| Grupos de investigación |
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De acuerdo con la Orden de 3 de septiembre de 2007 (BOJA nº 187 de 21/09/2007) modificada por la Orden de 15 de marzo de 2010 (BOJA nº 66 de 7/04//2010) de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se regulan los incentivos a Grupos de Investigación de las Universidades Andaluzas se recuerda a los responsables de los Grupos información general de interés: Acceso a SICA2: sica2.cica.es/Plazo de Actualización de datos del Grupo en SICA y Validación Plazo: La Consejería realiza la evaluación de los Grupos conforme a los datos de producción científica que se encuentren incluidos y debidamente validados en SICA a 31 de enero de cada año. Introducción de Datos: SICA permite la introducción de los mismos a lo largo de todo al año por lo que se aconseja su grabación en el momento de la consecución del mérito para evitar problemas de última hora. Validación:
El volcado de datos de Metis a SICA se realiza sobre el 10 de enero de cada año, por lo que sería conveniente que los responsables de proyectos/ayudas/convenios/contratos revisaran la información grabada en Metis antes del 15 de diciembre del año inmediatamente anterior.
En caso de observar cualquier incidencia deben de comunicarla a la dirección correspondiente: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla / Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla En el proceso de evaluación, la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria (AGAE) accederá a los documentos incluidos en SICA y a los datos volcados de Metis, al objeto de la evaluación de la producción de cada Grupo. Requisitos mínimos para la creación de un Grupo de Investigación 5 titulados superiores de los que al menos 3 sean doctores (Art. 19 c de la Orden de 18/09/2006, modificada en la disposición adicional tercera por la Orden de 3/09/2007 Criterios de Valoración por la Agencia Andaluza del Conocimiento Anualmente, antes del 30 de marzo, la AGAE evaluará la actividad científica y tecnológica de los Grupos de Investigación que conste debidamente validada en SICA (Sistema de Información Científica de Andalucía) a fecha 31 de enero y que corresponda al año anterior. Dicha evaluación se hará de la forma que se indica en el sigueinte enlace: http://www.agae.es/include/files/investigacion/evaluacionincentivos/criterios_generales.pdf Criterios para la financiación de un Grupo de Investigación Según el Art. 8. 1 y 2 de la Orden de 3/09/2007 "A la vista de los informes de valoración efectuados por la AGAE, la Dirección General de Investigación, Tecnología y Empresa determinará las cantidades correspondientes para cada Grupo de Investigaciñón, en función de la puntuación asignada (Art. 7 de la Orden de 3 de septiembre de 2007 modificada por la Orden de 15 de marzo de 2010), del número de doctores activos (se entenderá por doctor activo, el miembro del grupo con título de doctor que haya realizado al menos una actividad científica o tecnológica en el año anterior al de la convocatoria a juicio de la AGAE- Art. 8.2 de la Orden de 3/09/2007) y de las líneas de investigación consideradas estratégicas para el desarrollo de Andalucía" De los 5 titulados superiores pertenecientes al Grupo,al menos 3 han de ser doctores activos, Se considerarán miembros del Grupo todas aquellas personas incluidas en los apartados a), b), c), d), e) y f) del Art. 3 de la Orden de 3 de septiembre de 2007 modificada por la Orden de 15 de marzo de 2010. Asimismo, se considerarán colaboradores las personas contempladas en el Art. 7 de la Orden de 3 de septiembre de 2007 modificada por la Orden de 15 de marzo de 2010. A efectos de la evaluación para conseguir financiación no se computan los colaboradores de los Grupos Altas y bajas en un Grupo Alta de un miembro en un Grupo Los pasos a seguir para der de alta a nuevos investigadores en un Grupo de Investigación son los siguientes:
La solicitud de baja de un componente del grupo se cursará telemáticamente a través de SICA (Acceso privado a SICA-Investigador) por el interesado (Art. 5.2 de la Orden de 3/09/2007) En el caso que el responsable de grupo quiera dar de baja a algún miembro y no sea posible realizarla por el procedimiento anterior debido a la imposiblidad de contactar con el investigador (fallecimiento, perdida de contacto, etc), éste ha de cumplimentar el IMPRESO normalizado, en el que exponga detalladamente los motivos por los que solicita la baja del investigador. Este impreso se presentará en el Servicio de Gestión de la Investigación (SGI) con la firma original del responsable de grupo, para su conformidad por parte del Vicerrector de Política Científica y su posterior remisión a la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia por parte del SGI.Cambio de Responsable y Disolución de Grupo Cambio de Responsable: En este caso el responsable del Grupo actual ha de cumplimentar el IMPRESO normalizado, en el que exponga detalladamente el responsable propuesto y los motivos del cambio. Este impreso se presentará en el Servicio de Gestión de la Investigación (SGI) con la firma original del responsable actual y del responsable propuesto, para su conformidad por parte del Vicerrector de Política Científica y su posterior remisión a la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia por parte del SGI.Disolución: En este caso el responsable del Grupo correspondiente ha de cumplimentar el IMPRESO normalizado, en el que exponga detalladamente las causas por las que se disuelve el mismo y presentarlo en el Servicio de Gestión de la Investigación (SGI) con la firma original del responsable del Grupo, para su conformidad por parte del Vicerrector de Política Científica y su posterior remisión a la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia por parte del SGI.Datos de contacto Para cualquier duda con respecto a SICA, pueden ponerse en contacto con: Mª Belén Carrillo Tfno: 957 21 83 34 E-mail: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla NORMATIVA APLICABLE A LOS GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DEL PAIDI Orden de 18 de septiembre de 2006, por la que se establece la calificación de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se crea el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento (BOJA nº 190 de 29 de septiembre de 2006) Orden de 3 de septiembre de 2007, por la que se regula el funcionamiento del Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento para los Grupos de Investigación dependientes de las Universidades y Organismos de Investigación ubicados en Andalucía y se establece su financiación. (BOJA nº 187 de 21 de septiembre de 2007) Orden de 15 de marzo de 2010, por la que se modifica la de 3 de septiembre de 2007, por la que se regula el funcionamiento del Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento para los Grupos de Investigación dependientes de las Universidades y Organismos de Investigación ubicados en Andalucía, y se establece su financiación. (BOJA nº 66 de 7 de abril de 2010). INVENTARIO DE GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DEL PAIDI Inventario 2008 (web de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia) Inventario 2010 Grupos UCO (Metis)PÁGINAS WEB DE LOS GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UCO Enlace webRESOLUCIONES DE GRUPOS DE INVESTIGACIÓN EVALUACIÓN DE GRUPOS PAIDI 2011 ![]() Resolución de Grupos PAIDI 2007 ![]() Resolución de Grupos PAIDI 2008 ![]() Resolución de Grupos PAIDI 2009
![]() Resolución Provisional Grupos PAIDI 2010 ANEXO I Importe Concedido ANEXO II Grupos Excluidos |







