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Universidad de Córdoba

Facultad de Veterinaria

Graduado en Veterinaria

Descripción


Información General

Nombre de la Titulación Graduado/a en Veterinaria
Centro y lugar en la que se imparte Facultad de Veterinaria
Rama de conocimiento Ciencias de la Salud
Número de créditos ECTS 300
Duración en años Cinco
Tipo de enseñanza de que se trata Presencial
Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas 150
Número mínimo de créditos de matriculación 24
Publicación del Título y Plan de Estudios en el RUCT Jueves, 11 de noviembre de 2010 / BOE n.º 273 / Descargar
Viernes, 11 de febrero de 2011 / BOE n.º 36 / Descargar
N.º de cursos en fase de implantación Primer y segundo curso
Curso académico de implantación del Título 2010-2011
Lenguas utilizadas en la impartición del Título Castellano e Inglés (consultar plan de estudios)
Plan de Estudios Descargar
Normas de permanencia y tipos de matrícula UCO Descargar Documento PDF

Justificación de la Titulación

La profesión veterinaria tiene un importante compromiso con la Sociedad, ya que es garante de la Salud Pública, al ser el Veterinario/a responsable de que los alimentos de origen animal lleguen al consumidor/a con las mayores garantías sanitarias. Además, es el/la profesional encargado/a de velar por la Salud y Bienestar de los animales de compañía y de producción, estos últimos son la base de la economía en comarcas eminentemente agroganaderas. La Facultad de Veterinaria de la Universidad de Córdoba (UCO), única en Andalucía, pretende formar a profesionales que satisfagan plenamente las necesidades que la Sociedad actual demanda en los campos de Medicina y Cirugía Animal, Producción y Sanidad Animal, Tecnología de los Alimentos, Higiene, Seguridad Alimentaria y Salud Pública.

Los estudios de Veterinaria se inician en nuestra ciudad, con la creación de la Escuela Subalterna de Veterinaria, por Real Orden de 19 de agosto de 1847, recibiendo el título de Veterinarios de Segunda. Posteriormente, es elevada al rango de Escuela Especial (1871) y Superior (1912), otorgando el título de Veterinarios y examinando para la obtención de la cualificación profesional de Albeitar. La Ley de Ordenación Universitaria de 29 de julio de 1943, eleva las Escuelas de Veterinaria a rango de Facultades. El primer plan de estudios que se implanta a partir de esta fecha es el de 1944, por lo que los estudiantes que finalizaron sus estudios por este plan fueron los primeros Veterinarios con el grado de Licenciados de la Facultad de Córdoba. Con posterioridad, destacaron por su pervivencia y trascendencia formativa el plan de estudios de 1953 (B.O.E. de 25 de agosto) que se impartía en seis años, así como el plan de estudios de 1973 (B.O.E. de 24 de noviembre de 1973 y de 9 de marzo de 1977), donde existían tres especialidades en “Medicina y Sanidad”, “Producción Animal y Economía” y “Bromatología, Sanidad y Tecnología de los Alimentos”. A partir de 1996, los planes de estudios se adaptan a los requisitos que emanan de la directiva de la U.E. sobre la formación de la profesión veterinaria (Dir. 1027/78). Además, debe tenerse en cuenta la reglamentación profesional vigente, que incluiría la Directiva 2005/36/CE, relativa al reconocimiento de Cualificaciones Profesionales del veterinario, y la Ley 44/2003 (BOE de 22/11/2003) de Ordenación de las Profesiones Sanitarias.

Desde su creación, en la Facultad de Veterinaria de Córdoba se han formado un total de 160 promociones, integradas por 75 Albéitares, 349 Veterinarios/as de 2ª clase y 8.203 Veterinarios/as. La gran tradición y experiencia acumulada a lo largo de estos 160 años en la formación de veterinarios/as, los últimos con planes de estudio adaptados a una normativa europea, que permiten la movilidad de estudiantes y profesionales por todos los países comunitarios, así como el ser una profesión de gran demanda en nuestra zona, justifican el interés de la implantación del Título de Graduado/a en Veterinaria en la Universidad de Córdoba. Recientemente, nuestra Facultad ha sido evaluada de forma positiva por la Asociación Europea de Instituciones de Educación en Veterinaria (EAEVE), que garantiza la calidad de las enseñanzas impartidas en nuestro Centro a nivel europeo. Asimismo, la Facultad de Veterinaria cuenta con un sistema de Garantía Interna de Calidad, aprobada por la ANECA (Febrero de 2008), que asegura la detección y continua mejora de todos los procedimientos relacionados con el funcionamiento del centro.


Salidas profesionales

El/La Graduado/a en Veterinaria puede desarrollar sus actividades tanto en la Administración y Organismos Públicos como en empresas privadas, así como en docencia e investigación. Los datos recogidos del informe VET2020, del libro “La profesión veterinaria en el siglo XXI: un estudio de mercado” y del “Libro Blanco del Grado de Veterinaria” indican que los principales perfiles de la profesión veterinaria son: Ciencias Clínicas, Producción Animal, Sanidad Animal, Tecnología, Higiene e Inspección de Alimentos. Así, a partir de estos estudios, las áreas en las que se supone una mayor proyección son la Seguridad Alimentaria, Bienestar y Protección Animal, Epidemiología y Medicina Preventiva (VET2020), así como el ejercicio clínico en especies no convencionales, ámbitos todos ellos encuadrados dentro de los perfiles clásicos. Asimismo, un número aun pequeño, pero creciente, de los licenciados se emplea en áreas medio-ambientales (espacios naturales) o la I+D+I, entre otros.


Profesión para la que capacita

El título de Grado en Veterinaria habilita para el ejercicio de la profesión Veterinaria. Según el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre (que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directivas 2005/36/CE y 2006/100/CE), la formación que permite el ejercicio de las actividades profesionales, a las que se refiere el artículo 6.2.d) de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, es la que conduce a la obtención del título de Licenciado en Veterinaria, establecido por el Real Decreto 1384/1991, de 30 de agosto, o la obtención del título de Grado establecido de acuerdo con la previsiones contenidas en la Orden ECI/333/2008, de 13 de febrero, conforme a las condiciones del Acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007.

Según la Ley 44/2003, de 21 de noviembre de 2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, corresponde a los licenciados en Veterinaria el control de la higiene y de la tecnología en la producción y elaboración de alimentos de origen animal, así como la prevención y lucha contra las enfermedades animales, particularmente las zoonosis, y el desarrollo de las técnicas necesarias para evitar los riesgos que en el hombre pueden producir la vida animal y sus enfermedades.

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