CRITERIOS DE ACREDITACIÓN A CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS: IRRACIONALES
Nos parece necesario informaros previamente del final de la reunión, donde el Secretario General de Universidades nos dio explicaciones sobre una carta que como Presidente de la Comisión de Reclamaciones de Acreditación Nacional envió el 4 de febrero de 2019 a ANECA. En dicha carta, José Manuel Pingarrón argumenta que “considera que parecería razonable que aquellos profesores que soliciten la acreditación para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad y que posean al menos 3 sexenios de investigación en principio no deberían ser calificados con una C o D en el campo de la Investigación”. Para el caso de los TU el documento argumenta que “para el acceso al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, un razonamiento análogo debería establecerse para aquellos profesores que posean al menos 2 sexenios de investigación”.
Nos congratulamos de esta iniciativa por parte del Ministerio, y esperemos que los evaluadores tengan en consideración la recomendación que les hacen. Estaremos al tanto de su evolución.
En lo que respecta a los debates sobre el texto del futuro EPDI, seguimos manteniendo que hubiera sido más fácil continuar la labor que hicieron nuestros compañeros anteriores y que dio lugar al borrador del año 2011 y que ya estaba bastante consensuado con los Sindicatos. Par nosotros se desdibuja el leitmotiv de lo que se considera un EPDI, ya que lo que se intenta hacer más bien es un cambio de la LOMLOU por la vía de la promulgación de un Real Decreto
Respecto al segundo documento base que nos remitió el Ministerio con su propuesta, y que básicamente, sólo recoge las propuestas de la CRUE, la UGT, exige unos mínimos para apoyar el texto del EPDI:
- Debe respetarse la LOMLOU en la proporción entre PDI Funcionario y Laboral, por lo que una carrera laboral paralela debe ser estudiada minuciosamente para poder garantizar la autonomía de la Universidad. Es necesario establecer mecanismos de promoción de Contratado Doctor a TU por méritos, similares a los que recoge la Ley de la Ciencia para el paso de investigador laboral a investigador titular.
- Reclamamos la integración en el cuerpo de CU de los TU con plaza en propiedad y acreditados como catedráticos, del mismo modo que se integran en el cuerpo de TU los TEU con plaza en propiedad acreditados a TU.
- Al mismo tiempo, hay que buscar la fórmula para el rejuvenecimiento de las plantillas. Además, no existe ni una sola medida en esta propuesta para la equiparación de derechos entre mujeres y hombres. El futuro EPDI no contiene ni una sola medida para romper el techo de cristal que sufren nuestras científicas
- Tenemos que desarrollar el articulado para se pueda dar estabilidad a las figuras laborales de modo que se pueda dar continuidad a los proyectos de investigación.
- Respecto a la carga docente, consideramos que la derogación del RD 14/2012 sería el inicio para que los profesores pudieran compaginar la docencia con la investigación. Debe ser un tema flexible abierto a la negociación colectiva.
- La norma debe ser clara respecto a la regulación de las figuras temporales, cuya configuración “alega” ha dado lugar a contratos precarios e inestables que en nada favorecen la finalidad de la Universidad. Hay que aplicar el Acuerdo Administración-Sindicatos para estabilización de los profesores interinos.
- Muy importante es que se consoliden los incrementos retributivos del PDI. En el complemento de destino y aplicar los siguientes niveles: Catedráticos, nivel 30, Titulares, nivel 29. Respecto del complemento específico equiparar este con otros cuerpos de la Administración General del Estado.