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Las solicitudes de publicación de contratos/becas se harán mediante presentación telemática a través del Programa Metis de acuerdo con la siguiente Normativa:
Normativa General de Convocatorias de CONTRATOS de Investigación alt

Normativa General de Convocatorias de BECAS de Investigación alt

Si es usted RESPONSABLE de un proyecto, grupo, convenio o contrato art. 83 LOU, tiene que seguir estos pasos:
  1. Acceda al Programa Metis, dentro del Apartado "Acciones I+D, Dirección". Hay que introducir la identificación personal (usuario y clave de acceso), pulsar sobre el proyecto/ayuda con cargo al cual se quiere solicitar el contrato/beca y tras cumplimentar los datos correspondientes del formulario pulsar "Grabar solicitud".
  2. Las solicitudes de publicación de Contratos/Becas que no sean con cargo a actividades de I+D, se regirán por la "Resolución Rectoral de 10 de diciembre de 2009, por la que se dictan instrucciones para la atención a las necesidades temporales de personal no previstas en la Relación de Puestos de Trabajo y que no derivan de la actividad investigadora".
  3. La publicación de una oferta de contrato/beca debe acogerse al calendario aprobado por Consejo de Gobierno. La publicación de las Convocatorias se realiza en la página web del Portal del Investigador y en el Tablón de Anuncios del Servicio de Gestión de la Investigación (Rectorado).
  4. NO se publicarán Convocatorias Extraordinarias. En consecuencia, se podrán solicitar contratos/becas cuya financiación esté pendiente de concesión definitiva o de formalización de contrato/convenio correspondiente. En estos casos la oferta de contrato/beca quedará condicionada a la obtención de financiación.

IMPORTANTE:  Los aspectos que se han de tener en cuenta en las condiciones del contrato/beca que se oferte son los siguientes:
  1. La Titulación exigida a los candidatos ha de estar en concordancia con los trabajos a realizar en el proyecto de investigación. La titulación debe ser la solicitada y/o concedida en cada proyecto, en su caso.
  2. El periodo del contrato/beca debe estar comprendido dentro del periodo de ejecución del proyecto/ayuda al que se adscribe.
  3. Las retribuciones se acogerán a lo concedido en la partida de personal en la Resolución de concesión de la subvención, en su caso, y a la normativa correspondiente de la Seguridad Social.
  4. El importe que aparece en los anexos de las convocatorias corresponde al sueldo bruto.


 
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