Universidad de Córdoba
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CCOO denuncia que la UCO dejará de pagar hasta 46.000€ a PROFESORES solicitantes de QUINQUENIOS por primera vez a partir del 3 de noviembre de 2017.

LA UCO DEJARÁ DE PAGAR HASTA 46.000 EUROS A LOS PROFESORES QUE SOLICITARON QUINQUENIOS POR PRIMERA VEZ A PARTIR DEL 3/11/2017

            En aplicación del documento “Instrucción para el establecimiento de los Mérito a valorar en la Actividad Docente para el Personal Docente e Investigador (PDI) estable de la UCO”, publicado el 3/11/2017 en el Boletín Oficial de la UCO (BUCO), desde el Rectorado de la UCO se está computando cada año de contrato como Profesor Ayudante con dedicación a tiempo completo como un Profesor con dedicación a tiempo parcial equivalente a 0,25 años. Al objeto de justificar esta discriminación salarial el Rectorado de la UCO se ampara en que la carga docente máxima que la LOU asigna a esta figura contractual es de 6 créditos, una cuarta parte de los 24 créditos de carga docente máxima de un Profesor Titular de Universidad. Esta discriminación salarial también se traslada a otras figuras contractuales - Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, FPI, FPU, etc,- cuya carga docente puede ser como máximo la de un Profesor Ayudante o 6 créditos.

            Hace unos meses CCOO detectó lo que pensábamos que era un error administrativo de cálculo del tiempo de cómputo para los quinquenios. Emitimos un comunicado para que todo el personal afectado solicitara la corrección del error. Sin embargo, se nos ha informado que con fecha 3/11/2017 se cambiaron estos criterios sin pasar por Mesa de Negociación General y como consecuencia los salarios del PDI que accede por primera vez a este complemento.

Desde CCOO queremos informar de que:

1.- Este cambio de criterio para la concesión de quinquenios se produce el 3/11/2017 con posterioridad al 15/9/2017, fecha en la que se alcanza el Acuerdo Andaluz firmado el 27/2/2018 por todas las Universidades Públicas de Andalucía y la Junta de Andalucía, por el que se reconoce el derecho del PDI laboral a cobrar quinquenios. Si a esto unimos el incumplimiento del Acuerdo Andaluz en materia de carga docente (240 horas para el curso 2019/2020), todo parece indicar que estas medidas están claramente encaminadas a recortar las consecuencias positivas que los acuerdos andaluces tienen para el personal de la Universidad de Córdoba.

2.- Con anterioridad al 3/11/2017 todos los contratos a tiempo completo en los que se contemplaba carga docente eran considerados como años “completos” para la solicitud de quinquenios, incluyendo contratos Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, profesorado ayudante, becas de FPI y FPU, contratos con cargo a proyecto con carga docente definida, etc. Así se sigue haciendo en TODAS las universidades andaluzas excepto, una vez más, en la Universidad de Córdoba.

3.- En términos legales, en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre Retribuciones del profesorado universitario se establece en el artículo 2.º3. c), que: “El profesorado universitario podrá someter la actividad docente realizada cada cinco años en régimen de dedicación a tiempo completo o periodo equivalente si ha prestado servicio en régimen de dedicación a tiempo parcial, a una evaluación ante la Universidad en la que preste sus servicios, la cual valorará los méritos que concurran en el mismo por el desarrollo de la actividad docente encomendada a su puesto de trabajo, de acuerdo con los criterios generales de evaluación que se establezcan por acuerdo del Consejo de Universidades.”

En la Resolución de 20 de junio de 1990, del Consejo de Universidades, por la que se establecen los criterios generales para la evaluación de la actividad docente del profesorado universitario prevista en el artículo 2.º 3. c), del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, en ningún sitio se indica como mérito docente valorable la cantidad de créditos impartida sino la calidad con los que se imparten los mismos. Esta valoración resulta lógica si pensamos que la figura del Rector está exenta de docencia y que muchos otros cargos tienen una disminución de su carga docente, aun teniendo dedicación a tiempo completo.

4.- En términos económico, un profesor que haya tenido cinco años de contrato en las figuras de profesor Ayudante, Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, FPI, FPU, etc,  solo se le computará 1,25 años, necesitando 3,75 años más, osea,  8.75 años de servicio a tiempo completo para percibir su primer quinquenio. El resto los recibirá con 3,75 años de retraso. Teniendo en cuenta que en 2019 un quinquenio supone un complemento mensual de 127,72 euros, cobrar con 3,75 años de retraso todos los quinquenios supondrá 45.979.20 euros de perdidas a lo largo de toda su vida profesional (sin contemplar la actualización anual del quinquenio y la inflación)

Desde CCOO estamos trabajando para abordar este problema en la Mesa de Negociación General y que la Universidad de Córdoba anule los actuales criterios y vuelva a la senda de la no discriminación salarial retomando los criterios anteriores, que son los que aplican el resto de Universidades Andaluzas.

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