¿En qué consiste la convocatoria?

Todas aquellas actuaciones que supongan la Reforma, Acondicionamiento y Mejora de las instalaciones, en el sentido más amplio de la palabra. Se define en el presupuesto de la UCO una partida económica cuya finalidad es la programación anual de obras para realizar acciones desde todos los estamentos universitarios tengan o no presupuesto propio.

¿Qué se puede solicitar?

La partida RAM acepta solicitudes de obras o instalaciones que formen parte solidaria con la edificación una vez ejecutada la misma.

¿Quién lo puede solicitar?

Responsables de Centros, Departamentos, Servicios y en general responsables de unidades de gasto siempre que sea solicitado a través del Centro o de la Dirección del Campus de Rabanales.

¿A dónde irán dirigidas las solicitudes?

A la Atención del Director de la Unidad Técnica: D. Antonio L. Prieto Sánchez
Colonia San José, Bl. Nº 1
Campus de Rabanales. Universidad de Córdoba. 14071

¿Cuándo será la convocatoria?

Orientativamente, se realizará una única convocatoria anual, normalmente sobre el mes de enero, y suele tener un plazo de duración de un mes. Este año se prorrogó. En cada convocatoria se concretarán estos puntos.

¿Qué requisitos debe contener la solicitud?

En la solicitud se incluirá:

  1. Memoria detallada de la obra, en la que se justificará la necesidad de la misma, debidamente argumentada.
  2. Presupuesto estimativo de su coste.
  3. En el caso de que se solicite la financiación de obras o instalaciones ya realizadas por razones de urgencia o necesidad con anterioridad a la convocatoria, habrá que aportar la hoja de solicitud de licencia de obras y la fotocopia de la factura ya abonada.

¿Existe un límite mínimo o máximo presupuestario?

No existe límite máximo, el mínimo será 1.000 euros.

¿Cuál es el procedimiento de aprobación?

Una vez concluido el plazo de solicitud, en la Unidad Técnica, se estudiarán los presupuestos y la viabilidad técnica de las solicitudes.
Posteriormente se enviará un informe al Vicerrectorado de Infraestructuras y Campus, el cual elevará su propuesta de aprobación, dentro de la disponibilidad presupuestaria anual, a la Comisión de Campus, donde se estudiarán todas las partidas y se aprobará una relación provisional de las mismas, que será llevada al siguiente Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva.
Una vez aprobada por el Consejo de Gobierno, desde el Vicerrectorado de Infraestructuras y Campus, se notificará a cada solicitante la partida aprobada con las condiciones pertinentes, si las hubiere.
En caso de no recibir notificación, se entenderá que la solicitud ha sido denegada.

¿Cuándo se puede llevar a cabo la obra aprobada?

La validez de la aprobación es de un año (hasta la apertura de la convocatoria siguiente), pasado este tiempo la partida se cierra y se anula el presupuesto asignado. Para que esto no suceda es obligatorio solicitar una ampliación del plazo alegando las razones por las que no se han realizado las actuaciones. En cualquier caso las partidas no se pueden prolongar más de dos convocatorias.
El peticionario podrá renunciar a la actuación en todo momento, comunicándolo por escrito al Vicerrector, de forma que se pueda disponer de la cantidad económica para otras necesidades.

¿Cuáles son los criterios de selección?

  • Necesidad o urgencia en la obra
  • Viabilidad técnica
  • Prioridad presupuestaria

¿Cuáles son las circunstancias más habituales en las adjudicaciones?

  • La parcialización de la obra en anualidades, lo que implica la aprobación como plan plurianual
  • La cofinanciación presupuestaria. Estas partidas son de obligada ejecución y no pueden ser financiadas de nuevo por la Universidad.
  • La dirección obligatoria desde la Unidad Técnica
  • Aportar más presupuestos, los cuales se solicitarán desde la U.T.

Responsables del área:

Antonio Luis Prieto Tlef. 1065 - 5065