ACUERDO ACTA DE LA REUNION DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN DEL PAS DE 8 DE FEBRERO DE 2018.

PUNTO 4. Seguimiento del Plan de Formación 2018 y Reconocimientos:

Criterios establecidos para el reconocimiento de actividades formativas externas:

  • No se reconocen actividades formativas impartidas por empresas privadas, a no ser que presten o sean suministradoras de servicios a la Universidad.
  • No se reconocen actividades formativas en las que no figuren el número de horas.
  • No se reconocen actividades formativas preparatorias de oposiciones
  • No se reconocen actividades formativas impartidas dentro del Plan de Formación de Prevención o de otro Plan establecido.
  • No se reconocen como actividades formativas las publicaciones, comunicaciones y estancias que no lleven aparejadas la realización de curso formativo.

Y lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de Formación:

La acción formativa debe guardar relación directa en el área de trabajo del solicitante, o que puedan complementar su formación y especialización.

Las solicitudes deberán cursarse preferentemente, con anterioridad a su comienzo o dentro de los 10 días siguientes a su comienzo.

Los permisos para dichas actividades están limitadas a 2 por persona y año y una duración máxima de 35 horas de ausencia de trabajo por año.