Acuerdo del Claustro Universitario, Sesión Ordinaria de 25 de noviembre de 2003.
TÍTULO I.
NATURALEZA Y COMPOSICION DEL REGIMEN DE SUS MIEMBROS
Artículo 7. Garantías para el ejercicio de la función representativa.
2. Cuando los miembros del Claustro sean estudiantes, la asistencia a las reuniones que
celebre el mismo será causa justificativa suficiente para facilitarles el cumplimiento de
sus obligaciones relacionadas con la evaluación y control del estudio en fechas distintas
a las previstas en la Programación Anual de Organización de la Enseñanza de los
Centros y en el Plan Docente de los Departamentos.
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