Reforma educativa en España

Nuestra libertad a la educación y nuestro derecho a la participación

Begoña Esther SAMPEDRO REQUENA       

 

Introducción

 

      A medida que el ser humano ha ido evolucionando y avanzando, se ha ido concentrando en distintos grupos o comunidades, ha tenido que organizar su vida en colectividad, para ello tuvo que legislar los distintos aspectos o competencias que surgen de una vida en sociedad. Estos aspectos, competencias o pilares básicos en los que se desarrolla la vida en sociedad son la política, la economía, la sociedad y la educación. Estos cuatro componentes se encuentran interconectados e interrelacionados, influyendo y modificando los unos a los otros.

 

      El concepto 'educación' denota los métodos por los que una sociedad mantiene sus conocimientos, cultura y valores y afecta a los aspectos físicos, mentales, emocionales, morales y sociales de la persona.

 

      El sistema educativo varía de una sociedad a otra, ya que se encuentra modificado y es influido por la política, la economía y el factor social de cada comunidad, sociedad o país; aunque el concepto de educación y sus fines, mencionado en el párrafo anterior, es el mismo para cada sociedad. Por esta circunstancia, los distintos países legislan u organizan sus competencias educativas en leyes educativas, que varían o evolucionan a la vez que estos países cambian o progresan en los aspectos económicos, políticos y sociales, por esta razón existen las reformas educativas.

 

      El objetivo de este artículo es analizar la relación existente entre los cambios políticos, sociales y económicos, y,  la variación que estos producen en las leyes educativas, y por lo tanto en el sistema educativo.

 

Reformas educativas en España en la Época Contemporánea

 

      Las distintas reformas educativas que se dan en España durante la Época Contemporánea, vienen acaecidas por los distintos cambios políticos, económicos y sociales que se producen durante este periodo de tiempo. Así, por ejemplo, la implantación de regímenes liberales modernos, en España, supone la progresiva conquista de derechos ciudadanos: civiles, políticos y asistenciales.  Los primeros en consolidarse son los derechos civiles (libertad de pensamiento, expresión y asociación, libertad de cátedra, libertad de residencia, etc).  Más tarde fue la conquista de los derechos políticos. Y por último, los derechos asistenciales, que aunque tienen un origen más antiguo se consolidan en Occidente con el llamado “Estado del Bienestar”.

 

      La primera ley de educación estable, en la Época Contemporánea en España, representativa de un moderno sistema educativo liberal es la Ley de Moyano de 1857, esta ley establece una doble red de escolarización: la primaria terminal por un lado, y por otro la secundaria – superior, desconectada de la primera.

 

     En 1875, Giner de los Ríos funda en Madrid la Institución Libre de Enseñanza, en la que se crea un currículum de continuidad entre primaria y secundaria, apostó por la neutralidad religiosa y la educación mixta.

 

     Después de la guerra civil (1936 – 1939), en España se implanta un régimen dictatorial (1939 – 1975), que vuelve a implantar la Ley de Moyano o de doble red hasta 1970.

 

     En 1970, se promulga la Ley General de Educación (LGE), que regula y estructura todo el sistema educativo español. Fue una ley que pretendió superar las contradicciones internas en las que el sistema había caído por sucesivas reformas sectoriales, insuficientes para responder al acelerado cambio social y económico que se da en España en este tiempo. Desde una perspectiva global de educación permanente, la LGE diseño un sistema unitario y flexible, así, se estructura el sistema en cuatro niveles: preescolar, educación general básica, enseñanzas medias y enseñanzas universitarias.

 

      La primera ley orgánica que desarrolla algunos preceptos constitucionales fue la Ley Orgánica del Estatuto de Centros Escolares (LOECE) en 1980.  Esta ley supuso el primer intento normativo de ajustar los principios de la actividad educativa, la organización de los centros y los derechos y deberes de los alumnos a los principios que marcaba la recién aprobada constitución. Fue derogada totalmente por la LODE.

 

      En 1983, se promulga la Ley de Reforma Universitaria (LRU), es de máxima importancia esta reforma educativa ya que promueve varias libertades como la de cátedra, investigación y de estudio para la correcta autonomía de las universidades. Proclama las pautas para la creación, régimen jurídico y estructura de las universidades, el gobierno, el consejo de universidades, así como, facilita la normativa a los estudios y los parámetros de incorporación de los profesores a las universidades, entre otras muestras. 

 

     Con la democracia y la consiguiente Constitución de 1978 más asentada, y, la subida al poder político del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), se promulga la Ley Reguladora del Derecho a la Educación (LODE), en 1985, esta ley tiene un carácter organizativo, estableciendo los centros docentes en públicos, privados y concertados. Este mismo partido político, realizó otra ley educativa en 1990, la Ley de Ordenación del Sistema Educativo (LOGSE), que organiza la educación en Infantil, Primaria y Secundaria. En 1995, el PSOE, publica la Ley Orgánica de la participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes (LOPEG), retocando la organización propuesta por la LODE.

 

     Con la subida al poder del Partido Popular (PP), se realiza otra ley educativa en el 2002, la Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE), y la Ley de Ordenación Universitaria (LOU), en este mismo año.

 

     En el 2006, con el PSOE gobernando España se promulga la Ley Orgánica de Educación (LOE), que organiza en etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza de forma que asegure la transición entre los mismos, y en su caso, dentro de cada uno de ellos. Las enseñanzas que ofrece este sistema educativo son la Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanza de Idiomas, Enseñanzas Artísticas, Enseñanzas Deportivas, Educación de personas adultas y Enseñanza Universitaria.

 

     A continuación, se expone un cuadro explicativo de las leyes educativas durante la época de la Modernidad en España, vistas desde los cambios políticos producidos en esta época

    

LEYES EDUCATIVAS DURANTE LA ÉPOCA CONTEMPORÁNEA EN ESPAÑA

 

AÑOS

1857

1970

1980

1983

1985

1990

1995

2002

2006

 

Leyes

Ley de Moyano

 

LGE

 

 

LOECE

 

 

LRU

 

 

LODE

 

 

LOGSE

 

 

LOPEG

 

 

LOCE

LOU

 

LOE

 

 

Situación

Política

 

Orden Liberal

Dictadura

Democracia

UCD

Democracia

PSOE

Democracia

PSOE

Democracia

PSOE

Democracia

PSOE

Democracia

PP

Democracia

PSOE

 

 

El aspecto de la participación a través de las distintas leyes educativas en la democracia

 

      Aunque con la Ley General de Educación se estableció la obligatoriedad y gratuidad de una educación básica unificada, no es hasta la llegada de la democracia y la elaboración de la Constitución de 1978 cuando se recoge el derecho a la educación y a la libertad de la enseñanza, en su artículo 27 dicha constitución acopia entre otros los aspectos de libertad y participación respecto a la educación.

 

      Estos dos aspectos, libertad y participación, están íntimamente ligados en las leyes educativas, ya que la libertad de toda la comunidad educativa (alumnado, padres, profesorado, sociedad y centros) hace posible la participación en la vida educativa y en los distintos órganos encargados de gestionar el sistema educativo.  Estos aspectos son recogidos en diferentes artículos de las distintas leyes educativas que ha tenido España a lo largo de estos últimos años de su etapa democrática. Así, por ejemplo, la LODE en sus artículos 5 y 7 recoge la libertad de los alumnos y de los padres a crear asociaciones promoviendo su derecho a la participación en el Consejo Escolar.

 

A continuación, se va a estudiar el aspecto de la participación en las leyes educativas denominadas con las siglas LODE, LOGSE, LOPEG, LOCE y LOE             respecto a tres grupos que forman entre otros la comunidad educativa, dichos grupos a analizar son: alumnos, padres y profesorado.

 

 

 

PARTICIPACIÓN

Grupos

Leyes

Alumnado

Padres

Profesorado

 

 

 

 

LODE

(1985)

Art.8: Se garantiza en los centros el derecho de reunión. Consejo Escolar.

Art. 19: La participación de los alumnos en el control y gestión de los centros públicos.

Art.8: Se garantiza en los centros el derecho de reunión. Consejo Escolar.

Art. 19: La participación de los padres en el control y gestión de los centros públicos.

Art.8: Se garantiza en los centros el derecho de reunión. Consejo Escolar y Claustro.

Art. 19: La participación de los profesores en el control y gestión de los centros públicos.

Art. 36: La participación en los órganos de gobierno.

 

LOGSE

(1990)

 

Art.2: Participación para contribuir en la consecución de los objetivos educativos.

Art.2: Participación para contribuir en la consecución de los objetivos educativos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

LOPEG

(1995)

Art.2: Participación en los centros docentes. Consejo Escolar. (Modificado LOCE).

Art.3: Participación en actividades escolares complementarias y extraescolares.

Art.8: Los órganos de gobierno de los centros públicos favorecerán la participación de los alumnos en la vida del centro, en su gestión y en su evaluación. (Derogado por la LOCE)

Art.12: Participación de alumnos en el Consejo Escolar. (Derogado por la LOCE)

Art.16: Participación en la evaluación del centro. (Derogado por la LOCE)

Art.2: Participación en los centros docentes. Consejo Escolar. (Modificado LOCE).

Art.3: Participación en actividades escolares complementarias y extraescolares.

Art.8: Los órganos de gobierno de los centros públicos favorecerán la participación de los padres en la vida del centro, en su gestión y en su evaluación. (Derogado por la LOCE)

Art.16: Participación en la evaluación del centro. (Derogado por la LOCE)

 

 

Art.2: Participación en los centros docentes. Consejo Escolar y Claustro. (Modificado LOCE).

Art.3: Participación en actividades escolares complementarias y extraescolares.

Art.8: Los órganos de gobierno de los centros públicos favorecerán la participación de los profesores en la vida del centro, en su gestión y en su evaluación. (Derogado por la LOCE)

Art.14: Participación de los profesores en el Claustro. (Derogado por la LOCE)

Art.16: Participación en la evaluación del centro(Derogado por la LOCE).

 

 

 

 

 

 

 

LOCE

(2002)

 

Art.1: Participación en el desarrollo de la actividad escolar.

Art.2: Participar en el funcionamiento y en la vida del centro. Además de participar en las actividades formativas y en la convivencia escolar.

Art. 81: Participación en el Consejo Escolar 

Art. 82: Atribuciones del Consejo Escolar, participar en el proceso de admisión de alumnos.

Art.1: Participación en el desarrollo de la actividad escolar.

Art.3: Participar en el control y gestión del centro.

Art. 81: Participación en el Consejo Escolar.

Art. 82: Atribuciones del Consejo Escolar, participar en el proceso de admisión de alumnos.

Art.1: Participación en el desarrollo de la actividad escolar.

Art. 81: Participación en el Consejo Escolar.

Art. 82: Atribuciones del Consejo Escolar, participar en el proceso de admisión de alumnos. 

Art.83: Claustro de profesores, participación en el control y gestión del centro.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

LOE

(2006)

Art.1: Participación en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.

Art. 118: Participación en el funcionamiento y gestión de centros.

Art.119: Participación en el funcionamiento y gestión de los centros públicos y privados concertados.

Art.1: Participación en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.

Art.71: Participación en las decisiones que afecten al alumnado con necesidad especifica de apoyo educativo.

Art. 118: Participación en el funcionamiento y gestión de centros.

Art.119: Participación en el funcionamiento y gestión de los centros públicos y privados concertados.

Art.1: Participación en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.

Art.91: Participación en las actividades complementarias y en la actividad general del centro.  Además de los planes de evaluación.

Art.103: Formación permanente del profesorado de los centros públicos.

Art.106: Evaluación de la función pública docente.

Art. 118: Participación en el funcionamiento y gestión de centros.

Art.119: Participación en el funcionamiento y gestión de los centros públicos y privados concertados.

Art.128: Participación en el Claustro.

 

Conclusiones

 

      Observamos que existe una relación entre cambios políticos, económicos y sociales, y, las variaciones de las leyes educativas, advertimos que a medida que la sociedad avanza y se hace más libre, en España, el sistema educativo sale beneficiado, ya que es un mero reflejo de la sociedad en la que vivimos.

 

      A medida que la democracia y la Constitución de 1978 se han ido fijando, y los aspectos políticos, económicos y sociales optimizando, las personas o individuos que integran la sociedad española han conseguido más libertades y derechos, y con ellos han venido los relativos al ámbito educativo, promoviendo las distintas reformas educativas.

 

     Desde mi opinión, las últimas leyes educativas, han ido derogando a las primeras reformas educativas que se implantaron con la democracia, esto es debido a que se ha conseguido en casi su totalidad el ejercicio de los derechos, libertades y deberes que tenemos los ciudadanos en España.

 

     Creo que los cuatro pilares que forman una sociedad se encuentran siempre íntimamente relacionados, economía, política, educación y el componente social, se consiguen interconectar y ser un todo de una realidad, que se refleja en la sociedad.  Las leyes educativas varían con cada gobierno que accede al poder en España, pero desde mi opinión, es debido a esta interconexión.

 

      Existe también, desde mi opinión, una interconexión e interrelación entre libertades y participación, creo firmemente, que una no se puede dar sin la otra, y más en el ámbito educativo.

 

Documentación

 

ALMEIDA, J. (1994). Educación y sociedad en España. Servicio de publicaciones: Universidad de Córdoba. Monografías nº. 212

TABERNER. J. (2002). Sociología y educación. El sistema educativo en sociedades modernas. Funciones, cambios y conflictos. Madrid: Tecnos

BOE (2006). Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2006/07899)

INCE (2003). Ciudadanía y Educación. (http://www.ince.mec.es/revedu/revextr2003.htm)

EDUCARED (2006). Información oficial para docentes. (http://www.educared.net/asp/global/portada.asp)

MEC. (2002). Leyes que regulan el Sistema Educativo y relaciones entre las mismas. (http://www.mec.es/mecd/jsp/plantillaAncho.jsp?id=1&area=legislacion)

UCM. (2006). Ley de Reforma Universitaria. (http://www.ucm.es/info/DAP/pr4/datos/legislacion/lru.htm)