La electrosensibilidad ya tiene consideración de accidente de trabajo

“Un juez otorga el carácter laboral (accidente de trabajo) a las incapacidades temporales (IT) de un trabajador con Electrohipersensibilidad”.

Recientemente se ha producido una sentencia en el Juzgado de lo Social Número 1 de Zaragoza, donde se ha determinado que la patología de Electrohipersensibildad que padece un trabajador fue originada única y exclusivamente por su actividad laboral y por lo tanto las incapacidades temporales (IT) que ha tenido este trabajador desde 2014 tienen carácter laboral y deben ser consideradas como Accidente de Trabajo. Dicha sentencia ha sido ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Es la primera vez en nuestro país que un juez otorga el carácter laboral (accidente de trabajo) a las incapacidades temporales (ITs) de un trabajador con Electrohipersensibilidad.

Tras solicitar administrativamente el cambio de Enfermedad Común a Accidente de Trabajo de sus Incapacidades Temporales (IT), el INSS resolvió que dichas Incapacidades Temporales debían ser consideras como contingencias comunes.

Se interpuso demanda para solicitar dicho cambio de contingencia a Accidente de Trabajo a través del Juzgado de lo Social citado.

El demandante a partir de 2009 comenzó a desarrollar una respuesta biológica particular ante la exposición a campos electromagnéticos no ionizantes por disfunción límbica, tanto de alta como de baja frecuencia, (wifi, telefonía móvil, wimax, ordenadores, tendidos eléctricos, transformadores eléctricos, etc). En 2014 fue diagnosticado de Electrohipersensibilidad y a partir de entonces cuando se ha producido una Incapacidad Temporal (IT) ha sido dado de baja en el sistema público de salud (SALUD) con el diagnóstico de Electrohipersensibilidad como enfermedad común.

Un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

Es una sentencia relevante ya que pone de manifiesto la importancia de proteger a los trabajadores especialmente sensibles y contribuye a que sea aplicado de forma correcta el artículo 25 de la Ley General de Prevención de Riesgos Laborales.

Según las últimas estimaciones para las sociedades modernas la población electrohipersensibles oscila entre el 3 y el 5%, lo cual eleva a unos 13 millones el número de personas que sufren esta enfermedad en Europa.

El 27 de Mayo de 2011 la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa publicó la Resolución 1815 titulada “Los peligros potenciales de los campos electromagnéticos y sus efectos sobre el medio ambiente”.

Fuente: www.prevencionar.com