FETE-UGT Informa: "LOS DÍAS ADICIONALES POR ANTIGÜEDAD (“CANOSOS”) NO PUEDEN SUPRIMIRSE

Los días “CANOSOS” son los días libres adicionales por antigüedad vigentes antes de la aprobación del Real Decreto-ley 20/2012. Están recogidos en el EBEP Ley 7/2007 y los Convenios respectivos, tanto para el personal funcionario como laboral.

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Bilbao ha fallado mediante sentencia firme que estos días libres adicionales por antigüedad de los empleados públicos vigentes antes de la aprobación del Real Decreto-ley 20/2012, no pueden suprimirse.

Sentencia que viene a ratificar aquello que parece no querer admitirse y es que, “el carácter imperativo, de máximos y tasados del nuevo art. 48 del EBEP, supone una perversión de la técnica de la “legislación básica”, que conduce a una sustracción ilícita de la competencia autonómica (y por tanto de la autonomía Universitaria), así como a un vaciamiento del contenido constitucional del derecho a la negociación colectiva”.

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