Viernes, 13 Marzo 2020 16:34

Resolución Rectoral de 13 de marzo de 2020, por el que se actualizan las medidas extraordinarias derivadas de la situación provocada por el COVID-19 Destacado

Escrito por G.C.

En cumplimiento del deber de protección establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, la Universidad de Córdoba (UCO) debe garantizar y elaborar la seguridad y la salud de la comunidad universitaria en todos los aspectos relacionados con el trabajo, integrando la actividad preventiva y adoptando cuantas medidas sean necesarias para la protección de su seguridad y su salud.

En el actual contexto, y sin menoscabo de las modificaciones que supongan las medidas que se tomen por el recientemente instaurado Estado de Alarma para afrontar la alerta sanitaria provocada por el COVID-19, y según las medidas adoptadas por el Gobierno de Andalucía, sin perjuicio de la vigencia en todos sus términos de las medidas adoptadas en las instrucciones emitidas por este Rectorado, en el día 12 de marzo de 2020,



RESUELVO:

 

 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las presentes medidas serán de aplicación a todo el Personal Docente e Investigador y al Personal de Administración y Servicios que preste sus servicios en la UCO, así como a su estudiantado.

2. MEDIDAS GENERALES


2.1. Suspensión de la docencia presencial
Se suspenden todas las actividades docentes presenciales (teóricas y prácticas), desde el día 16 de marzo hasta el día 30 de marzo. La posible extensión de estas medidas se determinará en función de la evolución de la situación.

2.2. Acceso a los Centros e instalaciones de la UCO
El acceso a los Centros e instalaciones de la UCO queda limitado únicamente a su personal.

2.3. Celebración de sesiones de órganos colegiados y reuniones de trabajo.
Las sesiones de órganos colegiados de la Universidad de Córdoba y sus correspondientes comisiones se celebrarán de forma virtual, mediante correo electrónico, videoconferencia o cualquier otro medio electrónico admisible, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
Las reuniones de trabajo indispensables para el funcionamiento de los servicios podrán realizarse de forma presencial, siempre y cuando ello no suponga la asistencia de más de 10 personas, y se dispongan en espacios que garanticen la distancia de seguridad. El convocante deberá garantizar las medidas marcadas por las autoridades

2.4.Celebración de actos, eventos y encuentros científicos
Se suspenden todos los actos, eventos y encuentros científicos organizados por cualquier miembro de la Universidad de Córdoba, con independencia de que se celebren dentro o fuera de sus instalaciones.
Del mismo modo, quedan suspendidos los actos y eventos organizados por instancias ajenas a la UCO en las instalaciones de la Universidad.
Por extensión, también se suspenderán temporalmente las siguientes actividades:
•    Cursos y actividades programadas en la Universidad de Córdoba
•    Actividades culturales
•    Las salidas de campo
•    Actividades relacionadas con cualquier tipo de beca o colaboración del estudiantado con las estructuras universitarias.

2.5. Comisiones de Servicio y desplazamiento
No se autorizará ninguna comisión de servicio ni desplazamiento por motivos laborales fuera de la Universidad de Córdoba. Aquellas comisiones de servicio ya autorizadas quedan anuladas.
Quienes se encuentren desplazados en comisión de servicio en zonas de riesgo así consideradas por las autoridades sanitarias deberán permanecer, a su regreso, prestando servicios desde el domicilio mediante las medidas de teletrabajo que se arbitren, durante los 14 días siguientes al regreso, comunicando tal circunstancia a la Gerencia o el Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador.

2.6. Bibliotecas, Salas de Lectura, Salas de informática y lugares de reunión estudiantiles.
Quedan cerradas todas las bibliotecas y salas de lectura y salas de informáticas de la Universidad de Córdoba.
Se mantiene el préstamo bibliotecario, que funcionará según el siguiente procedimiento: (http://www.uco.es/servicios/actualidad/institucional/item/137255-medidasucobibliotecas)
Cualquier otro espacio que suponga la concentración de estudiantes queda clausurado.

2.7. Servicios de comedor, cafetería y copistería
Dado su carácter externo, los servicios de Comedor, Cafetería y Copistería podrán mantenerse abiertos, siempre que se garantice el respeto a las normas preventivas recomendadas por las autoridades sanitarias.

2.8. Instalaciones deportivas
Las instalaciones deportivas de la Universidad de Córdoba permanecerán cerradas desde hoy 13 de marzo a partir de las 15:00 horas hasta el 30 de marzo, quedando suspendidos todos los servicios y actividades deportivas.

2.9. Registro
La entrega de documentación en Registro deberá hacerse a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Córdoba
En estos casos excepcionales la documentación se deberá entregar en las oficinas del Registro General en un sobre, incluyendo una copia de la primera hoja de la documentación presentada, y la dirección a la que se desea que dicha copia sellada sea remitida.

2.10. Atención al usuario
La atención a los usuarios de la Sede Electrónica se realizará exclusivamente por correo electrónico y por vía telefónica. Si fuera imprescindible la asistencia presencial, se hará mediante cita al usuario por parte del servicio que gestiona la administración electrónica.

3. MEDIDAS PARA OPOSICIONES Y CONCURSOS


3.1. Oposiciones y concursos para plazas de PDI y PAS
Los concursos-oposición celebrados, mediante acto público para el acceso y provisión de plazas de PDI y PAS que ya hayan sido convocados en la UCO, se celebrarán siempre y cuando no se aprecien, a criterio del presidente de la comisión, evidencias de riesgo en la celebración del acto. Quedan ampliados los plazos de los procedimientos en los máximos previstos por la ley, para aquellos que sean pospuestos.
No se convocarán más concursos, oposiciones o concurso-oposición para el PDI y PAS de esta Universidad mientras sean de aplicación estas medidas.
Se declaran inhábiles, a efectos del cómputo de los plazos correspondientes a los procedimientos administrativos de provisión de plazas de Personal Docente e Investigador y de Personal de Administración y Servicios convocados por la Universidad de Córdoba, tanto para la presentación de solicitudes como para la realización de trámites o la resolución y notificación, desde el día 16 de marzo hasta el día 30 de marzo, ambos inclusive.


 4. MEDIDAS PARA EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

4.1. Medidas de flexibilidad horaria
Se articularán las medidas necesarias para compatibilizar la prestación del servicio con las necesidades de conciliación de la vida personal y familiar y la protección de personas especialmente sensibles según criterios médicos.
Los responsables de los servicios y unidades podrán establecer un régimen de prestación de servicios presenciales por turnos para el personal adscrito, de tal forma que el mayor número posible de empleados preste servicio en régimen de teletrabajo, manteniéndose únicamente la prestación presencial para el funcionamiento esencial de la unidad.
Las medidas contenidas en este punto se adoptarán siguiendo las instrucciones de la Gerencia de la Universidad.

4.2. Control horario
A partir del 16 de marzo, y hasta nuevo aviso, no se emplerará el sistema actual de control horario para el Personal de Administración y Servicios. La supervisión del cumplimiento horario queda atribuida al jefe de servicio o, en su caso, el jefe de la unidad correspondiente o persona designada al efecto, siguiendo las instrucciones de la Gerencia de la Universidad.


5. MEDIDAS APLICABLES A LA DOCENCIA

La suspensión de las actividades educativas presenciales no implica la suspensión completa de actividades, ya que estas deberán ser sustituidas por actividades no presenciales atendiendo a las particularidades de cada titulación.
El profesorado arbitrará las medidas necesarias para que el desarrollo de la docencia no se vea afectado. Para ello utilizará preferentemente la plataforma Moodle, incluyendo los materiales necesarios y con una temporalización expresa del trabajo del estudiante para todo el tiempo que dure la suspensión de las clases presenciales. En aquellos casos en los que sea absolutamente imprescindible la realización de alguna actividad en la que se requiera la presencia simultánea del profesor y todos los estudiantes de un grupo de docencia, se solicitará con una antelación mínima de 48 horas la activación de una video-conferencia a la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., desde la que se emitirán las instrucciones oportunas.

Las actividades que se programen deberán tender a que la temporalización de las asignaturas no sufra ningún menoscabo durante el tiempo de esta suspensión temporal de actividades presenciales, respetándose, en lo posible, lo dispuesto en las guías docentes y con la coordinación del equipo directivo del Centro.

Los estudiantes deberán mantener el mismo nivel de actividad académica, recordándoles que toda la actividad a través de la plataforma virtual queda registrada con indicación de las actividades que realizan y del tiempo consumido, lo que servirá para el control de la docencia.

En el horario oficial de cada asignatura, el profesorado estará disponible a través del foro o del chat existente en Moodle, o bien a través de cualquier otra opción o herramienta que cuente con la aprobación del Centro responsable de dicha docencia.
Estas medidas se aplican a todos los Títulos oficiales y propios de la Universidad de Córdoba.
El profesor podrá utilizar herramientas no presenciales para las tutorías individualizadas.



5.1. Prácticas curriculares y extracurriculares
Como consecuencia de la suspensión de la actividad formativa presencial, quedan suspendidas las prácticas curriculares y extracurriculares, ya sean las realizadas en la Universidad de Córdoba o en instalaciones externas, empresas o instituciones, salvo aquellas en las que las empresas ofrezcan la posibilidad de teletrabajo. Esta posibilidad deberá comunicarse por correo electrónico al Vicedecano o Subdirector y a UCOPrem.
La resolución de las convocatorias de prácticas o actividades en empresas ya en curso   serán efectivas una vez se suspenda la situación de alerta sanitaria.

5.2. Desarrollo de Trabajos de Fin de Grado (TFGs) y de Fin de Máster (TFMs)
Queda suspendido el desarrollo de los TFGs y TFMs en las instalaciones de la Universidad de Córdoba durante este periodo.

5.3. Defensa de TFGs, TFMs y Tesis Doctorales
Queda suspendida la defensa de TFGs, TFMs y Tesis doctorales en modalidad presencial. Aquellos TFGs, TFMs o Tesis Doctorales que se encuentren programados para la defensa deberán realizarse por videoconferencia, siguiendo el modelo de lo regulado por el Vicerrectorado de Posgrado e Innovación docente para la defensa de Tesis Doctorales con esta modalidad.

5.4. Movilidad
Los estudiantes OUTGOING del programa Erasmus, o de cualquier otro programa internacional, que retornen a la Universidad de Córdoba o se incorporen a la misma, deben dirigirse de forma inmediata a la Oficina de Relaciones Internacionales (ORI), a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., donde recibirán instrucciones sobre las acciones que deben realizar, en coordinación y bajo el asesoramiento del SPRL de la UCO. El cumplimiento de este trámite será validado por la ORI con el correspondiente documento acreditativo.
Los estudiantes Erasmus INCOMING deben seguir los mismos procedimientos aplicables al resto de estudiantes. Si desean volver a sus respectivas universidades, deberán previamente ponerse en contacto con la Universidad de origen para cualquier asunto de tipo económico o académico.

 

6. MEDIDAS APLICABLES A LA INVESTIGACIÓN
Las actividades de investigación y transferencia se seguirán desarrollando de forma habitual. Esta medida afectará a la actividad de todos los investigadores/as, al personal técnico de laboratorios, departamentos e institutos universitarios, a los contratados/as pre- y postdoctorales y contratados/as con cargo a proyecto. Se deben evitar actividades que reúnan a grupos de más de 10 personas y se fomentará el trabajo individual remoto siempre que sea posible.

7. MEDIDAS APLICABLES A LA COMUNICACIÓN
La información a medios de comunicación y redes sociales quedan restringidas única y exclusivamente al Gabinete de Comunicación de la UCO, a través del cual se canalizarán las noticias y novedades actualizadas. Ello con el único objetivo de proporcionar de forma continua, información actualizada y coherente, alejada de especulaciones o criterios individuales que pudieran crear confusión.

8. MEDIDAS APLICABLES A LA COORDINACIÓN DE LA GESTIÓN DE LA SITUACIÓN PRODUCIDA POR EL COVID 19.
Cualquier medida que se adopte, ya sea de ámbito académico, o de funcionamiento habitual, y que esté relacionada de alguna forma con la situación actualmente existente, debe ser antes consultada y coordinada con el Vicerrectorado de Coordinación, Infraestructuras y Sostenibilidad, que verificará con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) de la Universidad.

9. PROCESOS ELECTORALES
Quedan suspendidos los procesos electorales a Órganos colegiados y unipersonales.


DISPOSICIÓN FINAL
Estas medidas entrarán en vigor desde la fecha de su publicación y mantendrán su vigencia por quince días naturales, sin perjuicio de las prórrogas que se acuerden de forma sucesiva, y condicionada a las medidas de aplicación que se adopten por las autoridades competentes que afecten a su contenido.

EL RECTOR,

 

The Rector's Statement is available in English for foreign students in the Downloads section below. 

Información adicional

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