En diciembre de 2005, y por unanimidad, el Consejo de Gobierno aprobó el Plan Estratégico
de la Universidad de Córdoba. Para la consecución de los fines que en él se contemplan, el plan concreta los objetivos
estratégicos articulados en diversas líneas de grandes ejes y enumera un amplio conjunto de iniciativas que deben ser abordadas a
través de actividades concretas.
En este sentido, dentro del eje estratégico 1 (formación integral) y de la línea estratégica 1.1
(mejora de las enseñanzas de grado), se encuentra la iniciativa A8 (mejora de la tasa de rendimiento del alumnado)
que contempla, entre otras, las dos siguientes actividades:
- Orientación personalizada al estudiante de nuevo ingreso sobre el entorno universitario y
específicamente sobre la titulación elegida.
- Desarrollo de la figura del tutor del estudiante que realice un seguimiento permanente, eficaz y
orientado a la optimización del esfuerzo de estudio por parte del alumnado.
Para lograr este objetivo, el Plan Propio de Calidad de la Enseñanza, aprobado en marzo
de 2007 por el Consejo de Gobierno, también por unanimidad, contempla la creación de la figura del Asesor Académico
que, como un derecho de los estudiantes, está contemplada en la LOU (artículo 46.2 apartados c y e) y en los Estatutos
de la UCO (Artículos 117 y 194 apartados e y j).
Esta figura es absolutamente necesaria, sobre todo de cara a los nuevos planes de estudio y a la total
integración en el EEES, la cual está suponiendo la introducción de cambios muy notables en la forma de trabajar del profesorado.
La labor de asesoría supondrá que un profesor tenga a su cargo a un número reducido de alumnos a los que,
a lo largo de toda la carrera, orientará e informará en relación con los aspectos relativos a la organización de su
recorrido curricular, aconsejándoles en el proceso de matrícula a lo largo de los estudios. La figura del Asesor
es fundamental para conseguir mejorar de la tasa de rendimiento de los estudiantes.
El Asesor Académico debe ser un profesor, funcionario o contratado en régimen permanente,
con conocimiento del Plan de Estudios vigente, con la posibilidad de dedicar el tiempo necesario a la relación personal
con sus alumnos y con la voluntad de resolver el problema, reconocido por todos, de la desorientación que, en un número considerable
de casos, tienen nuestros estudiantes. Esta figura puede y debe ser fundamental para la mejora de la calidad de la enseñanza con la
que todos debemos estar comprometidos.
REGLAMENTO ASESORÍA ACADÉMICA (Aprobado en Consejo de Gobierno de 27/6/08)
IMPRESO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y DE BAJA
(La solicitud se presentará en la Facultad/Escuela correspondiente)
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