Resolución de la presidencia de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) por la que se amplía el plazo para la evaluación de los sexenios de transferencia del conocimiento.

En la Resolución de 28 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, se fija el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora a la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (BOE 289, de 30 de noviembre). En la Resolución de 14 de noviembre de 2018, la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora publica los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación (BOE 285, de 26 de noviembre).

En la convocatoria se introduce el Campo de Transferencia del Conocimiento e Innovación, habilitándose una evaluación de la actividad de transferencia del conocimiento e innovación para el profesorado universitario e investigadores que sustituye al Campo 0 creado por la Resolución de 23 de noviembre de 2010. El periodo sometido a evaluación para esta primera convocatoria es de 6 años.

Por resolución de fecha 20 de febrero de 2019, la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación suspendió el plazo máximo para resolver las solicitudes de evaluación de tramos de transferencia del conocimiento, por un tiempo no superior a los tres meses. En esta resolución se indicó que el sentido del silencio administrativo tenía carácter negativo al efecto de interponer el correspondiente recurso de alzada en vía administrativa. Lo dicho, sin perjuicio de la obligación que tiene la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora de resolver el procedimiento administrativo.

El artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala que:

“1. Excepcionalmente, cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles a los que se refiere el apartado 5 del artículo 21, el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser éste superior al establecido para la tramitación del procedimiento.
2. Contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá recurso alguno.”

En este sentido, atendiendo al número de solicitudes presentadas, las cuales superan las previsiones iniciales, a la necesidad de subsanar el 40% de las solicitudes, y pese al aumento de medios personales y materiales realizados, no es posible resolver el procedimiento en el plazo establecido para ello.

En consecuencia, la Presidencia de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) acuerda ampliar el plazo máximo de resolución y notificación de los sexenios de transferencia del conocimiento en 6 meses adicionales.

Con carácter informativo, se indica que en el mes de diciembre se notificarán las primeras evaluaciones de sexenios de transferencia de conocimiento, el resto de evaluaciones se notificarán antes de que finalice la ampliación del plazo para resolver este procedimiento administrativo (mes de marzo de 2020).

Asimismo, se señala que la convocatoria para la evaluación del sexenio de transferencia del conocimiento del año 2019 se realizará por la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación una vez haya finalizado la evaluación de la primera convocatoria (año 2018 proyecto-piloto), y se realizará de forma independiente a la convocatoria anual de sexenios de investigación (que tendrá lugar en el próximo mes de diciembre del año 2019).

Contra la presente resolución, que resuelve la ampliación del plazo para resolver y notificar la evaluación de la transferencia del conocimiento, no cabe recurso alguno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

En Madrid, a 8 de octubre de 2019. El Presidente de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, D. José Arnáez Vadillo.

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