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Lunes, 12 de Febrero de 2018 14:09

El Claustro aprueba la modificación del Reglamento Electoral de la Universidad de Córdoba

G.C. - R.A.
Vista general de la sesión extraordinaria del Claustro Vista general de la sesión extraordinaria del Claustro G.C./E.L.C.

El Claustro de la Universidad de Córdoba, reunido hoy en sesión extraordinaria, ha aprobado la modificación del Reglamento Electoral, en virtud de lo dispuesto en los nuevos Estatutos de la institución. La nueva norma ha sido aprobada con un total de 181 votos a favor, lo que supone el respaldo de la totalidad de los votos emitidos.


El rector en su intervención ha señalado que la aprobación por parte del Claustro del nuevo Reglamento obedece a la entrada en vigor de los nuevos Estatutos de la Universidad de Córdoba y la necesidad de adaptar toda la normativa vigente a los nuevos preceptos marcados por los norma estatutaria. Dentro de ese proceso, una de las adaptaciones que requería mayor urgencia era la normativa electoral, debido a la celebración permanentemente de procesos electorales tanto a órganos colegiados como a órganos unipresenciales. El hecho de que la modificación del reglamento venga propuesta por el Consejo de Gobierno obedece a la modificación estatutaria que marca que la misma deba ser aprobada por el claustro y es un paso necesario “que permite unas reglas de juego estables en los distintos procesos electorales que hay en la Universidad”. 

La presidenta de la Comisión Electoral y vicerrectora de Relaciones Internacionales de la Universidad de Córdoba, Nuria Magaldi Mendaña, ha explicado que los cambios introducidos responden a una adaptación técnico jurídica del reglamento a los nuevos Estatutos. Entre los aspectos que han variado, Magaldi halcitado la modificación de los sectores de pertenencia a efectos de censo y de votación tanto en las elecciones a rector y claustro, junta de centro y director o decano o elecciones a representantes de los distintos colectivos en consejo de Departamento. El nuevo reglamento establece la distinción de profesorado doctor con vinculación permanente o profesorado no doctor. También se han modificado normas en materia de delegación de competencias, se ha establecido regulación electoral en los consejos de doctorandos de la Universidad y de los institutos universitarios de investigación y se ha establecido la celebración conjunta de las elecciones a junta de centro y de decano o director.

Junto a ello se ha procedido en algunos casos a clarificar la redacción de algunos preceptos, mejoras de estilo,  y  a regular algunas cuestiones que no estaban bien resueltas o reguladas en el texto anterior.  Entre ellas, se ha concretado que el estudiante que pertenece a la comisión electoral tiene un mandato de una duración de un año, regulado las competencias electorales de secretarios de Centro y  de Departamento, habilitado a la Comisión electoral para que se adopten diversas medidas y establecido diversas regulaciones.

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