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Acceso a la Universidad

Alumnos Unión Europea


F.A.Q. EUROPEAN STUDENTS ADMISSION
ACCESO A LA UNIVERSIDAD ESPAÑOLA DE ALUMNOS DE LA UNIÓN EUROPEA Y CON ACUERDOS INTERNACIONALES

ÍNDICE

 

  1. Acceso directo a la universidad española (preguntas 1 a 13)
    1. ¿Cómo obtener la credencial? (preguntas 14 a 37)

  2. Selectividad (preguntas 38 a 47)
    1. Fase Específica (preguntas 48 a 50)
    2. Plazo de inscripción (pregunta 51)
    3. Ejercicios (preguntas 52 a 57)
    4. Calificaciones (preguntas 58 a 67)
    5. Reclamaciones  y plazos (preguntas 68 a 76)

  3. Títulos acreditativos  que permiten en su sistema educativo de origen el acceso a la universidad y que se corresponde con los títulos españoles de Formación Profesional, Artes Plásticas y Diseño o Deportivas. (preguntas 77 a 79)
    1. Fase específica (preguntas 80 a 86)

  4. Preinscripción (preguntas 87 a 88)
    1. Plazo (pregunta 89)
    2. Solicitudes (preguntas 90 a 95)
    3. Procedimiento (preguntas 96 a 99)

  5. Matrícula y Traslado de Expediente (pregunta 100)

  6. Procesos de admisión en otras universidades españolas (pregunta 101)

  7. Alojamiento (preguntas 102 a 107)

  8. Otros Datos de interés (preguntas 107 a 108)

  9. Cálculo de equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en el extranjero

  10. Legislación

 

1. ¿Quiénes pueden acceder a la universidad española?
Aquellos alumnos procedentes de sistemas educativos de estados miembros de la Unión Europea o los de otros estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.

2. ¿Con qué Estados España ha suscrito este tipo de acuerdos?
Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Bulgaria, China, Chipre, Croacia, Dinamarca,  Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza.

3. ¿Qué otros sistemas educativos están incluidos en estos acuerdos?
Estudiantes que se encuentren en posesión del título de Bachillerato Europeo y quienes hayan obtenido el diploma de Bachillerato Internacional.

4. ¿Qué requisitos deben cumplir?
Los requisitos académicos, diplomas, títulos y certificados exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus respectivas universidades.

5. ¿Cómo concurren estos estudiantes a los procesos de admisión?
Sólo pueden concurrir a los procesos de admisión a un mismo curso académico y por un único sistema de acceso.

6. ¿Pueden solicitar su admisión los estudiantes que ya hubieran accedido a la universidad española por un vía distinta de la establecida en la norma?
No

7. ¿Qué tendrán que hacer los estudiantes que habiendo accedido ya a la universidad española por la vía a que se refiere la normativa en los cursos 2007-2008, 2008-2009 ó 2009-2010 quieran participar de nuevo en los procedimientos de admisión?
Deberán solicitar de nuevo la expedición de la credencial.

8. ¿Tienen que realizar prueba de acceso?
No necesariamente

9. ¿Acceden  en igualdad de condiciones que los estudiantes españoles que haya superado la P.A.U. (Prueba de acceso a la universidad española)?
Sí. Acceden en las mismas condiciones.

10. Además de lo establecido en la normativa ¿pueden las universidades establecer condiciones o pruebas especiales para el acceso a determinadas enseñanzas?
Sí y deberán incluirse por las universidades en la memoria del plan de estudios verificado y autorizado.

11. ¿Los estudiantes deberán poseer un adecuado conocimiento de la lengua en la que se impartan las enseñanzas de Grado?
Sí.

12. ¿Las universidades pueden establecer pruebas que acrediten dicha competencia lingüística?

13. ¿Las universidades pueden considerar el currículum previo del estudiante para acreditar dicha competencia?

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14. ¿Quién comprueba que el alumno procedente de sistemas educativos de estados miembros de la Unión Europea o los de otros estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales cumple con los requisitos de acceso a la Universidad?
La verificación se llevará a cabo por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)

15. ¿Qué debe hacer el estudiante para acogerse a esta vía de acceso?
El estudiante que desee acogerse a esta vía deberá dirigir su solicitud al  Vicerrectorado de Ordenación Académica de la UNED.

16. ¿Dónde pueden presentar dicha solicitud?
 Podrán presentarla a través de la página Web de dicha Universidad, uned.es/accesoUE

17. ¿Qué otros lugares, establecidos en la ley, puede el estudiante presentar las solicitudes?
Podrán presentarse:

  1. En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
  2. En las oficinas de Correos.
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

18 ¿Qué documentación deberá acompañar a la solicitud?

  1. Fotocopia compulsada del título, diploma o certificado que constituya el requisito de acceso a la universidad en el sistema educativo correspondiente.
  2. Fotocopia compulsada de la certificación académica de los dos últimos cursos de la educación secundaria, o de los tres últimos en aquellos sistemas educativos donde la duración del último ciclo sea superior a dos años.

19. ¿Dónde se compulsan los documentos?
Las compulsas de las fotocopias de los documentos que deben presentar en la UNED pueden ser realizadas en los Centros Asociados de la UNED o en cualquiera de las Unidades de Atención al Estudiante en Madrid (Bravo Murillo 38, Paseo Senda del Rey 7, o Juan del Rosal 16). También podrán realizarse en las Consejerías de Educación de las diferentes Embajadas de España y en las Embajadas/Consulados de los diferentes países en España

20. ¿Dónde se puede obtener una traducción oficial al español de los documentos expedidos en idioma extranjero, por las autoridades competentes del país de procedencia, que deseen hacerse valer en España?  
La traducción oficial podrá hacerse a través de la Oficina de Intérpretes Jurados del Ministerio de Asuntos Exteriores español.

21. ¿Y si se reside fuera de España?
Se podrá optar por lo anterior o bien por ponerse en contacto con el organismo equivalente al  Ministerio de Asuntos Exteriores español en su país para que le hagan la traducción jurada al español.

22. ¿Qué trámite realiza la UNED con la documentación aportada?                         
Una vez recibidas las solicitudes, la UNED verifica los requisitos de acceso acreditados por el solicitante.

23. ¿Qué hace la UNED una vez que ha verificado el cumplimiento por el solicitante de los requisitos de acceso a la universidad en el sistema educativo de origen?                                                                                 
La UNED le asignará la calificación de acceso a la universidad española que vendrá expresada con tres decimales.

24. ¿Qué tiempo tarda la UNED en resolver?
La universidad resolverá en el plazo máximo de tres meses.

25. ¿Qué duración total está prevista para resolver el procedimiento?
La duración total será de seis meses desde la presentación de la solicitud por parte del interesado.

26. ¿Cómo puede ser la resolución?
Favorable o desfavorable

27. ¿Qué ocurre si la UNED emite una resolución favorable?
La universidad expedirá la credencial

28. ¿Qué derecho adquiere el titular de la credencial?
La credencial otorgará el derecho de acceso a la universidad española.

29. ¿Qué período de validez tendrá la credencial?
Tendrá validez, a los efectos de admisión y formalización de matrícula, durante dos años a contar desde la fecha de su expedición.

30. ¿Qué ocurre si la UNED no emite resolución en el plazo establecido?
La falta de resolución en el plazo establecido permitirá entender desestimada la  solicitud.

31. ¿Puede el estudiante interponer contra la resolución alguna queja o recurso?
Sí. Contra la resolución, el estudiante podrá interponer un recurso de alzada ante el Rector de la UNED.

32. ¿Qué plazo dispone la universidad para resolver el recurso y notificarlo al estudiante?
Dicho recurso deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de tres meses.

33. ¿Qué debe entender el estudiante si la universidad no responde en el plazo máximo?
Se podrá entender desestimado el recurso.

34. ¿Cuándo termina todo el procedimiento administrativo?
La resolución del Rector o la falta de resolución en el plazo indicado pondrán fin a la vía administrativa.

35. ¿Cuándo expide la UNED una credencial provisional?
Excepcionalmente y sólo en aquellos supuestos de sistemas educativos en los que la acreditación de los requisitos de acceso pueda llevarse a cabo mediante documentos basados en predicciones y estimaciones de resultados expedidos a tales efectos por las instituciones acreditadas por el país de origen.

36. ¿Qué efecto tiene una credencial provisional?
La credencial tendrá carácter provisional y validez en todas las universidades españolas sólo a efectos de admisión.

37. ¿Cuándo se debe sustituir la credencial provisional por la definitiva?
Debe ser sustituida por la credencial definitiva con carácter previo a la formalización de matrícula.

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38. ¿Puede un alumno que ha obtenido su credencial acceder a la universidad en igualdad de condiciones que un alumno español que haya superado la Prueba de Acceso a la Universidad?
Sí.

39. ¿Es necesaria afrontar alguna prueba al igual hacen los alumnos españoles en la Prueba de Selectividad?
No es necesario, si bien es recomendable.

40. ¿Qué tipo de prueba?
La prueba que sería recomendable es la que corresponde a la Fase Específica de la  Prueba de Acceso a la Universidad que afronta el alumno español.

41. ¿Por qué es recomendable participar en la fase específica de la PAU?
Es recomendable participar en la fase específica de la PAU con el fin de mejorar la nota obtenida en la credencial.

42. ¿Cuándo es recomendable?
Es recomendable siempre que se quiera acceder a aquellos Grados donde el número de solicitantes sea superior al número de las plazas ofertadas.

43. ¿Las universidades limitan el número de plazas para acceder a las distintas titulaciones?
Sí. Cada curso académico se limita el acceso con un número de plazas.

44. ¿En qué Grados suele ocurrir que hay más competencia para su acceso?
Generalmente en los Grados del Área de Ciencias de la Salud aunque también hay excepciones para otros Grados de las demás áreas de conocimiento.

45. ¿Cómo se puede conocer el nivel de dificultad que presenta el acceso a un Grado?
Podemos conocer la dificultad para el acceso a los Grados tomando como referencia la nota de corte que se ha producido en el último curso académico.

46. ¿Qué es la nota de corte?
Es la nota del último estudiante que ha obtenido plaza en una titulación determinada, por eso no se puede conocer hasta después de resuelto el proceso de preinscripción. No es una nota que la universidad imponga con antelación y puede subir o bajar cada curso.

47. ¿Podemos conocer las notas de corte que sirvieron para el acceso a los grados en el último curso?
La nota de corte se puede conocer a través de la página Web de la Universidad de Córdoba

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48. Decíamos que es recomendable participar en la PAU. Si es recomendable ¿dónde se puede realizar la Fase Específica de dicha prueba?
Los estudiantes que opten por presentarse a la fase específica de la prueba de acceso pueden realizarla en la UNED.

49. ¿Qué normativa  aplica la UNED para la celebración de la citada prueba?
La UNED aplica lo dispuesto sobre el particular en la Orden EDU/473/2010, de 26 de febrero, por la que se establece el procedimiento de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.

50. ¿Qué requisitos deber reunir el estudiante para poder presentarse a la fase específica?
Los estudiantes deberán acreditar, a través de la credencial, el cumplimiento de los requisitos de acceso a la universidad en sus sistemas educativos de origen.

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51. ¿Cómo, en qué plazos y dónde se ha de solicitar para poder participar en este prueba?
Los plazos así como el lugar los determina la UNED 

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52. ¿Dónde se realiza la prueba específica de la PAU?
Los lugares donde se realiza la prueba así como las fechas las podrá consultar en la UNED

53. ¿De cuales asignaturas puede examinarse el estudiante para mejorar la nota de la credencial?
El estudiante se puede examinar de cualquiera de las materias de modalidad de las establecidas para el segundo curso de bachillerato en el artículo 8 de la Orden ESD/1729/2008, de 11 de junio (véase Anexo II)

54. ¿En qué consiste los ejercicios?
Los ejercicios de cada una de las materias elegidas por el estudiante consistirán en la respuesta por escrito a una serie de cuestiones adecuadas al tipo de conocimientos y capacidades que deban ser evaluados, cuyo formato de respuesta deberá garantizar la aplicación de los criterios objetivos de evaluación previamente aprobados. 

55. ¿Qué duración tienen?
La duración de cada uno de los ejercicios será de una hora y media. Se establecerá un intervalo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente. 

56. ¿Dónde se puede obtener los objetivos, orientaciones específicas, programa, criterios de corrección, exámenes de otras convocatorias…etc., de las materias de modalidad?
Se pueden obtener en las Guías de las Materias.

57. ¿Cómo se distribuyen los ejercicios de la prueba?
La distribución la podrá conocer para la próxima convocatoria a través de la UNED

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58. ¿Cómo es el sistema de calificaciones?
La nota de admisión se calculará a partir de la calificación de su credencial, incorporando las calificaciones de las materias de la fase específica en el caso de que dichas materias estén adscritas a la rama de conocimiento del título al que quiera ser admitido, de acuerdo con el Anexo I del Real Decreto 1892/2008.

59. ¿Cuál sería la fórmula de cálculo?
Nota de admisión = Calificación de credencial + a*M1 + b* M2

60. ¿Qué significa M1 y M2?
Son las dos mejores calificaciones de las materias superadas en la fase específica.

61. ¿Qué significa A, B?
A y b son los  parámetros de ponderación de las materias de la fase específica

62. ¿Qué valor tiene el parámetro de ponderación (a o b) de las materias de la fase específica?
El valor es igual a 0,1.

63. ¿Pueden las universidades elevar dicho parámetro hasta 0,2?

64. ¿Cuándo pueden elevar las universidades dicho parámetro hasta 0,2?
Las universidades podrán elevar dicho parámetro hasta 0,2 en aquellas materias que consideren más idóneas para seguir con éxito dichas enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

65. ¿Cuándo publican las universidades los parámetros de ponderación?
Las universidades deberán hacer públicos los valores de dichos parámetros para las materias seleccionadas al inicio del curso correspondiente a la prueba.

66. ¿Qué valores otorgan las universidades andaluzas para el ingreso en el curso académico 2013-2014 y posteriores?
La relación de los parámetros de ponderación, de las materias de modalidad del bachillerato en relación con las enseñanzas universitarias, que serán de aplicación para la admisión al curso 2013-2014 y posteriores se puede consultar en la página Web del Distrito Único Andaluz

67. ¿Dónde puede el estudiante conocer el resultado de la prueba?
El estudiante podrá conocer el resultado de la prueba a través de la UNED

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68. ¿Puede un estudiante presentar una queja en el caso de estar disconforme con la calificación otorgada tras la primera corrección?

69. ¿Qué sistema o fórmula debe emplear el estudiante para presentar una queja?
Cada estudiante podrá, sobre la calificación otorgada tras la primera corrección, elegir entre dos opciones:

  1. Presentar  una solicitud de una SEGUNDA CORRECCIÓN ante la presidencia del tribunal calificador de los ejercicios en los que considere incorrecta la aplicación de los criterios generales de evaluación y específicos de corrección y calificación de cada materia o

  2. Presentar una solicitud de RECLAMACIÓN ante la comisión organizadora, en cuyo caso quedará excluida la posibilidad de solicitar la segunda corrección.

70. ¿Hay algún modelo de solicitud específico?
Sí, hay un modelo para la segunda corrección y otro para la reclamación

71. ¿Qué plazo dispone el estudiante para presentar la solicitud de queja?
El plazo de presentación de estas solicitudes será de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación de las calificaciones.

72. ¿Qué tratamiento recibe la solicitud de Reclamación?
Los ejercicios sobre los que se haya presentado la solicitud de reclamación serán revisados con el objeto de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas y lo han sido con una correcta aplicación de los criterios generales de evaluación y específicos de corrección, así como la comprobación de que no existen errores materiales en el proceso del cálculo de la calificación final.

73. ¿Qué tratamiento recibe la solicitud de segunda corrección?
Los ejercicios sobre los que se haya presentado la solicitud de segunda corrección serán corregidos por un profesor especialista distinto al que realizó la primera corrección.

74. ¿Qué calificación se obtiene una vez corregido?
La calificación será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en las dos correcciones. En el supuesto de que existiera una diferencia de dos o más puntos entre las dos calificaciones, un tribunal distinto efectuará, de oficio, una tercera corrección. La calificación final sería la media aritmética de las tres calificaciones.

75. ¿Se puede presentar reclamación ante la Comisión Organizadora sobre la calificación otorgada tras el proceso de doble corrección?
Sí, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir de la fecha en que se haga pública la calificación sobre la que se vaya a formular la reclamación. 

76. ¿Qué acuerdo adoptará, finalmente, la Comisión Organizadora de la prueba?
Adoptará las resoluciones que establezcan formalmente las calificaciones definitivas de los ejercicios cuya corrección hubiera sido recurrida, sea por un sistema u otro, y las notificará a los reclamantes.

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77. ¿Puede un estudiante procedente de sistemas educativos de estados miembros de la Unión Europea o los de otros estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, que esté en posesión de un título o diploma que acredite la finalización de enseñanzas que permitan en su sistema educativo de origen el acceso a la universidad y que se correspondan con las españolas de formación profesional, artes plásticas y diseño o deportivas, acceder a la universidad española?
Pueden acceder previa verificación del cumplimiento de sus requisitos de acceso por el Ministerio de Educación español

78. ¿Dónde presentan estos estudiantes la solicitud para la verificación de los requisitos?
Lo presentan en la UNED

79. ¿Qué hace la UNED con la solicitud y el resto de documentos?
Remitir al Ministerio de Educación español para que éste emita el correspondiente informe que tendrá carácter preceptivo y determinante.

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80. ¿Es necesaria afrontar alguna prueba al igual hacen los alumnos españoles en la Prueba de Selectividad?
No es necesario, si bien es recomendable.

81. ¿Qué tipo de prueba?
La prueba que sería recomendable es la que corresponde a la Fase Específica de la  Prueba de Acceso a la Universidad que afronta el alumno español.

82. ¿Por qué es recomendable participar en la fase específica de la PAU?
Es recomendable participar en la fase específica de la PAU con el fin de mejorar la nota obtenida en el informe.

83. ¿Cuándo es recomendable?
Es recomendable siempre que se quiera acceder a aquellos Grados donde el número de solicitantes sea superior al número de las plazas ofertadas.

84. ¿Las universidades limitan el número de plazas para acceder a las distintas titulaciones?
Sí. Cada curso académico limita el acceso con un número de plazas.

85. ¿En qué Grados suele ocurrir que hay más competencia para su acceso?
Generalmente en los Grados del Área de Ciencias de la Salud aunque también hay excepciones para otros Grados de las demás áreas de conocimiento.

86. ¿Cómo se puede conocer el nivel de dificultad que presenta el acceso a un Grado?
Podemos conocer la dificultad para el acceso a los Grados tomando como referencia la nota de corte que se ha producido en el último curso académico.

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87. ¿Qué debe hacer un alumno, que desee acceder a la universidad, una vez que ha obtenido su nota definitiva?
La mayoría de las Universidades españolas exigen a los alumnos que van a iniciar estudios universitarios que realicen la preinscripción ó solicitud de plaza en sus Facultades.

88. A efectos de ingreso en los Centros universitarios de Andalucía ¿Quién integra el Distrito Único Andaluz?
Lo forman todas las Universidades públicas andaluzas con la Comisión del Distrito Único Andaluz (DUA)

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89. ¿Qué plazo dispone el alumno para solicitar plaza en las Facultades Andaluzas?
El calendario lo fija cada año el Distrito Único Andaluz existiendo unas fechas para la convocatoria de junio (ordinaria) y otras para la convocatoria de septiembre (extraordinaria).

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90. ¿Cómo solicita el alumno, procedente de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea  o los de otros estados con los que España haya suscrito Acuerdos Internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad,  plaza para acceder a los estudios de Grado que ofertan las universidades andaluzas?
Presentando online la correspondiente solicitud de preinscripción a través de la página web del DUA

91. ¿Qué debe el alumno indicar en la solicitud?
Además de los datos personales y académicos el alumno deberá indicar por orden de preferencia los estudios de Grado a los que pretende acceder.

92. ¿Qué oferta de Grados hay en Andalucía?
La oferta se recoge en el Catálogo de Grados que hace público la Junta de Andalucía.

93. ¿Tiene el alumno que aportar documentos una vez rellenada y grabada la solicitud online?
El  alumno deberá aportar la documentación que le indique el sistema informático una vez grabada la solicitud.

94. ¿Qué tipo de documentos son los que se suele requerir al alumno de la Unión Europea?:

  1. Original y fotocopia, para su cotejo, del DNI, o el Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o en su defecto el pasaporte.
  2. Original y fotocopia, para su cotejo, de la credencial correspondiente que le habilita para el acceso a la Universidad en España.
  3. En su caso, certificación de haber superado materias de la fase específica de la Prueba de Acceso a la Universidad, con indicación expresa de la calificación y convocatoria de superación de cada materia.

95. ¿Dónde deberá entregar dicha documentación?
En cada universidad andaluza existirá una oficina de admisión para la recogida de la documentación que el sistema informático le indique al alumno.

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96. ¿Cómo es el procedimiento de admisión?
El procedimiento de admisión se puede conocer en la página del DUA

97. ¿Qué ocurre, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes?
Una vez finalizado el plazo, las solicitudes son tratadas, de acuerdo con la normativa, y siguiendo el calendario de admisión se publicarán tres listados de admitidos.

98. ¿Qué se debe hacer en cada plazo, según el orden de preferencia, tras la publicación de la lista de admitidos?
El procedimiento a seguir se puede conocer en la página del DUA

99. ¿Qué debe hacer el alumno una vez sea admitido en el Grado de su mayor preferencia?
Debe formalizar su matrícula, dentro del calendario establecido en la universidad donde se encuentre el Centro que imparta los estudios de Grado en el que el alumno ha sido admitido.

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100 ¿Qué documentos tiene que presentar el alumno para la formalización de la matrícula?
El alumno debe presentar junto a los documentos que le indiquen en la Universidad donde haya sido admitido, el resguardo de haber presentado su solicitud de Beca (siempre que cumpla con los requisitos para ser beneficiario de estas ayudas) y el resguardo del  traslado del expediente académico

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101. ¿Dónde puede encontrar información sobre los procesos de admisión en otras universidades españolas?
La información la puede encontrar en la O.I.E. de esta universidad.

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102. ¿Dónde se puede encontrar alojamiento en la Universidad de Córdoba?
Se puede encontrar en el Servicio de Alojamiento o en la Oficina de Información al Estudiante (O.I.E).

103. ¿Qué ofrece el Servicio de Alojamiento de la UCO?
El Servicio de Alojamiento de la Universidad de Córdoba, está constituido por Centros Universitarios que proporcionan residencia a los miembros de la Comunidad Universitaria y fomentan su formación humana, cultural y científica.

104. ¿Qué Centros foman parte del Servicio de Alojamiento de la UCO?

  • Colegio Mayor Universitario "Nuestra Señora de la Asunción"
  • Residencia Universitaria de Belmez.
  • Residencia Universitaria Lucano.
  • Apartamentos Universitarios y Habitaciones de Protocolo.

105. ¿Qué información facilita la OIE en relación al alojamiento?                                                 
La Oficina de Información al Estudiante tiene como principal objetivo facilitar la búsqueda de alojamiento a los estudiantes que vienen a nuestra Universidad para completar su formación académica, tanto en los Campus de la ciudad de Córdoba como en el de Belmez.

106. ¿Qué tipo de ofertas de alojamiento privado se recogen en la O.I.E.?
Las ofertas de alojamiento privado recogidas en la base de datos se clasifican en cuatro ámbitos:

  • Ofertas de pisos para alquilar.
  • Ofertas de habitaciones libres de pisos compartidos por estudiantes.
  • Ofertas de alojamiento en régimen de pensión completa (con o sin convivencia con quien oferta esta modalidad).

107. ¿Dónde se puede obtener información de los Cursos de Español como Lengua Extranjera?
Se puede obtener  en el Centro de Ucoidiomas de la Universidad de Córdoba.

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108. ¿Dónde se puede dirigir un alumno para obtener información de la Universidad de Córdoba?
Se pueden dirigir a la Oficina de Información al Estudiante.

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 Legislación vigente

  1. REAL DECRETO 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (B.O.E. núm. 283 de 24/11/2008)

 

  1. Corrección de errores del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (B.O.E. núm. 75 de 28/03/2009)
  1. Corrección de errores del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (B.O.E. núm. 175 de 21/07/2009)

 

  1. Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (B.O.E. núm. 135 de 4/06/2009)

  1. Orden EDU/473/2010, de 26 de febrero, por la que se establece el procedimiento de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, para los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros con estudios homologables al título de Bachiller español. (B.O.E. núm. 54 de 3/03/2010)

 

  1. Orden EDU/1161/2010, de 4 de mayo, por la que se establece el procedimiento para el acceso a la Universidad española por parte de los estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.   (B.O.E. núm. 111 de  7/05/2010)
  1. Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.         (B.O.E. núm. 113 de  8/05/2010)

 

  1. Resolución de 6 de julio de 2010, de la Secretaría General de Universidades, por la que se modifican los Anexos I y IV de la Orden EDU/1161/2010, de 4 de mayo, por la que se establece el procedimiento para el acceso a la Universidad española por parte de los estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (B.O.E. núm. 167 de 10/07/2010)

  2. Orden EDU/3242/2010, de 9 de diciembre, por la que se determina el contenido de la fase específica de la prueba de acceso a la universidad que podrán realizar quienes estén en posesión de un título de técnico superior de formación profesional, de técnico superior de artes plásticas y diseño o de técnico deportivo superior y equivalentes. (B.O.E. núm. 306 de 17/12/2010)

 

4 de enero de 2011

 

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