma de edificio que antiguamente tenía y allí se ven escritos muchos letreros en Hebreo a la entrada de la puerta; los que los han leído, e interpretado dicen que son los nombres de Dios Adonai, Emanuel, y otros, interpuestas aleluias" (Sinagogas, 296). Transformado en el siglo XVIII este templo, hoy día no aparece ningún signo externo de su anterior etapa hebraica.

 

b) Mobiliario

En un documento de 24 de diciembre de 1382, el infante Don Juan autoriza a la cofradía de Bicurholim (visita de enfermos) denominada de los torneros, de Zaragoza, para construir una nueva sinagoga en el barrio judío de la ciudad y para enriquecerla con todos los accesorios. Este documento es interesante, porque en él se describen todos los elementos de los que consta el edificio sinagogal: tribuna, ventanas, asientos, lámparas, cámara para la torá y galería o cámara de mujeres [(tribunam ibidem altam vel baxiam ad libitum vestrum, fenestras quoque tantas quantas volueritis, scanna etiam et scabellam, in quibus sedeatis et sedeant vos et ipsi, ac lampadas aliaque huiusmodi vestri ritus necessaria ordinando et tenendo ibidem... Praeterea intus domum vestram jamdictam... aliam domum possitis construere, ubi libri sive scripture vestre ebrayce, quas vos rotulum sive rotulos nuncupatis, secura custodia reservetur. Alia vero domus quedam supra novam huiusmodi sinagogam constructa deserviat mulieribus judeabus, que per congruas sessiones ibi fiendas valeant ipsas horas audire dictisque vestris solennitatibus interesse... (Sinagogas, 357)].

[La disposición del espacio interior de las sinagogas giraba en la Edad Media, como era tradicional, en torno a tres ejes: el 'aron o arca de la Torá, la bimah, especie de tribuna o púlpito y el espacio reservado para los fieles].

 

- El arca de la Torá

Al igual que en las sinagogas con ábside de Palestina, en muchas sinagogas de la diáspora el arca se situaba en un nicho en la pared oriental mirando a Jerusalén, denominado en hebreo "hekal" (=templo o templete).

Lo esencial del mobiliario de una sinagoga se compone de un arca, cofre o caja en la que se guardan cuidadosamente uno o dos rollos de la Torá y con toda probabilidad algunos rollos de los Profetas o Haftarah, para ser leídos los sábados y días de fiesta. El término 'aron (arca), alude al arca de la tienda de la reunión en el desierto (Ex 25,10; Nm 10,35-36; 14,44 y otros) y aparece raramente en las fuentes rabínicas.

Los estudiosos coinciden en afirmar que el arca de la Torá no tuvo un lugar fijo dentro de la sinagoga hasta el siglo III o principios del IV, sino que se guardaba por razones de seguridad al término del servicio religioso fuera del edificio sinagogal o en una habitación adjunta, de la que era traída a la sinagoga cuando era necesaria para el culto. Este dato parece confirmarse por las excavaciones. [De las antiguas sinagogas, sólo una -la de Arbel- tiene hornacina para la Torá, con toda probabilidad no perteneciente al edificio originario sino añadida con posterioridad. La primera sinagoga en la que aparece una hornacina para el arca de la Torá es la de Dura Europos (245 d.C). Cuando la sinagoga comienza a considerarse sucedánea del templo de Jerusalén se ve la necesidad de buscar un lugar fijo para el arca, como lo tenía en el templo. Algunos círculos conservadores judíos, que se escandalizaron de esto, reaccionaron denominando al arca "ataúd", que también se dice en hebreo aron. Cuando amainó la oposición a este término, y el arca se colocó de modo fijo en la sinagoga éste fue el nombre que prevaleció para designar la caja que contenía los rollos de la Torá. Como el arca del Tabernáculo, también el arca de la Torá era cubierta y ocultada a los ojos de los fieles con el paroket, (heb.) o parokta (aram.), velo o cortina que tapaba la hornacina donde se encontraba el arca santa, o con la killah, especie de palio o baldaquino extendido sobre el arca].

A la Torá o toras o libros sagrados que tenían los judíos en las sinagogas se alude en diversos documentos medievales. La autorización de 24 de agosto de 1263, del rey D. Jaime I, al judío Bonanasco Salomón para construir una sinagoga se extiende también a "tener el libro de la ley de Moisés.. y todos los libros hebreos" [(tenere librum legis Moysi qui dicitur Rotie et omnes alios libros ebraycos. . ." Sinagoga, 171)]. Un documento de 26 de Octubre de 1378 del Obispo de Valencia dando permiso para construir una sinagoga habla de las medidas de esta y de que pueden tener en ella toras, tribuna armarios, bancos, etc. [(cf Rodrigo Pertegás (La judería de Valencia; cit. por Cantera Sinagogas 329, nota 190)]. El 24 de Diciembre de 1382 el infante Don Juan da autorización para la construcción de una nueva sinagoga en el barrio judío de la ciudad así como para su enriquecimiento con importantes accesorios, como un departamento para los rollos de la Torá [(Preterea intus domum vestram jamdictam. aliam domum possitis construeere, ubi libri sive scripture vestre ebrayce, quas vos rotuium sive rotulos nuncupatis, secura custodia reservetur (Sinagogas, 357)]. De la Sinagoga de Bembibre (León) convertida en iglesia devuelta al culto judío y de nuevo convertida en iglesia, se sacó la torá según Sentencia de 19 de Mayo de 1490 (Sinagogas, 176); precisamente el Fuero de Briviesca, en su rico e interesante articulado concerniente a los judíos, ordena que la jura de salva la harán los judíos "en la Synoga por sus cabezas, poniendo las manos sobre la Torá, en la manera que diz la ley del título de la jura de la mancuadra" (Sinagogas, 180). El citado, arcediano de Ecija exige a los clérigos y sacristán de Santa Olalla de la Sierra, bajo pena de excomunión, que destruyan la sinagoga y que "los libros e Tora que y estovieren que me los enbiedes" (Sinagogas, 284).

En 1379 los judíos de Valencia de Don Juan (León) edificaron una nueva sinagoga "mucho mayor, e mas noble e mas preciosa que de primero era, et de mucho mayor valor que la parrocha do está situada, non la podiendo ellos faser", sinagoga que les fue confiscada, aunque se les permitió según carta de Doña Juana, esposa de Enrique II, relativa a dicha sinagoga que "sacasen las lámpadas et las torás et las otras cosas que tenian en la dicha sinagoga" (Juderías, 250; Sinagogas, 333.

 

- Bimah (tribuna)

En las sinagogas antiguas de Palestina, muy cerca, frente al arca de la Torá, se encontraba la bimah, tribuna o estrado usado para la lectura de la Torá y Profetas y para el recitado de ciertas bendiciones, [a imitación de la escena bíblica en la que Esdras de pie sobre un estrado de madera elevado "abrió el libro a la vista de todo el pueblo] (Neh 8,4-5)]. En la bimah había un atril o pupitre que servía al lector para apoyar sobre él los rollos de la Torá, denominado en hebreo kursva' o 'anlagin (trono) y en griego analogeion (atril; TB Meg 26b). Ambos elementos se citan en el Talmud Palestino (TP 73d) y puede que existieran ya en tiempos del Nuevo Testamento.

La bimah era una plataforma elevada, especie de púlpito o tribuna rodeada de una barandilla de madera para seguridad, desde donde se hacía la lectura de la Ley y de los profetas y su explicación (5 Ar OH 150,5). La bimah se encontraba, por lo común, cerca del arca; a veces, en el centro de la sinagoga, cuando ésta era grande, como la de Alejandría (Tos Sukk 4,6). El Nuevo Testamento no menciona la bimah, aunque algunos han querido ver una alusión a ella en la expresión de Mateo (23,2) "la cátedra de Moisés" , que otros han identificado no con la bimaksino con el asiento del presidente de la sinagoga.

En el siglo III, con ocasión de la venida de un famoso predicador y maestro, se habla de la colocación de una bimah alta en la sinagoga de Simonia (Palestina) (TP Yeb 12,13a; Gen. Rabbah 81,2). Esta bimah era un estrado de quitaipón para la lectura; como estructura estable de madera o piedra se la cita en una afirmación de Samuel (rabino babilonio del 5. III): "La bimah y los tableros no poseen la santidad del arca, sino solamente la del edificio".

Esta bimah, desde donde se dirigía el servicio sinagogal, ocupaba también un lugar preponderante dentro del espacio de las sinagogas medievales. La proximidad entre el lugar del arca en la pared este y el de la bimah, y la búsqueda de un equilibrio entre ambos es todavía hoy uno de los problemas que presenta la distribución del espacio interior de la sinagoga.

La forma de la bimah en la España medieval se conoce por miniaturas y manuscritos iluminados del siglo XIII. Al principio parece que tuvo poca importancia. Era de madera y se situaba en el muro occidental opuesto al arca haciéndose esta ubicación de arca y bimah ya tradicional en las sinagogas de Italia.

Un documento de 5 de Mayo de 1340 relativo a la sinagoga de Vich cita la bimah de la sinagoga cuando dice que el concejo hebreo se reunía en la escuela o Sinagoga de los judíos; estando situado el capellán en la "trona" (bimah) de dicha escuela [(Schola síve Synagoga judeorum... capellano nostro stante in trona dicte Scholae", Sinagogas, 337)].

 

- Asientos

Algunas sinagogas antiguas de Palestina tenían bancos de piedra a lo largo de las paredes; ordinariamente, sin embargo, la gente se sentaba en el suelo o permanecía de pie El evangelista Mateo (23,7) habla de asientos de honor (gr. prôtokathedría) para los personajes más notables. Parece que en Babilonia, en el s. III se extendían esteras por el suelo para que la gente se sentase. El Talmud menciona sillas de madera, reclinatorios y cátedra (TB Meg 73d). El asiento más honorífico, destinado, sin duda, al presidente de la sinagoga era conocido por "la sede" o "la cátedra de Moisés". Se han descubierto varias de estas sedes, por ejemplo, en Corozain, Hammat (cerca de Tiberíades) y en Delos.

Los asientos cercanos al arca, de cara a la asamblea, se reservaban para los ancianos (5 Ar OH 150,5). Esta disposición dio lugar al deseo general de sentarse cerca del muro oriental [-kotel mizrahi-] por ser el lugar más excelente de la sinagoga. Los asientos se distribuían, por tanto, conforme a un cierto orden, con los miembros más distinguidos de la congregación en las primeras filas y los más jóvenes detrás. Filón dice de los esenios que se sentaban por orden de edad, los jóvenes "debajo", es decir, detrás de los mayores.

[En las normas de Qumrán para la asamblea y la comida solemne se establece un orden jerárquico similar para el reparto de asientos: "Esta es la regla para la asamblea de la congregación: cada hombre se sentará en su lugar. El sacerdote se sentará el primero, los ancianos después y el resto del pueblo conforme a su categoría" (1QS 6,89). En la sinagoga de Alejandría se situaban los hombres separados por oficios (TP Sukk SSab); si en la congregación había un leproso, se habilitaba para él un compartimento especial (TP Neg 13,12; Meg 4,3)].

 

¿Qué decir de los asientos en las sinagogas medievales?

En 1347, Pedro IV concedió al judío zaragozano Gadella o Guedella Avenarama, joyero, permiso para que pudiera hacer o construir dos asientos para él y sus sucesores (Sinagogas, 189). Se trata, como puede constatarse, de asientos preferentes o reservados. Por un documento de 22 de Septiembre de 1456 sabemos que se construyeron unos bancos corridos para la sinagoga menor de Huesca y dos bancos debajo de la tribuna y bancos en un patio junto a la cámara de las mujeres: "fazer en la dicha sinoga a la redonda de aquella, banquos o respaldos e guardapols berdugados... e assi mesmo dos bancos debaxo la tribuna de la dita sinoga, alli do los ditos priores le asignaran... y también harán bancos para un patio que hay junto a la cámara de las mujeres..." (Sinagogas, 230). De una sinagoga de Cervera sabemos que tenía 53 asientos que el 16 de Agosto de 1385 adquirieron diversas familias judías (Juderías, 53). En el documento ya citado de 26 de Octubre de 1378 del Obispo de Valencia dando permiso para construir una sinagoga se dice expresamente que pueden tener en la sinagoga "toras, tribuna, armarios, bancos, etc." (Sinagogas 329, nota 190).

Por estos documentos se prueba que las sinagogas tenían bancos para sentarse y que había determinados asientos reservados para personalidades.

 

- Candelabro y lámparas

Para la iluminación de las sinagogas antiguas se utilizaban uno o varios candelabros (heb. menort con lámparas (heb. nerot). Menorah es una palabra hebrea derivada de nur (luz) La menorah se utiliza en el AT como término técnico para designar el candelabro de siete brazos de la tienda de la reunión y, más tarde, del templo (Ex 25, 31-40).

El libro del Levítico se refiere al candelabro, cuyas lámparas debían arder sin interrupción ante Yahvé (Lv 24,3).

[Las fuentes rabínicas consideran que el mejor regalo que se puede hacer a una sinagoga es una menorah (TP Tos Meg 74a). En la ornamentación de las sinagogas más antiguas, la menorah no ocupaba un lugar importante; si que lo tenía en la de Dura-Europos de Babilonia donde ésta, junto con el arca, es motivo de decoración dominante, especialmente en la decoración de la hornacina o templete del Arca. Con posterioridad la menorah se convirtió también en prominente objeto de decoración en las sinagogas palestinas, por influencia de las de Babilonia. Un buen ejemplo se encuentra en la de Hammat Tiberias en cuyo mosaico dos candelabros rodean el arca de la Torá. En esta sinagoga se descubrió también un candelabro de piedra destinado a sostener siete lámparas de cerámica].

Las lámparas son un ingrediente común a las sinagogas medievales. Cuando se confiscaba una sinagoga, se permitía que los judíos "sacasen las lámpadas et las torás et las otras cosas que tenían en la dicha sinagoga", como sucedió cuando se confiscó la sinagoga de Valencia de don Juan León en 1379. (Juderías, 250; Sinagogas, 333); a las lámparas se alude en el documento citado de 24 de diciembre de 1382 por el que el infante Don Juan autorizaba a construir una nueva sinagoga en el barrio judío de la ciudad. Para (las lámparas de) la sinagoga de Trujillo dio aceite Anita María Sánchez, conversa, según declaración de la hija de aquélla, Inés González, ante la inquisición de Guadalupe [(Y. Baer, 1, 2, 412; cit en Sinagogas, 319)]. En Teruel se hallaron un par de lamparillas de Hanukká (Juderías, 15).

 

- Ventanas

La sinagoga debe tener ventanas, como la casa donde oraba el profeta Daniel (6, 11): "Cuando Daniel se enteró de la promulgación del decreto, subió al piso superior de su casa, que tenía ventanas orientadas hacia Jerusalén. Y, arrodillado, oraba dando gracias a Dios tres veces al día, como solía hacerlo". El Talmud prohibe rezar en una habitación sin ventanas (TB Ber 34b) y la halakah establece que "la sinagoga debe tener 12 ventanas, una por cada una de las doce tribus de Israel", aunque esto raras veces se ha puesto en práctica al pie de la letra (S Ar OH 90,4). Raši comentaba que "las ventanas son necesarias porque permiten a quien ora ver el cielo, postura que inspira reverencia y devoción durante la oración" (TB Ber 34b). Si se construía un muro frente a las ventanas de la sinagoga, no sólo debía ser demolido, sino que el requisito habitual de no edificar a menos de seis pies (metro y medio aproximadamente) de distancia de los muros de la sinagoga era insuficiente porque... "la sinagoga necesita mucha luz" (S Ar OH 150, 4).

De las ventanas de las sinagogas medievales dejan constancia dos de los documentos ya citados, uno de 12 de Mayo de 1379, relativo a una sinagoga de Valencia (Sinagogas, 329) y otro de 24 de Diciembre de 1382 de la sinagoga de los torneros de la cofradía de Bicurholim (visita de enfermos) (Sinagogas, 357).

Por acta de 19 de Agosto de 1277 sabemos de la venta por parte de Arnau Miró, ciudadano de Vich, a determinados judíos de la parte de huerto que poseía en dicha ciudad con la finalidad de que hagan casa y escuela y todo lo que quisieren... ("domos et Scholam et quodcumque aliud volueritis ab abisso usque ad coelum"), pero se Prescribe dónde puede llevar el edificio sinagogal las ventanas: "en el paño de pared que los compradores han de hacer por el este, podrán dejar una ventanita de un palmo, a tres tapias al menos de altura. En la pared que vaya de dicho cantón hacia mediodía podrán abrir otra ventanita de un palmo a la altura que deseen, mientras no diste de tierra menos de tres tapias y media y diste de la calle doce palmos como mínimo (Sinagogas, 336).

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Bibliografía básica:

Y. Baer, Historia de los judíos en la España cristiana, I, Madrid 1981.

F. Cantera Burgos, Sinagogas Españolas, Madrid 1955, reimp. 1984

J. L. Lacave, Juderías y Sinagogas españolas , Madrid 1992.

J. Peláez, La Sinagoga, Córdoba 21994.

---(ed.)., De Abrahán a Maimónides III. Los judíos en Córdoba (siglos X-XII), Córdoba 31992.

A. Piñero, "La presencia de los judíos en Hispania antes del S. X" en J. Peláez (ed.)., De Abrahán a Maimónides. III. Los judíos en Córdoba (siglos X-XII), Córdoba 31992, 13-30 y bibliografía citada en pág. 30).