| Nombre de la Titulación | Licenciatura en Biología |
| Número de créditos ECTS | 332,5 Créditos |
| Duración en años | 5 cursos divididos en dos ciclos |
| Tipo de enseñanza de que se trata | Enseñanza presencial |
| Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas | Sin límite |
| Número mínimo de créditos de matriculación | Primer curso completo |
| Centro y lugar en la que se imparte | Facultad de Ciencias (Campus de Rabanales) |
| BOE(s) en los que se ha publicado | BOE Plan de Estudios (30 de diciembre de 2003) BOE Corrección (16 de marzo de 2004) |
| Titulación en Experiencia Piloto | Sí |
Resolución de 14 de julio de 1998, de la Universidad de Córdoba, por la que se hace pública la adaptación del plan de estudio de Licenciado en Biología, a los Reales Decretos 614/1997, de 25 de abril, y 779/1998, de 30 de abril. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, este Rectorado ha resuelto publicar la adaptación a los Reales Decretos 614/1997, de 25 de abril, y 779/1998, de 30 de abril, del plan de estudios de Licenciado en Biología, que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado de 10 de enero de 1996, una vez ha sido homologada por la Comisión Académica del Consejo de Universidades, en fecha 7 de mayo de 1998, según consta en el anexo adjunto.
Córdoba, 14 de julio de 1998
El Rector, Eugenio Domínguez Vilches.
Las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Biología deberán proporcionar una formación científica adecuada en los aspectos básicos y aplicados a la Biología.
1. Los Planes de estudios que aprueben las Universidades deberán articularse como enseñanzas de primero y segundo ciclo, con una duración total entre cuatro y cinco años, y una duración por ciclo de, al menos dos años. Los distintos planes de estudio conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Biología determinarán, en créditos, la carga lectiva global que, en ningún caso podrá ser inferior a 300 créditos ni superior al máximo de créditos que para los estudios de primero y segundo ciclo permite el Real Decreto 1497/1987. En ningún caso, el mínimo de créditos de cada ciclo será inferior a 120 créditos.
2. Además de quienes cursen el primer ciclo de estas enseñanzas, podrán cursar su segundo ciclo quienes, de acuerdo con los artículos 3º, 4º y 5º del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, cumplan las exigencias de titulación o superación de estudios previos de primer ciclo y complementos de formación requeridos en su caso, de conformidad con la directriz cuarta.
3. La carga lectiva establecida en el plan de estudios oscilará entre veinte y treinta horas semanales, incluidas las enseñanzas prácticas. En ningún caso la carga lectiva de la enseñanza teórica superará las quince horas semanales.
En cuadro adjunto se relacionan las materias troncales de obligatoria inclusión en todos los planes de estudios conducentes al título oficial de Licenciado en Biología, con una breve descripción de sus contenidos, los créditos que deben corresponder a las enseñanzas, así como la vinculación de las mismas a una o más áreas de conocimiento. Las Universidades asignarán la docencia de las materias troncales y/o las correspondientes disciplinas o asignaturas y, en su caso, sus contenidos, a Departamentos que incluyen una o varias de las áreas de conocimiento a que las mismas quedan vinculadas, según lo dispuesto en el citado cuadro adjunto.
En aplicación de los previsto en los artículos 5º y 8º, 2, del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, por el que se establecen directrices generales comunes de los planes de estudios de los títulos universitarios de carácter oficial, por el Ministerio de Educación y Ciencia se concretarán las titulaciones y los estudios previos de primer ciclo necesarios para cursar estas enseñanzas bajo la fórmula prevista en el número 2 de la directriz segunda, así como los complementos de formación que, en su caso, deban cursarse a tal efecto según los distintos supuestos.
© Facultad de Ciencias