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Instituto de Criminología (2006-2012) Simposios, cursos, ciclos… dirigidos Libros de texto y otras publicaciones
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DEPARTAMENTO: Derecho
Civil, Penal y Procesal
UBICACIÓN: Facultad
de Derecho y CC.EE. y Empresariales de la Universidad de Córdoba
PROFESORADO:
Prof. Dr. Herminio
Ramón Padilla Alba (López-Obrero García-Valdecasas) https://www.facebook.com/herminioramon.padillaalba/
https://www.comares.com/libro/manual-de-derecho-penal-parte-general-4a-ed_148531/
Profesor
Permanente Laboral. Grupo 1, nivel 27. Universidad de Córdoba. Premio
Extraordinario de Doctorado en la macroárea de
“Ciencias Sociales y Jurídicas”, correspondiente al curso académico
2000/2001. Complementos
de antigüedad: 8 trienios. Complementos
autonómicos: 4 tramos. Complementos
docentes: 5 quinquenios. Complementos
de productividad: 1 sexenio (puntuación obtenida en el segundo sexenio denegado,
tras recurso: 5.6, sobre un mínimo de 6). Licenciado
en Derecho por la Universidad de Granada (1993) y doctor en Derecho por la
Universidad de Córdoba (2000). Premio
Extraordinario de Doctorado de la Universidad de Córdoba en la macroárea de “Ciencias Sociales y Jurídicas”,
correspondiente al curso académico 2000-2001. Ha ampliado estudios en
universidades extranjeras, entre ellas Italia (Istituto
Giuridico Antonio Cicu,
Bolonia, curso 1996-1997) y Alemania (Institut für Kriminologie und Wirtschaftsstrafrecht,
Friburgo, curso 2001-2002). Becario
F. P. I. de la Universidad de Córdoba entre 1994 y 1998. Desde 1998 ha estado
vinculado a tiempo completo en el Área de Derecho Penal de la Universidad de
Córdoba como Ayudante de Escuela Universitaria (1998-2001), Ayudante
(2001-2006), Profesor Contratado Doctor (2006-2023) y, desde octubre de 2023,
como Profesor Permanente Laboral. Además de impartir clases en la
licenciatura y grado de la Facultad de Derecho y Ciencias Económicas y
Empresariales de la Universidad de Córdoba, ha sido docente en la sección de
Córdoba del Instituto Andaluz Interuniversitario de Criminología, del que fue
secretario entre 2006 y 2012. Ha participado asimismo como docente en
distintos cursos de doctorado y másteres de la Universidad de Córdoba y de la
Universidad Loyola Andalucía, del curso de ingreso en la Policía Local de
Córdoba entre 2002 y 2005, y del Colegio de Abogados de Córdoba entre 2015 y
2018. Además de haber participado como ponente en multitud de foros, ha
dirigido y organizado simposios, jornadas, seminarios y cursos sobre
distintas materias de Derecho Penal. Interesado igualmente por la
Criminalística, sus Ciclos
Formativos en Técnicas de Investigación en la Escena del Crimen (7 ediciones) han tenido un gran éxito entre los
alumnos de la Universidad de Córdoba. Desde 2019 forma parte del Comité de Empresa
del Personal Docente e Investigador (PDI) laboral de la Universidad de
Córdoba, ostentando el cargo de secretario desde 2023. Entre sus logros
individuales más significativos destacan la aplicación en 2022 del EPIPF
(Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en Formación) en la
Universidad de Córdoba y el reconocimiento y correspondiente abono de los
trienios (complemento de antigüedad) a los PIPF y a otros contratos
postdoctorales por parte de las Universidades Andaluzas al estimar el
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en sentencia núm. 246/2022, de 28 de enero,
la demanda, basada íntegramente en sus argumentos y fundamentos jurídicos,
interpuesta por CCOO. Es autor de
diversos manuales, monografías, capítulos de libros y artículos publicados en
revistas de la disciplina sobre temas de Derecho Penal, que abarcan tanto la
Parte General como la Parte Especial, y ponente
de más de 900 resoluciones en asuntos penales y civiles durante su etapa de
magistrado suplente en la Audiencia Provincial de Córdoba entre 2009 y 2015.
Desde 2011 viene colaborando como articulista
invitado (tribuna libre) en el ABC de Córdoba con artículos analíticos y
de opinión sobre casos penales mediáticos. DIRECCIÓN POSTAL Prof. Dr. Herminio Ramón Padilla Alba Facultad de Derecho y CC.EE. y Empresariales Puerta Nueva, s/n 14002
CÓRDOBA (SPAIN) e-mail corporativo TITULACIONES Y GUÍAS DOCENTES: Véanse en el enlace Casos prácticos
ASISTENCIA A CLASE:
La asistencia a clase es
obligatoria para el alumnado. En relación con ello, debe recordarse que la
Universidad de Córdoba es una universidad presencial, teniendo los alumnos
otras alternativas para cursar estudios universitarios sin tener que asistir
a clase. El control de la asistencia se hará en clase teórica pasando listas
y/o nombrando en voz alta a los alumnos en clase. Al objeto de incentivar la
asistencia a clase, la misma será valorada en el examen final tipo test de
las convocatorias
de enero y febrero o
junio
y julio
(en ningún caso para la convocatoria de septiembre u octubre, o
cualquier otra convocatoria extraordinaria que se celebre durante el curso)
de la siguiente forma: en caso de una asistencia mínima del 30%,
la preguntas en blanco restarán un punto; si la asistencia llega a un 60%, las preguntas en
blanco no restarán puntos. En esos 70% y 40% de ausencia
a clase, entran las ausencias que estén justificadas (no hace falta, por
tanto, que alumnado entregue ningún tipo de justificante en caso de faltar
alguna vez). Se recuerda que esta facilidad en la puntuación del examen tipo
test a la hora de su corrección no es un derecho del alumnado,
sino una forma de incentivar su asistencia a clase; si no se viene a clase,
aunque sea por una razón justificada, no se le perjudica en la nota máxima
que puede alcanzar en la asignatura (a excepción de la Matrícula de Honor, si
el alumno tiene correctas las 50 preguntas, su nota será sobresaliente 10).
SISTEMA DE EVALUACIÓN CONTINUA:
El sistema de evaluación continua exige una asistencia mínima del 80%.
Una inasistencia por encima del 20%, aun por una causa sobrevenida
justificada, implicará de forma automática la expulsión del sistema de
evaluación continua. En tal caso y con independencia de lo que se indique en
las guías académicas, no se suspenderá la asignatura,
pudiendo examinarse el alumno también en el examen final tipo test de la
materia correspondiente a la evaluación continua, sin limitación de nota
máxima (a excepción de la Matrícula de Honor, si el alumno tiene correctas
las 50 preguntas, su nota será sobresaliente 10). Para estar dentro del
sistema de evaluación continua no basta solo con asistir a clase.
Tal y como se indica en las respectivas guías académicas, el alumno tendrá
que participar diariamente en clase, contestando de manera correcta las
preguntas teóricas que formule el profesor, así como la resolución correcta
de los casos prácticos que se pongan, sobre el tema que toque explicar esa
semana, o sobre temas anteriores que hayan sido ya explicados. Al finalizar
las clases, los alumnos que, de manera objetiva, hayan
finalizado satisfactoriamente el seguimiento semanal
de la asignatura, tendrán otra facilidad en la corrección del examen tipo
test: las
preguntas incorrectas (a ellas se asimilan las
tachadas, corregidas, enmendadas…) restarán 1 punto y no 2 puntos.
Las preguntas se formularán de forma aleatoria a los alumnos semanalmente,
tanto en clase teórica como práctica, no volviendo a ser preguntado el alumno
hasta que se haya dado de manera completa entre el alumnado la primera
vuelta, y así sucesivamente. Se deberán tener, al menos y sin negativas, cuatro
intervenciones orales positivas en clase, dos en la parte
correspondiente a los ocho primeros temas, y las otras dos en el resto de
materia. Este criterio de las cuatro intervenciones orales positivas podrá
ser flexibilizado a dos (una en la parte correspondiente a los ocho primeros
temas, y la otra en el resto de materia, siempre sin negativas)
en función del número de alumnos apuntados al 80%.
En el caso de que algún alumno tenga tres intervenciones consecutivas negativas, en
las que se computarán las preguntas formuladas por el profesor y no
contestadas por ningún alumno, será expulsado de forma automática del sistema
de evaluación continua. En el caso de tener intervenciones
orales negativas no consecutivas, deberá tener proporcionalmente,
al menos y en función de lo dicho anteriormente (cuatro o dos intervenciones
orales positivas), más intervenciones positivas que negativas (por ejemplo,
si se exigen cuatro positivas y tiene cuatro negativas, deberán tener ocho positivas;
o seis positivas, en caso de exigirse sólo dos y tener cuatro negativas). El sistema de
evaluación continua de estas asignaturas (Penal I,
Penal II y Penal III) será válido para todas las convocatorias
oficiales del curso.
EXAMEN FINAL: El
examen final consistirá en un tipo
test de cincuenta (50) preguntas. Habrá cuatro
alternativas por respuesta. Las respuestas correctas
sumarán 2
puntos; las que se dejen en blanco, y las incorrectas
(a ellas se asimilan las tachadas, corregidas, enmendadas…),
restarán 2
puntos. No se permite, por tanto, corregir,
tachar, borrar, enmendar... las respuestas (ponga un
punto al lado de cada respuesta, que podrá tachar cuantas veces desee, y,
cuando esté seguro, rodee con un círculo). Número máximo de preguntas
incorrectas (fallos) que pueden tenerse: 12 (correctas: 38).
Sólo podrá utilizarse bolígrafo azul o negro con tinta no borrable. Tiempo
del examen: se dará 1 minuto para cada pregunta (50 minutos en
total). En caso de resultar necesario (más de un 10% del alumnado
que se presente al examen sin haberlo finalizado), se añadirá hasta un máximo
de tres tandas de 5 minutos cada una.
Resulta oportuno recordar que,
conforme a las tantas veces citadas guías académicas, tanto unos
alumnos (con evaluación continua) como otros (sin evaluación continua) deben
alcanzar la nota mínima en cada una de las partes que conforman la valoración
global de la asignatura. Por ejemplo: en Penal I
actualmente está establecida en la guía académica en un 4 para el escenario A
o B por razón de Covid19, por lo que debe alcanzarse al menos un 1.6 en las
20 primeras preguntas, y un 2.4 en las preguntas 31 a 50, lo que no bastará
para aprobar al no haberse alcanzado una nota igual o superior a 5; en
situación de normalidad, por el contrario, la nota mínima en cada parte
conforme a la ponderación existente en las distintas guías académicas es de
un 5, esto es, un 2 en las primeras veinte preguntas, y un 3 en las treinta
restantes.
El día del examen el alumno
deberá portar su DNI, estando prohibido entrar al aula con móviles,
portátiles, relojes y cualquier otro dispositivo electrónico, y ello conforme
al art. 15.3 del Reglamento de Convivencia de la UCO (Normas de convivencia en la realización de
pruebas y exámenes), que literalmente establece
«Está prohibido el acceso de los estudiantes a los recintos donde se celebren
pruebas de evaluación presenciales portando cualquier dispositivo electrónico
que permita la comunicación o el almacenamiento de datos salvo que el tipo de
evaluación lo requiera y el profesor responsable de la evaluación lo
autorice». Tal norma quedará exceptuada mientras sigan vigentes los
protocolos de prevención por motivo de la Covid-19. En tal caso el alumno, una
vez que haya escaneado el código QR de su asiento, deberá apagar el móvil y
guardarlo.
MATRÍCULA DE HONOR: Se
hará una prueba específica para el alumnado que, estando dentro del sistema
de evaluación continua, haya sacado una nota en el examen final tipo test de sobresaliente
9 o superior, y que consistirá en la exposición durante veinte minutos de dos
temas por sorteo, uno correspondiente a los 8 primeros temas, y el otro de la
materia restante. En caso de resultar necesario, podrán añadirse 10 minutos
más para que el candidato a la Matrícula de Honor conteste a las preguntas,
aclaraciones u observaciones que le haga el profesor.
SOBRESALIENTE: Como novedad desde
el curso 2023/24, los alumnos que, estando dentro del sistema de evaluación
continua, alcancen una nota en el examen final tipo test de notable 8.5 o
superior, podrán realizar la misma prueba específica prevista para Matrícula
de Honor para alcanzar la nota de sobresaliente, 9.
ALUMNOS REPETIDORES QUE NO PUEDAN
ASISTIR A CLASE: Los alumnos que, siendo
repetidores, no puedan asistir a clase por coincidirles éstas con otras
asignaturas en las que estuviesen matriculados (deberán justificar
documentalmente no solo la matriculación en
las asignaturas sino también el estar asistiendo en dichas horas de
coincidencia), quedan sujetos al mismo régimen de evaluación que los alumnos
a tiempo completo salvo en lo referido a la valoración de la asistencia
para la corrección del test, que no es un derecho al
indicarse expresamente en las distintas guías que no se valora, sin que
resulten perjudicados a la hora de conseguir la nota máxima posible (salvo
Matrícula de Honor, pueden obtener sobresaliente, 10), y a su participación
activa en las clases para continuar en la evaluación continua.
En este caso, tendrán el mismo tratamiento que los alumnos a tiempo parcial y
con necesidades educativas especiales.
ALUMNOS A TIEMPO PARCIAL Y CON
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES: Los alumnos a tiempo parcial y
con necesidades educativas especiales, circunstancia que deberán
acreditar documentalmente, quedan sujetos al mismo
régimen de evaluación que los alumnos a tiempo completo. Únicamente, en lo
referido al sistema de evaluación continua (participación activa en las clases), podrá ser sustituido,
a petición del estudiante, por su evaluación semanal en horario de tarde si
es alumno de mañana, o en horario de
mañana si es alumno del grupo de tarde (se formará
un único grupo con estos estudiantes y sus compañeros repetidores que no
puedan asistir a clase), lógicamente en las mismas condiciones y nivel de
exigencia que sus compañeros a tiempo completo. En tal caso, y dado
que no van a asistir a clase, deberán tener, al menos, una intervención
semanal positiva. Al igual que con los alumnos
repetidores, la
no valoración de la asistencia para la corrección del examen
final tipo test no les perjudica en absoluto
de cara a obtener la nota máxima posible en la asignatura (salvo Matrícula de
Honor, pueden obtener sobresaliente, 10).
SEGUNDO LLAMAMIENTO: Para
la solicitud del segundo llamamiento, que será realizado en las fechas que
determinen las autoridades académicas, el alumno deberá haber
comunicado previamente su intención de presentarse al
examen y acreditar
documentalmente la imposibilidad de asistir a
las convocatorias ordinarias por alguna de las causas que se recogen en el artículo 58.3
del Reglamento 24/2019 de Régimen Académico de los Estudios Oficiales de
Grado de la Universidad de Córdoba, o cualquier otra causa que, a
juicio de las autoridades académicas, se considere justificada para dar lugar
al segundo llamamiento.
En caso de que sean pocos los
alumnos que acudan al segundo llamamiento, el examen final tipo test de 50
preguntas podrá ser sustituido por un examen de 50 preguntas cortas,
con indicación expresa del número máximo de líneas para responderlas, y en la
que se mezclarán, como con el tipo test, preguntas teóricas con pequeños
casos prácticos de la materia objeto de examen. La puntuación de las
preguntas se hará en las mismas condiciones que la puntuación del examen
final tipo test (las respuestas correctas sumarán dos puntos, las respuestas
que se dejen en blanco, y las incorrectas, restarán dos puntos), aunque se
respetará, lógicamente y para las convocatorias señaladas, la valoración de
la asistencia y evaluación continua que haya obtenido el alumno durante el
cuatrimestre.
COVID-19: En
caso de imposibilidad de asistir a las convocatorias ordinarias por causas
derivadas de la COVID-19, se estará a lo dispuesto por la resolución de 23
de diciembre de 2021 del Vicerrectorado de
Ordenación Académica y Competitividad, que establece los períodos para la
programación de las nuevas fechas de examen correspondientes al curso
académico 2021-22. El tipo de examen será el establecido en el segundo llamamiento.
Para cursos académicos
sucesivos, se estará igualmente a lo que dispongan las resoluciones o
instrucciones de las autoridades académicas de esta Universidad.
HORARIO DE TUTORÍAS: Será
indicado en clase, al inicio de cada cuatrimestre, publicándose en el tablón
de la Secretaría del Departamento. En todo caso:
Las tutorías colectivas: Tendrán lugar todos los días de
clase, a su inicio.
Las tutorías individuales: Podrá tenerlas el alumnado en
el momento, al finalizar la clase. También podrá concertarlas para otra hora
o día en caso de que no pueda en ese momento por tener clase, o si a mí me
coincide con las clases que tengo que impartir en otros grupos. Los alumnos a
quienes dirija el TFG o el TFM deben solicitar la tutoría por e-mail con una
antelación mínima de 48 horas.
FUNDAMENTAL: Las dudas que los alumnos
tengan de los distintos temas del programa de la asignatura serán resueltas
conforme se van explicando los mismos. En caso de que un alumno no pueda
venir a las clases por un motivo serio (por ejemplo, enfermedad), deberá
justificarlo documentalmente (certificado médico) para que puedan serle
resueltas sus dudas en la tutoría. Respecto a las clases prácticas, se
recuerda que en el Grado de Derecho hay dos grupos medianos, por lo que el
alumno podrá ir a la práctica con cualquiera de los mismos. Una vez finalizadas las clases, no se resuelven
dudas de la materia objeto de examen.
IGUALDAD DE GÉNERO: Toda denominación efectuada en
el texto explicativo al género masculino, se entenderá igualmente hecha al
género femenino, según el sexo de la persona de que se trate.
1 de
febrero de 2022 Comunicado sobre la SENTENCIA del TSJA que estima la demanda de
Conflicto Colectivo presentada por CCOO y reconoce el derecho de los PIF a
cobrar TRIENIOS. Sección Sindical CCOO UCO 1 de febrero de 2022 CCOO GANA EL JUICIO CONTRA LAS UUAA El Tribunal de Justicia de Andalucía sentencia, de
manera favorable, la demanda interpuesta por CCOO, y reconoce
el derecho a cobrar el complemento de antigüedad (trienios), con carácter
retroactivo desde el 1 de julio de 2020, al Personal de Investigación
Predoctoral y Postdoctoral de las Universidades Públicas de Andalucía. El TSJA, en sus fundamentos
jurídicos, establece, entre otros: Se produce así un trato
desigual entre los laborales permanentes y los laborales temporales, trato
desigual que no obedece a razones objetivas de clase alguna, y está proscrito
por la Directiva 1999/70/CE, de 28 de junio, relativa al Acuerdo Marco de la
CES, la UNICE y el CEEP sobre trabajo de duración determinada, y es contrario
a la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La conclusión que se extrae en la
propia sentencia: «La regulación contenida en los arts. 41 y 44 del convenio
colectivo aplicable a las Universidades codemandadas, en tanto excluye a los
investigadores contratados en formación del derecho a percibir el complemento
de antigüedad, restringe injustificadamente el derecho que garantiza el
art. 15.6 del Estatuto de los Trabajadores y la normativa comunitaria de
la que trae causa y no resulta respetuosa con el principio de igualdad ni
con el mandato que impone a los poderes públicos el art. 9.3 de la
Constitución de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y
de los grupos en que se integran sean reales y efectivas y remover los
obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. Procede, por
consiguiente, estimar la demanda que ha dado su origen a las presentes
actuaciones». La justicia da la razón a CCOO ante la
Negativa de los Rectores y Rectoras Andaluces -salvo la
Universidad de Cádiz, que ya venía pagándolo- al reconocimiento retributivo
de trienios para el Personal de Investigación Predoctoral y Postdoctoral de
las Universidades Públicas Andaluzas, con la que bloquearon cualquier
posibilidad de diálogo y negociación en esta materia, como se puso de
manifiesto en el acto de mediación y conciliación extrajudicial en el SERCLA
celebrado el pasado 27 de julio. CCOO muestra
su satisfacción por la sentencia, se siente respaldada en su acción sindical,
e insta a los Rectores y Rectoras, a la vista de los
contundentes argumentos del Tribunal, a cumplir la misma y no recurrir. Nadie
ni dentro ni fuera de la comunidad universitaria entendería que siguieran
defendiendo la desigualdad y precariedad económica. A igual trabajo, igual
salario. Os mantendremos informados. 9 de
febrero de 2022 «Cuando la hipocresía comienza a ser de
muy mala calidad, es hora de comenzar a decir la verdad» (Bertolt
Brecht, 1898-1956) «Ya que el orgullo de @CCOOCORDOBA no ha permitido que
agradezcan debidamente a HERMINIO PADILLA por SU ESCRITO, el cual ha sido
usado para poner la demanda a las Unis Andaluzas por el incumplimiento del convenio del PDI por
el pago de trienios a los PIPF lo hago yo. GRACIAS!!» (Sandra Rodríguez-López,
doctora en Biomedicina por la UCO, vía twitter @chica_pixel) «Gracias al escrito redactado por
Herminio Padilla, @feccooand ha
podido ganar el juicio en el que se nos reconoce el derecho a que nos
reconozcan y paguen los trienios. Dicho escrito se realizó para reclamar los
trienios en la UCO y más adelante para reclamarlo en toda Andalucía» (Sandra Rodríguez-López,
doctora en Biomedicina por la UCO, vía twitter @chica_pixel) «Así que como agradecer es de sabios,
muchísimas gracias Herminio por tu trabajo, por tu
apoyo a los PIPF y por toda tu dedicación a nuestro colectivo. Gracias a tu
ayuda en nuestras reivindicaciones has conseguido que se aplicara el EPIF en
la UCO y los trienios en Andalucía» (Sandra Rodríguez-López,
doctora en Biomedicina por la UCO, vía twitter @chica_pixel) 12 de
febrero de 2022 Sección Sindical CCOO UCO 12 de febrero de 2022 DE BIEN NACIDO, ES SER AGRADECIDO El 1 de febrero difundimos la
noticia “CCOO
gana el juicio contra las Universidades Andaluzas”, en referencia al derecho al cobro de trienios del
Personal de Investigación Predoctoral y Postdoctoral de las Universidades
Públicas de Andalucía. La justicia dio la razón a CCOO
ante la Negativa de los Rectores y Rectoras
Andaluces -salvo la Universidad de Cádiz-, al reconocimiento retributivo. Y
todos muy contentos…, fundamentalmente el Personal afectado por la Sentencia
del TSJA. Hasta ahí todo correcto, pero
además debemos hacer algo público que aún no hemos hecho, y es un
agradecimiento (que sin duda sí hemos hecho en el ámbito privado). En CCOO tenemos un sentimiento
tan arraigado de lo colectivo que tendemos a omitir lo que las personas
individuales (con su trabajo, con su tiempo personal, sus conocimientos, sus
problemas, etc.), aportan al Sindicato. Pero también entendemos que hay casos
en los que es de justicia reconocer y aludir a personas cuya aportación es
considerable, casos que sobresalen sobre el resto, de formidables y
sobresalientes aportaciones individuales. Este es el caso de la Sentencia
que dio la razón a una demanda que, presentada por CCOO en Andalucía, estaba
íntegramente basada en los argumentos y fundamentos jurídicos que redactó una
persona gratis et amore, y esa
persona es el profesor Herminio Padilla Alba. Con esta publicación sobre una
persona concreta que está detrás de un concreto trabajo, hacemos público el
reconocimiento a su valiosa aportación en la consecución del derecho para una
parte del Personal de las Universidades Públicas Andaluzas. Gracias Herminio. |
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Principal Instituto de Criminología (2006-2012) Casos prácticos Simposios, cursos, ciclos… dirigidos Libros de texto y otras publicaciones Currículum Vitae