FeSP-UGT ANDALUCÍA CONSIDERA QUE EL SEGUNDO BORRADOR DEL ESTATUTO DEL PDI NO MODIFICA SUSTANCIALMENTE AL PRIMERO Y POR TANTO DEBE SER MUY MEJORABLE

Desde FesP-UGT de Andalucía, con los representantes de las Secciones Sindicales de UGT en las Universidades Públicas de Andalucía, hemos analizado el Segundo Borrador del Documento: “Estatuto del PDI”, para el Profesorado Universitario, elaborado por el Ministerio de Universidades y hemos realizado la siguiente valoración:

  1. Reconociendo que existen algunas mejoras, más en las intenciones del preámbulo que en la realidad del articulado; y aceptando que el Ministerio ha reflexionado sobre el procedimiento al revisar la unilateralidad inicial y asumir el mandato legal de la negociación colectiva con las organizaciones sindicales mayoritarias; consideramos que el documento no atiende los aspectos esenciales que afectan hoy al PDI universitario y sigue siendo muy mejorable.
  2. Se continúa obviando el trabajo previo realizado durante casi tres años, en la Mesa de Negociación de Universidades Estatal, que alcanzó un Acuerdo en un documento de Estatuto de PDI en el año 2011.
  3. El documento continúa contextualizándose en una Ley de Universidades obsoleta, que no se basa en un Modelo de Universidad Pública y de Calidad definido. Por el contrario, esa indefinición provoca dudas razonables sobre si la Universidad a la que se aspira no tendrá como referencia los principios liberales que animan a la empresa privada. El empeño de mantener la carrera laboral con procedimientos de inspiración empresarial señalan ese camino.
  4. Se mantiene la doble carrera profesional, laboral y funcionarial, sin conexión entre ellas, obviando la promoción horizontal, recogida en nuestro marco jurídico (EBEP), que debe ser el factor central que las conecte.
  5. Asimismo, continúa sin solucionar el problema de las evaluaciones del PDI, actualmente dispersas, opacas, discrecionales y costosas. Solo existe una declaración genérica de buenas intenciones en el preámbulo, no traducida en medidas concretas en el articulado.
  6. Tampoco soluciona el problema de la temporalidad y, particularmente, el de los Profesores Asociados y Sustitutos Interinos, a pesar, igualmente, de la declaración de intenciones preambular. Consideramos como un mero retoque el aumento de la carga docente y de la duración del contrato.
  7. Respecto a la Negociación Colectiva, que era uno de los temas positivos del Primer Borrador, desaparece completamente en el segundo, particularmente la obligatoriedad de crear Mesas de Negociación en cada Universidad (art. 42).
  8. Reconocemos como aspecto positivo del presente borrador, la inclusión de la propuesta, que realizó UGT, al primer borrador, de derogar el Decreto Wert (RDL 14/2012 de 20 de abril).
  9. No se trata tanto de corregir puntualmente un articulado como el que nos presentan en el Segundo Borrador del Estatuto de PDI, sino de definir el “Modelo de Universidad”, algo que debería abordarse a través de una “Nueva Ley de Universidades”, cuya discusión y debate podría empezarse en este momento.
  10. Por todo ello, nos reiteramos, en lo esencial, en las propuestas que hicimos al primer Borrador de Estatuto del PDI y que recogemos en el siguiente documento elevado a FeSP-UGT a nivel Estatal:

Descargar PROPUESTA FeSP-UGT 2º BORRADOR ESTATUTO PDI de 9 de septiembre de 2020

Descargar comunicado en formato PDF (+)