La página web de la Universidad de Córdoba dispone de un Portal de Información para Estudiantes (PIE), que ofrece toda la información acerca de las diferentes titulaciones que ofrece la Universidad de Córdoba.

Atendiendo a los requerimientos contenidos en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, las Universidades Españolas tienen la obligación de dotarse de sistemas accesibles de información a los estudiantes. La Universidad de Córdoba ha reconfigurado el PIE, con el fin de presentar al alumnado toda la información necesaria, desde el acceso a la Universidad, pasando por la matrícula, la Prueba de Acceso a la Universidad y otras formas de acceso a la Universidad, pasando por la oferta académica, matrícula y otra información de interés para los estudiantes de la UCO, así como información al alumno que finaliza sus estudios oficiales en la UCO.

También, dentro del PIE, está disponible otro tipo de información de interés al futuro estudiante de la UCO:

La Universidad de Córdoba posee unos mecanismos y procedimientos de asesoramiento y apoyo del alumnado con discapacidad y necesidades educativas especiales, para cuya orientación, desde la Universidad de Córdoba, se ha creado Servicio de Atención a la Diversidad, cuyos servicios al alumnado se vehiculan a través de la Unidad de Atención Psicológica (UNAP) y la Unidad de Educación Inclusiva (UNEI):

  • Atención Psicológica a todos los miembros de la comunidad universitaria
  • Servicio de Evaluación de Apoyos Académicos y Adaptaciones Curriculares para
  • estudiantes con discapacidad o con necesidades específicas
  • Servicio de Intérprete de Lengua de Signos
  • Servicio de préstamo de material adaptado
  • Servicio de Transporte Adaptado

De acuerdo al artículo 15 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, el procedimiento de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado será el establecido en el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el artículo 42 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, y en sus normas de desarrollo. Asimismo, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

Las universidades reservarán, al menos, un 5 por ciento de las plazas ofertadas en los títulos universitarios oficiales de Grado para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, así como para estudiantes con necesidades de apoyo educativo permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad. Asimismo, las universidades garantizarán la disponibilidad de plazas para estos estudiantes que concurran a las convocatorias extraordinarias de acceso a la universidad, hasta alcanzar el 5 por ciento del cupo de reserva sobre el total de plazas ofertada en dicho título.

Se puede hallar información detallada en el Portal de Información para Estudiantes (PIE), así como en el Distrito Único Andaluz.