En la Resolución del Rector de fecha 20 de marzo de 2013 se establece en su articulo 3.5 que “se abonarán igualmente desde el primer día una cantidad equivalente al 100% de las retribuciones que vinieran disfrutando en el mes anterior al causarse la incapacidad, en los siguientes supuestos excepcionales:”

En base a este último párrafo el presente procedimiento establece el protocolo de actuaciones para llevar a cabo la tramitación de la prestación económica establecida en la Resolución citada, sin perjuicio de la obligación de presentar el parte de baja en el Servicio de Administración de Personal.

  • Resolución Rectoral de 20 de Marzo de 2013, por la que se determina el complemento de las prestaciones por IT del Personal de la UCO.
  • Procedimiento de tramitación (Instrucción de la Gerencia de 30 de Abril de 2013).
  • Procedimiento abreviado y solicitud (Instrucción 4/2015 de la Gerencia de 1 de Noviembre de 2015) para los supuestos de intervención quirúrgica, hospitalización o bajas con inicio durante el estado de gestación.