La Universidad de Córdoba, en su decidida apuesta por la excelencia, desarrolla un conjunto de programas y actuaciones, entre los que ocupa un lugar destacado el apoyo a la innovación docente, siendo ésta una de las acciones recogidas en el Plan Estratégico 2006-2015.
La importancia de la innovación docente en el ámbito universitario está siendo cada vez más reconocida, ya que es uno de los indicadores de la calidad de la docencia impartida, valorándose igualmente como mérito en los procesos de acreditación del profesorado.
La Universidad de Córdoba trabaja para que la innovación docente sea una de las señas de identidad de las nuevas titulaciones oficiales de Grado, Máster Universitario y Doctorado. Para ello, promueve anualmente convocatorias de proyectos de innovación educativa, actividad de amplia tradición y contrastada solvencia en nuestra universidad, que comenzó su andadura en el curso académico 1999-2000, y que constituye una herramienta clave para fomentar, apoyar e incentivar la innovación educativa.
Por consiguiente, el Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente de la Universidad de Córdoba, en virtud de las competencias que tiene atribuidas, realiza la convocatoria de proyectos de innovación educativa para el curso académico 2012-2013, de acuerdo a las bases que se recogen a continuación.
El objetivo de la presente convocatoria es apoyar las actividades de innovación educativa del personal docente de la Universidad de Córdoba que contribuyan a:
Las ayudas se concederán con cargo a la correspondiente aplicación presupuestaria, cuyo importe se concretará cuando se conozca la cuantía asignada anualmente en el presupuesto de la Universidad de Córdoba. Para el año 2012, la dotación asignada será de 60.000 euros.
La Comisión de Innovación Docente será la responsable de proponer la asignación de las cuantías económicas a cada uno de los proyectos que reciban una evaluación positiva y que se ajustarán a la disponibilidad presupuestaria del Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente.
Los proyectos de innovación educativa tendrán una duración de un curso académico y podrán ser solicitados por el personal docente de la Universidad de Córdoba que pertenezca a alguno de sus Grupos Docentes, especificándose claramente que quien coordine el proyecto deberá garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, y la aceptación del presupuesto finalmente asignado.
Por otra parte, podrá participar todo tipo de personal interno y externo a la Universidad de Córdoba que, a juicio de la persona que coordina, pueda realizar aportaciones al proyecto.
No se podrá participar en más de dos proyectos, ni coordinar más de uno. En ningún caso podrá haber más de dos personas coordinando un mismo proyecto.
Se considerará financiable cualquier gasto necesario para el desarrollo e implantación de una actividad de innovación docente, siempre que esté suficientemente justificado.
Con esta convocatoria no se pretende complementar los gastos derivados del normal funcionamiento de los departamentos, por lo que, en ningún caso, se concederá financiación destinada exclusivamente a mejorar la infraestructura de los mismos sin la debida justificación de su necesidad en el marco del proyecto solicitado. Asimismo, no se admitirán gastos derivados de la adquisición de instrumental científico para prácticas de las asignaturas o para su funcionamiento.
Tampoco se considerarán financiables los gastos derivados de la preparación de guías docentes y de la publicación de su contenido en plataformas virtuales, de la creación de páginas web de grupos docentes o de las acciones incluidas en las convocatorias de subvenciones de actividades de apoyo a la docencia (ayudas para la elaboración y mejora de material didáctico; para publicaciones docentes; para financiar la inscripción, asistencia y participación en congresos, simposios y reuniones docentes; ayudas para la celebración de conferencias docentes; organización de reuniones y redes de innovación docente; y ayudas para estancias docentes en otros departamentos o centros universitarios) y de recursos para la docencia (viajes de prácticas y adquisición de equipamiento, de material y de programas informáticos docentes).
El importe solicitado en cada proyecto no podrá superar los 1.000 €.
Los proyectos podrán ser solicitados con o sin dotación económica. La Comisión de Innovación Docente de la Universidad de Córdoba valorará especialmente aquellos proyectos que afecten a una titulación completa y que presenten una propuesta de cofinanciación.
El Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente de la Universidad de Córdoba analizará de forma detallada la justificación de los gastos y, en el caso de no considerar necesarios dichos gastos para el desarrollo del proyecto, propondrá su denegación, su aprobación por un importe inferior o su aprobación sin financiación.
Las solicitudes deberán formularse usando el modelo que figura en el ANEXO I, que se redactará siguiendo los apartados señalados en el mismo y que está disponible en la página web del Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente de la Universidad de Córdoba http://www.uco.es/innovacioneducativa/. La extensión máxima de las propuestas no debe superar las cinco páginas.
Asimismo, deberán indicarse las actividades a realizar por cada participante en el proyecto.
En la solicitud se especificará la rama de conocimiento por la que quiere ser evaluado:
Las solicitudes serán presentadas según el modelo del ANEXO I entre el 15 de marzo y el 30 de abril de 2012 (ambos inclusive).
Las solicitudes y anexos serán cumplimentados y enviados por vía telemática, usando los medios disponibles en la página web http://www.uco.es/innovacioneducativa/.
Si la persona interesada dispone de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, deberá presentar su solicitud exclusivamente en el registro telemático de la Universidad de Córdoba. Esta presentación en Registro se realizará usando la misma aplicación informática que se utiliza para cumplimentar y enviar los impresos.
Si no se dispone del certificado de firma electrónica, aunque los diversos documentos que componen la solicitud deben enviarse por vía electrónica, la hoja de solicitud deberá imprimirse y ser presentada, por duplicado y debidamente firmada, en los lugares señalados a continuación.
Los solicitantes que no dispongan de certificado de firma electrónica, podrán dirigir sus solicitudes a la Sra. Vicerrectora de Innovación y Calidad Docente de la Universidad de Córdoba en los Registros de la Universidad de Córdoba (Avda. Medina Azahara nº 5 o Campus Universitario Rabanales, Edificio Paraninfo), o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público. En el caso de que las personas solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada. En todo caso, las solicitudes que se presenten en otro Registro diferente al General de la universidad de Córdoba, al amparo de lo establecido en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, deberán los interesados comunicarlo en el mismo día de presentación, mediante correo electrónico al Servicio de Calidad y Planificación. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido solicitud de participación, ésta no será admitida en ningún caso.
Si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos, se requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles a partir del cierre de la convocatoria, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida su petición.
Para que un proyecto pueda recibir la ayuda económica concedida, es imprescindible que, si la persona responsable del proyecto ha desarrollado otro durante el curso académico anterior, envíe la respectiva memoria a través del modelo establecido por el Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente, http://www.uco.es/innovacioneducativa/, así como los documentos que justifiquen los gastos realizados antes del 30 de septiembre de 2012.
Una vez finalizado el plazo de presentación, el Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente, a través de su Servicio de Calidad y Planificación, verificará la correcta cumplimentación de las solicitudes, y que éstas y las actividades financiables que proponen entran dentro del objeto de la presente convocatoria.
Las solicitudes válidamente encuadradas dentro del objeto de la presente convocatoria se remitirán, para su evaluación, a evaluadores externos pertenecientes a otras universidades andaluzas, de acuerdo con la ficha de evaluación que se recoge en el ANEXO II. En función de esta evaluación, el Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente de la Universidad de Córdoba analizará de forma detallada la justificación de los gastos y, en el caso de no considerar necesarios dichos gastos para el desarrollo del proyecto, propondrá su denegación, su aprobación por un importe inferior o su aprobación sin financiación.
Dicha evaluación tendrá en cuenta:
El Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente a través de su Comisión Asesora podrá, si lo considera necesario:
La propuesta será analizada posteriormente en la Comisión de Innovación Docente y se elevará por el Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente al Consejo de Gobierno para su aprobación, si procede.
Contra la presente convocatoria y la resolución de la misma, que agotan la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:
La tramitación se realizará de acuerdo con la normativa establecida y que está disponible para su consulta en la página web del Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente, http://www.uco.es/innovacioneducativa/.
Las facturas serán remitidas con fecha 2013 por la persona que coordina el proyecto y tramitadas a través de la Unidad de Gasto del Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente. Todos los conceptos de las facturas y de los justificantes de gastos deberán coincidir con los contemplados en el presupuesto presentado en la convocatoria.
Las facturas se tramitarán entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de septiembre de 2013. A partir de esa fecha, el dinero que no haya sido justificado será reintegrado al Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente.
No se podrán solicitar anticipos.
Los beneficiarios de los proyectos concedidos se comprometen a cumplir las siguientes obligaciones:
El incumplimiento de alguna de estas obligaciones supondrá el reintegro de la subvención concedida.
Las memorias de los proyectos se harán públicas a través de la página web del Vicerrectorado de Innovación y Calidad Docente, http://www.uco.es/innovacioneducativa/.
En Córdoba, a 21 de diciembre de 2011
La Vicerrectora de Innovación y Calidad Docente
María Teresa Sánchez Pineda de las Infantas