- Carta de Servicios de las Secretarías de Dirección y Decanatos

- Funciones de sus miembros:

Directora:

La Directora es el representante del Centro ante todas las instancias universitarias. Es elegido por sufragio universal para un periodo de cuatro años, pudiéndose presentar a la reelección una sola vez. Según el Art. 71 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba le corresponden las siguientes funciones:

- Presidir y convocar la Junta de Escuela y fijar el orden del día de sus sesiones.

- Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos adoptados por la Junta de Escuela.

- Comunicar a los miembros de la Junta de Escuela todos los acuerdos y cuanta información sea de su interés.

- Dirigir y coordinar las actividades de la Escuela en todos los órdenes de su competencia.

- Ejecutar las previsiones presupuestarias en el ámbito de sus competencias.

- Proponer al Rector el nombramiento de Subdirectores y Secretario de la Escuela.

- Autorizar, en el ámbito de sus competencias, todos los actos a celebrar en la Escuela.

- Autorizar la asistencia al Pleno y a las Comisiones de la Junta de Escuela de quien considere necesario para el buen cumplimiento de los objetivos de la reunión.

- Cualesquiera otras que le atribuyan los Estatutos de la Universidad de Córdoba y las disposiciones vigentes, informando en todo caso a la Junta de Escuela.

SUBDIRECTOR DE PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN ACADÉMICA:

Propone a la Junta de Centro, los horarios, el calendario de exámenes y la asignación de aulas y, en general, todo lo relacionado con la organización de la actividad docente.

SUBDIRECTORA DE RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES:

Coordina los programas de intercambio con Universidades nacionales y extranjeras; realiza la propuesta del cuadro de reconocimiento de asignaturas; realiza la selección y seguimiento de los alumnos que se acogen a estos programas.

SUBDIRECTOR DE ESTUDIANTES Y PROYECCIÓN EMPRESARIAL:

Se encarga de las relaciones con Empresas e Instituciones y del Programa de Prácticas de los alumnos. Coordina las relaciones con el Consejo de Estudiantes y las Asociaciones Culturales de la Escuela.

SECRETARIA:

Es la fedataria de los acuerdos de la Junta de Centro y de los actos administrativos del Centro. Según el Art. 79 de los Estatutos corresponde al Secretario/a del Centro:

- Dar fe de los acuerdos y resoluciones de los órganos de gobierno y representación de la Escuela, así como de cuantos actos y hechos presencie en su condición de Secretario o consten en los libros de actas de los órganos de gobierno del Centro y del Registro del Centro.

- La formación y custodia de los libros de actas.

- La custodia del archivo general del Centro y del sello oficial del mismo.

- Garantizar la publicidad de los acuerdos de carácter general de los distintos órganos de gobierno del Centro.

- Recepción y custodia de las actas de calificaciones de los exámenes.

- Colaborar con la Secretaría General de la Universidad de Córdoba en el mantenimiento y actualización de los censos.

- Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.