Acceso a Grados:
Fechas de preinscripción para el curso 2013/2014 consulte aqui
Si vas a presentar Preinscripción para el próximo curso, debes saber lo siguiente:
Normativa:
Resolución de 21 de febrero de 2013, de la Dirección General de universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 6 de febrero de 2013, de la comisión del Distrito Único universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso, en el curso 2013-2014, en los estudios universitarios de grado.
Capítulo I
Artículo 1. Ámbito de aplicación:
Esta normativa será de aplicación a quienes deseen iniciar estudios universitarios en cualquiera de las titulaciones de Grado que se imparten en alguna universidad Pública de Andalucía. No obstante, quienes deseen continuar sus estudios en una universidad distinta de aquella en la que los hubiesen comenzado podrán además, solicitar directamente al Rector correspondiente la admisión a los estudios de que se trate, quien resolverá con los criterios que establezca la normativa de esa universidad.
Todo ello, sin perjuicio de las normas propias de cada universidad en relación con los procesos de matriculación o los requisitos que exija el correspondiente plan de estudios.
Artículo 2. Requisitos de las personas solicitantes:
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Las personas a que se refiere el artículo anterior deberán solicitar preinscripción y encontrarse en alguna de las circunstancias siguientes:
1. Haber superado la Prueba de Acceso a la universidad.
2. Haber superado el curso de orientación universitaria (cou) con anterioridad al curso académico 1974/75, el curso Preuniversitario y las Pruebas de Madurez, o el Bachillerato de planes anteriores a 1953.
3. Estar en posesión del título de Técnico superior de Formación Profesional, Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño, o Técnico Deportivo superior, o equivalentes.
4. Estar en posesión de un título universitario o equivalente que habilite para el acceso a la universidad.
5. Haber superado la Prueba de Acceso a la universidad para mayores de 25 años.
6. Estar en posesión de documentación expedida por una universidad Andaluza que acredite el Acceso a la universidad para Mayores de 40 años con experiencia laboral o profesional. Estas personas únicamente tendrán acceso a las titulaciones que se relacionen con la familia profesional en las que, en su conjunto, obtengan al menos, 5 puntos y hayan superado la fase de entrevista.
7. Haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 45 años en una Universidad de Andalucía.
8. Estudiantes que han cursado planes de estudios de países extranjeros que estén en posesión de documentación acreditativa expedida por organismo o institución española que les habilite para el acceso a la Universidad en España.
9. Cumplir otros requisitos académicos exigidos para el Acceso a la Universidad distinto a los anteriores. En este caso la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía determinará las condiciones en la que participarán las personas interesadas en el proceso de preinscripción para aquellos centros y titulaciones donde la demanda de plaza sea mayor que la oferta.
En caso de que la persona solicitante se encuentre en más de una de las circunstancias anteriores, podrá indicarlo.
Capítulo II. Solicitud y documentación
Artículo 3. Presentación de solicitudes:
Para realizar la preinscripción en cualquier titulación y centro de las Universidades Públicas de Andalucía, será necesario cumplimentar la correspondiente solicitud que estará disponible en el punto de acceso electrónico: http://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacioncienciayempleo/.
Una vez cumplimentada y grabada la solicitud, el sistema informático facilitará una copia de la misma como justificación de la presentación. Además, el sistema facilitará una contraseña que será necesaria para acceder a los datos del expediente de la persona solicitante y, en su caso, también para la automatrícula en aquellas universidades que así lo tengan establecido.
La solicitud será única y contemplará por orden de preferencia todas las peticiones de las titulaciones que la persona interesada desee formular. Durante el plazo de presentación de solicitudes se podrá hacer desistimiento de una solicitud ya presentada y presentar una nueva. Todo ello a través del punto de acceso electrónico citado en el párrafo anterior.
Cada Universidad establecerá oportunamente las unidades administrativas para la recogida de la documentación que el sistema informático indique o se deba entregar según la normativa
Oficinas de Admisión:
Universidad de Almería.
- Área de Atención integral al Estudiante (ARATiES).
Edificio Central.
Ctra. de Sacramento, s/n.
La Cañada de San Urbano, 04120, Almería.
Universidad de Cádiz.
- Edificio «Andrés Segovia». Vicerrectorado de Alumnos.
C/ Doctor Marañón, 3, 11002, Cádiz.
Escuela Politécnica Superior de Algeciras.
Avda. Ramón Puyol, s/n, 11202, Algeciras.
- Campus de la Asunción. Edificio Servicios Comunes. Planta baja.
Avda. de la Universidad, s/n, 11402, Jerez.
Universidad de Córdoba.
Servicio de Gestión Académica.
Avda. Menéndez Pidal, s/n (Recinto Colegios Mayores Universitarios), 14005, Córdoba.
Universidad de Granada.
- Servicio de Alumnos.
Complejo Administrativo Triunfo.
Cuesta del Hospicio, s/n, 18071, Granada.
- Facultad de Educación y Humanidades.
C/ El Greco, 10, 51071, Ceuta.
- Campus Universitario.
C/ Alfonso Xiii, s/n, 52071, Melilla.
Universidad de Huelva.
- Servicio de Gestión Académica.
C/ Cantero Cuadrado, 6, planta baja, 21071, Huelva.
Universidad de Jaén.
- Sección de Acceso.
Edificio Coello de Portugal y Quesada. Planta Baja.
Campus Las Lagunillas, s/n, 23071, Jaén.
- Escuela Politécnica Superior de Linares.
C/ Alfonso X el Sabio, 28, 23700, Linares.
Universidad de Málaga.
- Facultad de Derecho.
Campus de Teatinos, s/n, 29071, Málaga.
Universidad Pablo de olavide.
- Área de Estudiantes.
Ctra. de Utrera, km 1, 41013, Sevilla.
Universidad de Sevilla.
- Área de Alumnos-Servicio de Acceso.
«Pabellón de Brasil». Paseo de las Delicias, s/n, 41013, Sevilla.
Documentación:
Artículo 4
No será necesario aportar la documentación que de forma electrónica pueda ser obtenida por la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía. Para ello, el sistema informático indicará al solicitante en el momento de formalización de la solicitud, según su situación personal, la necesidad de aportación de algún documento. En este caso, deberá entregarla personalmente o remitirla por correo certificado antes de la finalización del plazo de preinscripción a una única universidad que, en su caso, dará traslado oportuno a donde corresponda
En caso de ser necesario, según su situación personal, la documentación a aportar será la que a continuación se indica:
1. Solicitantes que hayan superado la Prueba de Acceso a la Universidad.
- Original y fotocopia, para su cotejo, de documento acreditativo de haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad. En su caso, con indicación expresa de, al menos, la calificación y convocatoria de las materias de modalidad, superadas en la fase específica.
2. Solicitantes que hayan superado la Prueba de Acceso en la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
- Original y fotocopia, para su cotejo, del documento acreditativo de haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad. En su caso, con indicación expresa de, al menos, la calificación y convocatoria de las materias de modalidad, superadas en la fase específica.
En el caso de que la Prueba haya sido realizada con regulación distinta a la establecida en el Real Decreto 1892/2008 de 14 de noviembre, la persona solicitante deberá aportar, a los únicos efectos de resolver la solicitud de preinscripción, expresamente lo siguiente:
a) Todas las materias objeto de examen, a fin de conocer la vía o vías por la que han superado la Prueba de Acceso a la Universidad.
b) Las calificaciones correspondientes a los estudios preuniversitarios y las calificaciones de la Prueba, al objeto de calcular, en su caso, la puntuación a utilizar.
En el caso de estudiantes que, teniendo que aportar lo indicado en los apartados a) y b) anteriores no lo hagan, únicamente podrán obtener plaza si al final del proceso aún quedan vacantes en las titulaciones y centros de su elección.
3. Solicitantes que hayan superado el Curso de Orientación Universitaria (COU) con anterioridad al curso académico 1974-75, el curso Preuniversitario y las Pruebas de Madurez o el Bachillerato de planes anteriores a 1953.
- Original y fotocopia de las páginas correspondientes, para su cotejo, del Libro de Calificación Escolar donde conste, según corresponda, la superación del Bachillerato y el Curso de Orientación Universitaria o la superación del Curso Preuniversitario y de las Pruebas de Madurez, o la superación del Bachillerato de planes anteriores a 1953, con indicación expresa de la calificación de cada una de las materias superadas.
4. Solicitantes que están en posesión del título de técnico superior de formación profesional, técnico superior de artes plásticas y diseño, o técnico deportivo superior, o equivalente.
- original y fotocopia, para su cotejo de certificación oficial del centro en la que conste la nota media final y la totalidad de los módulos superados o equivalentes, con indicación expresa de la calificación y convocatoria de superación de cada uno.
- original y fotocopia, para su cotejo, del título obtenido o del resguardo de haber abonado los derechos de expedición del título.
- En su caso, original y fotocopia, para su cotejo, del documento acreditativo de haber superado la fase específica de la Prueba de Acceso a la universidad, con indicación expresa de la convocatoria y curso de presentación. Este documento únicamente será considerado si la citada convocatoria y curso es igual o posterior a la de título obtenido, o se ha obtenido con anterioridad otro título de técnico o se ha superado la fase general prevista en el bachillerato.
5. solicitantes que estén en posesión de un título universitario o equivalente que le habilite para el Acceso a la universidad.
- original y fotocopia, para su cotejo, del título universitario o equivalente obtenido, o del resguardo de haber abonado los derechos de expedición del título.
- certificación académica de estudios, según la siguientes situaciones:
a) Las personas tituladas procedentes de centros ubicados en Andalucía, ceuta o Melilla: certificación del Expediente Académico donde conste la media del Expediente Académico calculada conforme a lo establecido en el artículo 10, apartado segundo, del presente Acuerdo. No obstante, estarán exentas de este requisito las personas tituladas de las que las universidades andaluzas puedan suministrar electrónicamente el citado certificado a las bases de datos del Distrito Único. Para ello, el sistema informático preverá la funcionalidad correspondiente que permita avisar, en su caso, a la persona interesada que deba aportar el certificado en formato papel como consecuencia de no poder ser trasmitido electrónicamente entre la universidad de que se trate y el Distrito Único.
b) Personas tituladas procedentes de universidades no Andaluzas con la que no exista acuerdo de tramitación electrónica de la universidad con la comisión del Distrito Único universitario de Andalucía: certificación del Expediente Académico donde conste la totalidad de las calificaciones obtenidas en la correspondiente titulación y, en su caso, los créditos necesarios para la superación del título y lo superados por la persona solicitante, con indicación del carácter de las asignaturas -troncal, obligatoria, optativa o libre configuración-. En el caso de que exista acuerdo de tramitación serán atendidos como en el caso a) anterior.
6. solicitantes que hayan superado la prueba de acceso para mayores de 25 años.
- original y fotocopia, para su cotejo, del certificado de haber superado la prueba de acceso para mayores de veinticinco años de edad, en donde conste expresamente la opción por la que ha superado la Prueba, así como la universidad de superación.
Quienes no aporten un certificado con expresión de la opción anteriormente citada, únicamente obtendrán plaza si al final del proceso aún quedan vacantes en las titulaciones y centros de su elección.
7. solicitantes que acreditan el Acceso a la universidad para Mayores de 40 años con experiencia laboral o profesional.
- original y fotocopia, para su cotejo, de la credencial correspondiente, en la que conste expresamente la puntuación obtenida en las respectivas familias profesionales.
8. solicitantes que hayan superado la Prueba de Acceso para Mayores de 45 años.
- original y fotocopia, para su cotejo, de la credencial correspondiente que le habilita para el Acceso a la universidad.
9. solicitantes que han cursado planes de estudios de países extranjeros y les sea de aplicación el artículo 38.5 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- original y fotocopia, para su cotejo, de la credencial correspondiente que le habilita para el acceso a la universidad en España.
- En su caso, certificación de haber superado materias de la fase específica de la Prueba de Acceso a la universidad contemplada en el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, con indicación expresa de la calificación y convocatoria de superación de cada materia.
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10. Quienes reuniendo requisitos académicos para el acceso a los estudios universitarios no se encuentren en alguna de las circunstancias anteriores, deberán aportar:
- original o fotocopia de aquellos documentos que le acrediten reunir los requisitos para el acceso a los estudios universitarios que deseen cursar.
Solicitantes con Discapacidad, Deportistas de Alto Nivel o de Alto Rendimiento.
Artículo 5.
5.1 solicitantes con discapacidad.
Las personas solicitantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por cien, así como para aquellas con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstanciaspersonales de discapacidad, que durante su escolarización anterior hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa, deberán adjuntar, además de la documentación académica correspondiente, según el caso, los siguientes documentos:
- Certificado acreditativo expedido por la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía u organismo competente en otras comunidades autónomas. En el caso de que la discapacidad tenga la consideración de revisable, el certificado deberá tener una antigüedad máxima de dos años, a la finalización del respectivo plazo de solicitudes de preinscripción.
No tendrán que presentar documentación alguna en formato papel las personas cuyo certificado haya sido expedido por la Junta de Andalucía, atendiendo, de un lado, a lo recogido en el Convenio de Colaboración de 12 de septiembre de 2011 (BOJA de 20 de octubre de 2011), entre las Consejerías de Hacienda y Administración Pública, de Economía, innovación y Ciencia y para la igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, y las Universidades Públicas Andaluzas, para la prestación del servicio de acceso a datos de familia numerosa y de personas con discapacidad a las Universidades Públicas Andaluzas, y de otro, a lo establecido en el artículo 16.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Para acceder a la información de discapacidad se les requerirá a las personas interesadas que faciliten al sistema informático el número de DNi, el número de expediente y la provincia en la que le ha sido otorgada la correspondiente resolución.
Con la aportación de esos datos que son de conocimiento mutuo, se entenderá que la persona interesada está firmando electrónicamente el consentimiento para la comprobación electrónica de los datos de discapacidad y como consecuencia, en su caso, la persona interesada no tendrá que presentar documentación alguna en formato papel.
- Certificado del instituto Nacional de la Seguridad Social en el que se indique el reconocimiento de incapacidad permanente en grado total, absoluta o gran invalidez.
- Certificado del Ministerio de Hacienda y Administración Pública o del Ministerio de Defensa de pertenecer a clases pasivas con reconocimiento de pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
5.2 Solicitantes que tengan reconocida la condición de Deportista de Alto Nivel o Alto Rendimiento.
Quienes, a efectos de Acceso a la Universidad, tengan reconocida la condición de Deportista de Alto Nivel por el Consejo Superior de Deportes, o la condición de Deportista de Alto Rendimiento por el Consejo Superior de Deportes o una comunidad autónoma, deberán acreditarlo mediante el oportuno documento oficial justificativo de tal condición.
Procedimiento tras la publicación de las listas consulta aquí (es importante su lectura)
Desde esta página podrás acceder a consultar tu adjudicación y realizar tu reserva de plaza. para ello has de tener a mano la clave que se te facilitó al realizar la preinscripción.
Si has sido admitido en la Universidad de Córdoba, puedes acceder desde el apartado Matrícula 13-14 para realizar tu matrícula online.
Si has realizado la Prueba de Acceso en la UCO y has sido admitdo fuera de Andalucía visita este enlace para el traslado de expediente.
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