INCLUSIÓN EN LEY 20/2021 DE LAS PLAZAS QUE QUEDARAN DESIERTAS EN LOS PROCESOS DE PAS LABORAL EN DESARROLLO. ACTUALIZACIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO PAS LABORAL.

Rector
Gerencia
Director del Área de RRHH
Fecha: 11 de mayo de 2022
Asunto: Inclusión plazas desiertas en acuerdo Ley 20/2021. Bolsas PAS Laboral.

EXPONE

INCLUSIÓN EN LEY 20/2021 DE LAS PLAZAS QUE QUEDARAN DESIERTAS EN LOS PROCESOS DE PAS LABORAL EN DESARROLLO

En su disposición primera “Finalidad y objeto de los procesos”, se incluyó la modificación propuesta por el C.E., a instancias de UGT, de un párrafo que posibilita que en el acuerdo se incluyan plazas afectadas que quedaran desiertas al finalizar los procesos que se encuentren en desarrollo y afecten a plazas que se puedan computar en la aplicación de la Ley 20/2021 (texto en amarillo del primer párrafo de la propuesta del CE de 27-4-2022, aprobado por la mayoría absoluta de los 7 delegados y delegadas de UGT):

INCLUSIÓN EN LEY 20/2021 DE LAS PLAZAS QUE QUEDEN DESIERTAS EN LOS PROCESOS DE PAS LABORAL EN DESARROLLO
Tal como se concreta en el apartado segundo del artículo 2 de la Ley 20/2021, las ofertas de empleo que articulen los procesos de estabilización deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022.

Actualmente se están desarrollando procesos selectivos de estabilización que incluyen un gran número de plazas que podrían incluirse en el acuerdo de la OPE de la Ley 20/2021, a tenor del citado párrafo. Teniendo en cuenta que los procesos acumulan retrasos desde que se incluyeran las plazas en sus correspondientes OPEs anuales, algunos desde 2017, creemos que es urgente que desde Gerencia se hagan las oportunas gestiones con la Administración Central para garantizar que las plazas que quedaran desiertas y cumplan los requisitos de la Ley 20/2021 se puedan incluir en su ámbito de aplicación, aunque los procesos finalicen después del 1 de junio de 2022.

Así mismo y desde el respeto a la independencia de las actuaciones de los tribunales de selección, consideramos que, conforme a lo establecido en la base 7.5 de las convocatorias, el tribunal correspondiente deberá "publicar en la página web de la Universidad de Córdoba la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo [...] en la que constarán las calificaciones obtenidas en la fase de oposición, las puntuaciones de la fase de concurso y la puntuación final, constituida por la puntuación total de ambas fases". En ese momento y previamente a la finalización del proceso mediante la propuesta al Rector de las personas aspirantes definitivamente aprobadas, que  "no podrá superar el número de plazas convocadas", aquellos opositores que hubieran obtenido plaza en otros procedimientos podrían tomar la decisión personal de solicitar su exclusión del proceso que ya no fuera de su interés. Por supuesto, tanto esta propuesta como cualquiera otra que se planteara, deberá estar avaladas jurídicamente.


ACTUALIZACIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO DE PAS LABORAL

Los citados procesos selectivos se acordaron en 2020, por lo que no incluyeron las garantías para el personal interino que proporciona la Ley 20/2021. Aun así, la propuesta de acuerdo de bolsas del CE de 26 de mayo de 2020, una vez que fue aceptada por la Gerencia al día siguiente, incluyó una salvaguarda para aquellas personas interinas que no obtengan plaza, garantizando que se haga un llamamiento tras la adjudicación de plazas del procedimiento, para cubrir todas las necesidades de contratación empleando el orden de la bolsa actual, previamente a la constitución de la nueva bolsa.

Aunque en la sesión del Comité de Empresa del viernes 11 de febrero, se aprobó una nueva propuesta del C.E. a Gerencia para que el personal interino que no obtuviera plaza en los procesos en curso se beneficiara de las nuevas medidas de la Ley 20/2021, desde Gerencia NO se ha dado la oportunidad de negociar su aplicación. Como UGT hemos solicitado su estudio tanto al actual rector como a los dos candidatos. Desde el propio Comité de Empresa PAS se han remitido esa propuesta a los candidatos a rector, tras acordarlo en la sesión de 27 de abril.

Como parece ser que el equipo de gobierno saliente NO quiere negociar la mejora de los acuerdos de bolsas, según la Gerente porque no quiere incluir en las bolsas a los opositores suspensos, y otra organización sindical insiste en hacer interpretaciones sobre la propuesta de UGT que fue aprobada por el Comité de Empresa PAS, nos vemos obligados a aclarar algunas cuestiones que ya se explicaron en nuestro artículo de UGT Informa (16/2/2022): Propuesta de C.E. a Gerencia de 11-2-2022 sobre NUEVO ACUERDO BOLSAS:
  • Inclusión en la bolsa de personal interino que no supere fase de oposición: Desde UGT venimos defendiendo los intereses del personal interino sin descanso y sin caer en la demagogia que emplean otros. Tal como venimos defendiendo públicamente, defenderemos el derecho del personal interino a seguir trabajando, con cargo a las correspondientes bolsas de empleo, aunque no superen la fase de oposición de los procesos en curso. Esto ha sido avalado por la Ley 20/2021 que permite incluir a este personal en nuevas bolsas o en las existentes.
Aunque en el acuerdo de C.E. de 11 de febrero de 2022 se podría haber hecho de otra forma (dudamos que mejor), la realidad es que en el ARTÍCULO 4. CONSTITUCIÓN Y VIGENCIA DE LAS BOLSAS se propone que las nuevas bolsas se constituyan siguiendo el siguiente orden que no deja fuera a ningún opositor:
    • Personal interino de la bolsa vigente que haya superado fase de oposición.
    • Personal interino de la bolsa vigente que NO haya superado fase de oposición.
    • Personal interino de bolsa anterior que haya superado fase de oposición.
    • Resto de opositores (Personal NO interino).
  • Comisión de valoración de méritos: Tal como explicamos en el citado UGT Informa de 16 de febrero, las convocatorias de los procesos en curso instan al tribunal a que valore los méritos de las personas que superen la fase de oposición, pero NO valorarán los méritos de los suspensos. Aunque UGT planteó la posibilidad de que la Comisión de Bolsas, compuesta por Equipo de Gobierno, presidente y secretario del C.E. y 1 representante de cada una de las tres organizaciones sindicales, podríamos estudiar cualquier otra propuesta que se haga. Resultando curioso que quienes unas veces critican que en los tribunales no están representados los sindicatos ahora quieran que en lugar de que participe la Comisión de Bolsas lo haga el mismo tribunal, desde UGT no tendríamos inconveniente en que, por ejemplo, el Rector nombrara comisión de valoración de los méritos de las personas que no hayan superado la fase de oposición a las mismas personas que han formado parte del correspondiente tribunal.

Siendo conscientes de que esa Gerencia se ha negado a incluir en las bolsas al personal interino que no supere la fase de oposición, creemos que la modificación o creación de bolsas derivadas de los procesos en curso y a punto de finalizar deberán hacerse una vez que el Comité de Empresa PAS tenga la oportunidad de negociar las posibles mejoras con el equipo rectoral resultante de las elecciones de 19 de mayo.


SOLICITAMOS

En consecuencia con todo lo anteriormente expuesto, se SOLICITA:

  • Que desde Gerencia se hagan las oportunas gestiones con la Administración Central para garantizar que las plazas que quedaran desiertas de los procesos en curso y cumplan los requisitos de la Ley 20/2021 se puedan incluir en su ámbito de aplicación, aunque los procesos finalicen después del 1 de junio de 2022.
  • Que se solicite a Asesoría Jurídica informe urgente sobre la posibilidad de que previamente a la finalización de los procesos mediante la propuesta al Rector de las personas aspirantes definitivamente aprobadas, en aquellas convocatorias en las que se establezca que "no podrá superar el número de plazas convocadas", aquellos opositores que hubieran obtenido plaza en otros procedimientos puedan tomar la decisión personal de solicitar su exclusión del proceso que ya no fuera de su interés.

Del mismo modo, cualquier otra posible actuación al respecto deberá contar con informe jurídico favorable para evitar poner en riesgo la validez de los procesos.

  • Que la modificación o creación de bolsas derivadas de los procesos en curso y a punto de finalizar no se realicen hasta que el Comité de Empresa PAS tenga la oportunidad de negociar las posibles mejoras con el equipo rectoral resultante de las elecciones de 19 de mayo.
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