Logo UCO Universidad de Córdoba
Menu portal Portal profesores Portal alumnos Portal p.a.s.
Novedades
Catálogo MEZQUITA
bUsCO+
Biblioteca Digital
Información General
Formación de Usuarios
Formularios Electrónicos
Bibliotecas
Síguenos: facebook twitter pinterest issuu slideshare presentación prezi
Dialnet plus

 

Logo Biblioteca Universitaria
Biblioteca Universitaria 

Filosofía y Letras

 

Usuarios

Reglamento de la Biblioteca
Título IV Los usuarios de la Biblioteca Universitaria

Artículo 14. Usuarios/as

1. Son usuarios/as de la Biblioteca Universitaria todos los miembros de la comunidad universitaria, y aquellas otras personas, ajenas a la misma, en las condiciones que en cada caso se establezcan.

2. A estos efectos, y a tenor de lo dispuesto en el art. 163 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, integran la comunidad universitaria el personal docente e investigador, el personal de administración y servicios y el alumnado de la Universidad de Córdoba.

3. La Universidad de Córdoba podrá establecer convenios que consideren como usuarios/as de pleno derecho, o en los términos que se establezcan, a miembros de otras instituciones.

Artículo 15. Acreditación de la condición de usuario

Para la utilización de los servicios de la Biblioteca Universitaria, el personal bibliotecario podrá requerir a los/as usuarios/as la presentación del documento original que les identifique como miembros de la comunidad universitaria, o como personas debidamente autorizadas por la Dirección de la Biblioteca Universitaria para acceder y usar dichos servicios.

Artículo 16. Derechos de los usuarios/as

Los/as usuarios/as de la Biblioteca Universitaria tendrán los siguientes derechos:

a) Acceder en las condiciones estipuladas, en cada caso, a la consulta y estudio de los fondos y documentos bibliográficos que constituyen la Biblioteca Universitaria, así como a los demás servicios que esta preste.

b) Recibir información, asesoramiento y colaboración en la localización y acceso a fuentes bibliográficas y documentales.

c) Recibir la formación básica para la utilización de cada uno de los servicios.

d) Participar de forma activa en el funcionamiento de la Biblioteca Universitaria.

e) Exponer sus quejas, sugerencias o felicitaciones sobreel funcionamiento de la Biblioteca Universitaria según el procedimiento establecido.

f) Acceder tanto a este Reglamento como a cualquier otra normativa específica referente a la Biblioteca Universitaria.

Artículo 17. Deberes de los/as usuarios/as

Los/as usuarios/as y demás personas que accedan a las instalaciones de la Biblioteca Universitaria tendrán los siguientes deberes:

a) Respetar la integridad y el estado de las instalaciones de la Biblioteca Universitaria, así como de los fondos y documentos que la componen.

b) Cumplir con las disposiciones que regulen los distintos servicios de la Biblioteca.

c) Mantener el orden dentro de las instalaciones de la Biblioteca Universitaria, evitando conductas que pudieran alterar el adecuado funcionamiento de los distintos servicios.

d) Abstenerse de utilizar servicios o prestaciones a las que no esté autorizado acceder.

e) Identificarse con el correspondiente documento identificativo autorizado por la Biblioteca Universitaria para hacer uso de los diferentes servicios ofrecidos por la misma.

Artículo 18. Incumplimiento de la normativa

1. Sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y/o administrativas que sean exigibles en cada caso, el incumplimiento de los deberes de los/as usuarios/as motivará la suspensión temporal o indefinida del uso de la Biblioteca Universitaria, de acuerdo con lo regulado en este Reglamento y en las normativas de aplicación en la Universidad de Córdoba.

2. La imposición de las sanciones se regirá por la normativa general vigente.

Artículo 19: Actuaciones por incumplimiento de la normativa

1. Quien deteriore libros y demás material de la Biblioteca Universitaria estará obligado/a a reponerlos y, si esto no fuera posible, a indemnizar el perjuicio causado.

2. Cuando los hechos pudieran ser constitutivos de delito o falta, se pondrán en conocimiento del/de la Rector/a, quien incoará el procedimiento sancionador correspondiente, si hubiera lugar.

3. Quien no respete los plazos de devolución de los préstamos, será suspendido temporalmente de su condición de usuario según lo estipulado en el art. 18.1 de este Reglamento.

4. La falta de respeto al personal de la Biblioteca o el incumplimiento reiterado de la normativa llevará consigo la privación del derecho de préstamo, previa consulta a la Dirección de la Biblioteca y sin perjuicio de cualquier otra actuación a que hubiera lugar y de la interposición de aquellas acciones legales que pudieran derivarse.

Artículo 20: Confidencialidad de los datos

La Biblioteca Universitaria mantendrá la confidencialidad de los datos de los/as usuarios/as y de sus transacciones, conforme a la legislación vigente.

Artículo 21: Compromisos de Calidad

La Biblioteca Universitaria cumplirá los compromisos de calidad expuestos en su Carta de Servicios, cuya consecución será responsabilidad de todos/as los miembros que prestan su servicio en ella.


Buscar en esta web lupa búsqueda
Enlace RSS  mapa web  contacto correo UCO directorio