- Evaluación primera anualidad

Antes de la finalización del primer año el doctorando elaborará un Plan de investigación que incluirá, al menos, la hipótesis de trabajo, la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Dicho Plan se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por el tutor y el director.

Para superar el primer año de doctorado habrá de tenerse aprobado el Plan Investigación, Plan Formación y Compromiso Doctoral. Para ello, en los plazos que se establezcan anualmente, se deberán presentar estos 3 documentos, así como definir Titulo de Tesis, Macroarea, Directores, etc..., a través de la siguiente aplicación: Gestión de solicitudes

Normalmente se establecerán 2 plazos anuales (el primero, en torno al mes de Abril del correspondiente curso académico, y el segundo, para aquellos que no accedan o no superen el primero, en torno al mes de Noviembre siguiente), que se anunciarán debidamente en la web de Doctorado.

El formato de la Memoria del Plan de Investigación y del Compromiso Doctoral es idéntico para todos los Programas de Doctorado, en cambio el formato del Plan de Formación es específico de cada Programa, por lo que se debe entrar en la página web del Programa de Doctorado en cuestión, buscar el Plan de Formación y rellenar el impreso descargado.

La Comisión Académica del Programa, CAPD, evaluará el Plan de Investigación, el Plan de Formación y la correcta firma del Compromiso Doctoral junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en una segunda convocatoria, a cuyo efecto modificará los documentos que le hayan sido señalados por la CAPD como deficitarios. En el supuesto de producirse una segunda evaluación no positiva, el doctorando causará baja definitiva en el doctorado.

- Evaluación segunda anualidad y siguientes

Una vez superado el primer curso de los estudios de doctorado, tras realizar cada una de las Actividades Formativas que se cursen, se deberán subir a SIGMA para que se registren en el Documento de Actividades del Doctorando, que servirá para realizar el seguimiento anual obligatorio y para presentarlo ante el Tribunal el día que se defienda la Tesis Doctoral.

A partir del 2º año de realización de la tesis y hasta su finalización, es obligatorio someterse anualmente a un seguimiento del desarrollo de los estudios de doctorado. Para ello, el alumnado de Doctorado del RD 99/2011 deberá exponer cada año el desarrollo de su Plan de Investigación (metodología, avances y resultados más significativos alcanzados) ante la Comisión de Seguimiento propuesta por la Comisión Académica del Programa de Doctorado.

En este acto se presentará también el documento de actividades realizadas (desarrollo del Plan de Formación) y los directores de la Tesis emitirán informes de la labor realizada por su doctorando.

de la persona que tutoriza y/o dirige la tesis. La evaluación positiva, emitida por la CAPD, será requisito indispensable para continuar en el Programa y poderse matricular del siguiente año de tutela académica. En caso de evaluación negativa, debidamente motivada, el doctorando o la doctoranda se someterá a una nueva evaluación en una segunda convocatoria. En el supuesto de producirse una segunda evaluación no positiva, el doctorando causará baja definitiva en el doctorado.

Normalmente se establecerán 2 plazos anuales (el primero, en torno al mes de Abril del correspondiente curso académico, y el segundo, para aquellos que no accedan o no superen el primero, en torno al mes de Noviembre siguiente), que se anunciarán debidamente en la web de Doctorado.

Para poder presentarse al Seguimiento Anual de los estudios de Doctorado, es necesario tener superada la tutela del curso académico anterior (es decir estar aprobado en el ACTA del curso en cuestión).

Para poder presentar el estado de desarrollo del Plan de Investigación y del Plan de Formación del doctorando se debe entrar en la siguiente aplicación: Memoria de seguimiento de Doctorado

El formato del documento a rellenar es el siguiente: descarga documento

La Comisión Académica del Programa, CAPD, tras analizar la memoria del doctorando, los informes de sus directores y los informes de expertos constituidos en Comisión de Seguimiento, evaluará el grado de avance del Plan de Investigación y del Plan de Formación. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en una segunda convocatoria, a cuyo efecto modificará los aspectos que le hayan sido señalados por la CAPD como deficitarios. En el supuesto de producirse una segunda evaluación no positiva, el doctorando causará baja definitiva en el doctorado.

- Plazo para la evaluación de la primera anualidad o segunda y siguientes anualidades. Segunda convocatoria: del 8 al 30 de noviembre de 2016. (Solo deben realizarlo aquellos doctorandos que no lo hicieran o no fueran aprobados en la primera convocatoria, que fue en abril de 2016).