| Denominación del Título | Graduado/a en Ingeniería Civil |
| Duración del programa | 240 créditos/4 años |
| Tipo de enseñanza | Enseñanza presencial |
| Número de plazas ofertadas | 130 |
| Centro responsable del Título | Escuela Politécnica Superior de Belmez (Universidad de Córdoba) |
| Código Título Registro Universidad de Centros y Títulos (RUCT) | 2501794 |
| Rama de conocimiento | Ingeniería y Arquitectura |
| Fecha Consejo de Ministros | 01/10/2010 |
| Fecha de publicación del Título BOE | BOE 11/11/2010 |
| URL del Título en el RUCT | Enlace |
| Curso académico de implantación del Título | 2010/2011 |
| Número de cursos en fase de implantación | 1º y 2º |
| Lenguas utilizadas en la impartición del Título | Español |
| Normas de permanencia | Descargar |
| Documento VERIFICA del Plan de Estudios del Grado | Descargar |
La legislación vigente conforma la profesión de Ingeniero Técnico de Obras Públicas como profesión regulada cuyo ejercicio requiere estar en posesión del correspondiente título oficial de Grado de Ingeniero Civil obtenido, en este caso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.9 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Los contenidos del título de Grado en Ingeniería Civil que se imparte en la Escuela Superior Politécnica de Belmez se ajustan a la Orden del Ministerio de Ciencia e Innovación CIN/307/2009, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión ingeniero técnico de obras públicas.
Los estudios superiores de Ingeniería Civil en España tienen su nacimiento formal en 1799 con la creación del Cuerpo de Ingenieros de la Inspección General de Caminos decretada por Carlos IV. En Septiembre de 1802 se funda la Escuela de Ingenieros de la Inspección General, y finalmente, mediante Decreto de 26 de julio de 1804, se crea el título de Ingeniero de Caminos y Canales. En 1834 la denominación del título se amplía y adquiere la forma definitiva de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
Los estudios de Ingeniero Técnico de Obras Públicas nacen siguiendo un recorrido similar. En 1854 se crea el Cuerpo de Ayudantes de Obras Públicas, y tres años más tarde, en 1857 se crea la Escuela de Ayudantes de Obras Públicas, agregada a la Escuela de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Con la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas en 1957 el título pasa a denominarse Peritos de Obras Públicas y con la Ley de Reordenación de las Enseñanzas Técnicas de 29 de abril de 1964 pasa a denominarse Ingeniero Técnico de Obras Públicas. Con los Reales Decretos 1432/1991, 1435/1991 y 1452/1991 se transforma en los títulos de Ingeniero Técnico en Hidrología, Ingeniero Técnico en Construcciones Civiles e Ingeniero Técnico en Transporte y Servicios Urbanos, y con el RD 50/1995, adquieren la denominaciones actuales de Ingeniero Técnico de Obras Públicas especialidad en Hidrología, Ingeniero Técnico de Obras Públicas especialidad en Construcciones Civiles, e Ingeniero Técnico de Obras Públicas especialidad en Transporte y Servicios Urbanos.
La gran demanda de este tipo de titulados para en el campo de la construcción pública en España, hace que sea una de las titulaciones con un índice de paro más bajo de la que se imparten en la Universidad de Córdoba.
En el año 2007 la Universidad de Córdoba suscribió un convenio con el Servicio Andaluz de Empleo (SAE). Este convenio sirvió para la realización del “Estudio de la Situación Laboral de las Personas Egresadas en Enseñanzas Universitarias y de Formación Profesional Reglada en Andalucía”.
Este estudio ha sido editado, este mismo año, por la Dirección General de Intermediación e Inserción Laboral y el Observatorio Argos de la Consejería de Empleo, de la Junta de Andalucía. La publicación puede solicitarse por correo electrónico en la dirección documentacion.cem@juntadeandalucia.es, o puede consultarse en la web de la Universidad de Córdoba; www.uco.es, y en la página web de Fundecor www.uco.es/fundecor .
Los resultados obtenidos corresponden al curso académico 2005/06 y el periodo de referencia abarca hasta el 30 de septiembre de 2007.
El estudio concluye que el 94.12% de los titulados en Obras Públicas había tenido algún contacto con el empleo antes o en los seis meses posteriores a su titulación. Y el 76.47% tuvo al menos una contratación en los meses posteriores a su graduación. De los cuales el 52.94% ya tenían experiencia previa, frente al 23.53% sin experiencia alguna.
De todos los/as titulados/as en Obras Públicas contratados/as 6 fueron empleados/as indefinidamente y 17 de forma temporal, en empresas ordinarias. En cuanto al tipo de jornada 21 fueron empleados/as a jornada completa y 2 con jornada parcial.
Estos/as egresados/as tardan una media de 147.8 días en encontrar el primer empleo.
Suponen el 0.87% de los titulados/as contratados.
La tasa de desempleo para estos/as titulados/as es 0.00%, así como la de paro registrado también en el 0.00%.
Las salidas profesionales de esta titulación se pueden clasificar en tres grupos:
Mención en dos tecnologías: Construcciones Civiles e Hidrología
Al terminar el Grado, el alumno puede realizar el Máster Universitario en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, que le permitirá ejercer la profesión de esta Ingeniería
Acceso a la profesión regulada de Ingeniero Técnico de Obras Públicas:
http://www.boe.es/boe/dias/2009/01/29/pdfs/BOE-A-2009-1477.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2009/02/18/pdfs/BOE-A-2009-2736.pdf
La legislación vigente conforma la profesión de Ingeniero Técnico de Obras Públicas como profesión regulada cuyo ejercicio requiere estar en posesión del correspondiente título oficial de Graduado/a obtenido de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.9 del Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. La Orden CIN/307/2009, de 9 de febrero, establece los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico de Obras Públicas.
De acuerdo con la Ley 12/1986 sobre regulación de las atribuciones profesionales de la Arquitectura e Ingeniería Técnica, modificada por la Ley 33/1992, corresponden a los Ingenieros técnicos, dentro de su respectiva especialidad, las siguientes atribuciones profesionales:
a) La redacción y firma de proyectos que tengan por objeto la construcción, reforma, reparación, conservación, demolición, fabricación, instalación, montaje o explotación de bienes muebles o inmuebles, en sus respectivos casos, tanto con carácter principal como accesorio, siempre que queden comprendidos por su naturaleza y características en la técnica propia de cada titulación.
b) La dirección de las actividades objeto de los proyectos a que se refiere el apartado anterior, incluso cuando los proyectos hubieren sido elaborados por un tercero.
c) La realización de mediciones, cálculos, valoraciones, tasaciones, peritaciones, estudios, informes, planes de labores y otros trabajos análogos.
d) El ejercicio de la docencia en sus diversos grados en los casos y términos previstos en la normativa correspondiente.
e) La dirección de toda clase de industrias o explotaciones y el ejercicio, en general respecto de ellas, de las actividades a que se refieren los apartados anteriores. Los ingenieros técnicos de Obras Públicas poseen plena competencia para desarrollar la dirección de Empresas y Servicios, la redacción y firma de proyectos, la dirección de obras y actividades y el ejercicio de la docencia tanto en el ámbito de la empresa privada como de la empresa pública o la Administración, en sus respectivas especialidades.