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Propuesta de reforma del art. 704

De la Ley de Enjuiciamiento Civil para la suspensión provisional de los desalojos judiciales de vivienda por causas humanitarias

Laboratorio Jurídico sobre Desahucios
Estudiantes de 3o Grado en Derecho (Grupo A)
Curso 2013/2014
Facultad de Derecho y CC. EE. y EE.
Universidad de Córdoba

A LA PRESIDENCIA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA

Los abajo firmantes, en calidad de representantes del tercer curso, grupo
de mañana, de la asignatura de Derechos Reales del Grado en Derecho, de la
Facultad de Derecho y CC. EE. y EE. de la Universidad de Córdoba, hacemos uso
del derecho constitucional de petición cívica para hacer entrega, en nombre de
los compañeros y compañeras del “Laboratorio Jurídico sobre Desahucios”, de
una propuesta de reforma del art. 704 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para
permitir la suspensión provisional de los desalojos judiciales de vivienda por causas
humanitarias, con ruego de que haga traslado de ellas a los Grupos
Parlamentarios y a las administraciones competentes para que sean tomadas en
consideración.

Este laboratorio jurídico sobre desahucios, “derecho a la vivienda y a la
esperanza”, es mucho más que un proyecto de innovación docente y de
divulgación científica: es una experiencia ilusionante de inteligencia colectiva y
compromiso social. Los estudiantes de Derecho que lo integramos demostramos
así nuestra condición ciudadana y que la Universidad no puede existir al margen
de la realidad. Durante tres meses hemos realizado trabajos de campo con
afectados por desalojos de vivienda, plataformas ciudadanas, asociaciones de
consumidores, juristas, técnicos de la administración pública o parlamentarios;
hemos rastreado el concepto y protección de la vivienda en el Derecho
Comparado, Derecho común y foral o autonómico; hemos estudiado la
jurisprudencia española e internacional, especialmente su consideración en el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea y Tribunal Europeo de Derechos Humanos;
hemos comprobado las numerosas causas subjetivas y objetivas de emergencia
habitacional que comprometen los derechos humanos de las personas
amenazadas de desalojo de su vivienda; y hemos estudiado un Derecho
hipotecario que no termina de morir pero que conserva su capacidad de lesionar
los derechos fundamentales.

Los estudiantes del “Laboratorio Jurídico sobre Desahucios” entendemos que no
deben confundirse los conceptos de propiedad sobre un inmueble con el
concepto de vivienda como bien jurídico y derecho humano.

Recomendamos la redacción de un concepto jurídico de vivienda que pudiera
servir para todas las normas que les afecten.

Proponemos un tratamiento constitucional al derecho a la vivienda similar al de
un derecho fundamental, protegido por el art. 53 CE, con todas las
consecuencias jurídicas que ello conlleva.

Aconsejamos la redacción de un procedimiento específico en la Ley de
Enjuiciamiento Civil para todos los desalojos judiciales de vivienda, sea por
lanzamiento o desahucio.

Y por último, hemos decidido plantear una medida paliativa con carácter de
urgencia que garantizaría la vivienda y los derechos humanos vinculados a ella
para aquellas personas que se encuentren en la fase de desalojo judicial cuando
concurran causas humanitarias. Esta reforma protegería la vivienda con el rango
reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y equipararía
nuestra legislación a otras de derecho comparado que suspenden
provisionalmente los desalojos de vivienda cuando concurren situaciones
objetivas o subjetivas que ponen en riesgo los derechos fundamentales de
quienes habitan en ella.

En Sevilla, a 5 de junio de 2014
Atentamente,

Antonio Manuel Rodríguez Ramos (30538263J) y estudiantes del Laboratorio
Jurídico sobre Desahucios.
Derecho Civil. Facultad de Derecho y CC. EE. y EE.
Puerta Nueva S/N (14010) Córdoba. Andalucía.

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