Universidad de Córdoba
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Comunicado 1: Sobre promociones en PAS Laboral y otras sinrazones.

SOBRE LAS PROMOCIONES DE PAS LABORAL Y OTRAS SINRAZONES DE LA ACTUAL POLÍTICA DE RECURSOS HUMANOS

Si no se sabe la historia de las cosas, o sea, de los acuerdos en este caso, todo se desvirtúa y por ende se hace injusto.

Y nos explicamos:

Cuando se creó hace un par de décadas en la negociación el concepto de promoción a determinadas plazas por transformación (la de origen se convierte en la de grupo superior) el fin era mantener el equilibrio ente el derecho a la promoción del personal y la imposibilidad de creación ilimitada de plazas nuevas para la promoción de los colectivos.

De tal manera que necesariamente y para no dejar a ninguna persona que no superara el procedimiento sin plaza alguna (ni inferior ni superior), la promoción se restringía al colectivo determinado, y el que no pudiera promocionar seguía en su plaza de origen.

Y además de estar restringida al colectivo determinado no había concurso de traslados a esas plazas, porque realmente no eran nuevas: solo existían al transformarse el grupo de la persona que promocionaba.

Por ello, también estos acuerdos de plazas debían estar en un anexo a la RPT, pues -repetimos- no eran nuevas plazas creadas.

Por otro lado, la promoción a plazas nuevas seguía su curso, aparecían en RPT y estaban sometidas íntegramente al art 18 del convenio, respetando el concurso de traslados y el derecho a la promoción interna de cualquiera sin restricciones de colectivo.

Pues bien, TODO SE HA DESVIRTUADO, DEVINIENDO EN ABSURDO Y LO PEOR EN INJUSTO.

La promoción por transformación debe utilizarse en un contexto organizado de promociones en todas las áreas, departamentos y/o servicios y no a salto de mata a propuesta de la gerencia sin previsión ni justificación sobre la evolución natural de las plantillas; y mientras no sea acordado así, la única posibilidad legal para las vacantes generadas es el respeto al art. 18 del Convenio, porque lo contrario es irresponsable e irrespetuoso con los compañeros/as del PAS Laboral.

Salvo la transformación de 73 plazas de Técnico Especialista por transformación del grupo IV, la promoción profesional del PAS Laboral brilla por su ausencia. Basta con acudir al Acuerdo sobre promociones internas de 20 de marzo de 2017 y se apreciará en qué consistía la promoción interna del personal.

 Además, los acuerdos deben ser claros y respetar el principio de seguridad jurídica para los compañeros/as.

Ponemos un solo ejemplo: Si bien es cierto que una plaza de TS de Conserjería estaba prevista en el Acuerdo de Promociones Internas por transformación de la de grupo inferior, la de TGM de Conserjería recientemente publicada es una plaza nueva, una vacante que debiera haber salido a concurso de traslados y promoción interna para todo el PAS Laboral, y así ha sido entendido por algún compañero que se ha dirigido al Comité pidiendo la nulidad de las bases.

Esas bases fueron aprobadas en el Comité de dudosa legitimidad que tuvo lugar el 25 de febrero al que nos referimos en su momento en un Comunicado sobre el mismo, veintitantos acuerdos adoptados que desde CCOO no denunciamos en su momento por el compromiso de la universidad de que “todo se podía hablar” ( ver Carta abierta a la Sra. Gerente).

Por último, recordamos que todos y todas formamos parte de la plantilla de PAS Laboral, desde UCOPress (antiguo Servicio de Publicaciones) hasta las conserjerías, pasando por cada uno de los puestos y servicios donde el personal contribuye a mejorar la calidad de la investigación, la docencia y los servicios que nuestra institución ofrece a la sociedad.

Y que no os digan que “esto se ha hecho siempre así”…, frase muy recurrente en ciertos círculos.

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