UGT Informa: Una Sentencia da la razón a UGT y el Comité de Empresa PAS sobre la OPE de 2019 y la aplicación del artículo 18 del Convenio Colectivo, condenando a CCOO (19/10/2020)

Sentencia 115/2020 Recurso Contencioso Administrativo CCOO OPE UCO 2019El pasado 10 de octubre de 2019 se celebró una sesión del Comité de Empresa PAS en el que, entre otros puntos, se trató la propuesta de Gerencia de "Oferta pública de empleo 2019" (Ver punto 5.2 en pág. 5). A propuesta de UGT, tras un debate donde se estudiaron las plazas ofertadas a OPE de 2019, resultado de aplicar la tasa de reposición a las plazas que habían quedado vacantes durante 2018 en cada área, se acordó por unanimidad proponer a la Universidad que se mantuviera la masa salarial de cada Área, ofertando las plazas que han quedado vacantes conforme al orden de prelación establecido en el artículo 18. Provisión de plazas del IV Convenio Colectivo.

Esto fue trasladado a Gerencia durante la reunión que se desarrolló ese mismo día, respondiendo por correo el Director de RRHH con el siguiente literal: "Siguiendo indicaciones de la Gerente, le informo que valorada la posibilidad de que alguna de las plazas de la OPE sean previamente ofertadas en un concurso de traslados o a  promoción interna no se estima oportuna en estos momentos. Manteniéndose el compromiso de no perder masa salarial." (
Ver entrada 1128 en punto 13 en pág. 12).
  

El pleno del Comité de Empresa PAS se reafirmó en esa misma sesión del 10 de octubre en su acuerdo, lo que fue trasladado a la Gerencia.

El 21 de octubre de 2019, tras estudiar la propuesta de Gerencia que había remitido 3 días antes, documento que se anexó al traslado de acuerdo para vincular su cumplimiento, en la que había atendido la solicitud del CE incorporando a su propuesta de OPE una serie de promociones internas en las áreas donde se habían ocasionado las vacantes en 2018, con los votos de la mayoría absoluta de UGT se aprobó esa propuesta al considerar que daba respuesta a lo planteado el 10 de octubre y suponía beneficios para el PAS Laboral:
  • Manteniendo la masa salarial en las áreas donde se generaron las vacantes mediante procedimientos promoción interna y nuevo acceso.
  • Garantizando la realización de concurso de traslados con carácter previo a la adjudicación de plazas del procedimiento de nuevo acceso.
En aquel momento lamentamos que las otras organizaciones sindicales no compartieran nuestra visión constructiva de cómo se debía aplicar el artículo 18 del Convenio Colectivo en un contexto de tasa de reposición, que GARANTIZA los procedimientos de TRASLADO, PROMOCIÓN INTERNA y ACCESO OPE. 

Unos meses después publicamos un artículo en el que se ejemplificaba el resultado de este acuerdo: UGT Informa sobre Procedimientos de Provisión de Plazas en Área de Conserjería: TRASLADO, PROMOCIÓN INTERNA y ACCESO OPE.

Pero nuestros compañeros en Comité de Empresa PAS, lejos de asumir responsablemente la validez de los acuerdos avalados por los resultados de las elecciones sindicales de 2019, interpusieron recurso contencioso-administrativo contra la OPE de 2019, solicitando se dejara sin efecto, lo que pondría en peligro el cumplimiento de la integridad del acuerdo (TRASLADO, PROMOCIÓN INTERNA y ACCESO OPE).

De todo esto no nos enteramos por ellos, sino por la publicación de la SENTENCIA nº 115/2020 del JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NÚMERO TRES DE CÓRDOBA, que desestimó íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por CCOO, con expresa imposición de costas a la parte demandante.

Consultar la SENTENCIA nº 115/2020 del JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NÚMERO TRES DE CÓRDOBA (+)

Esta sentencia refuerza la estrategia negociadora de UGT que sigue generando beneficios para el PAS Laboral, fijo e interino:
  • Manteniendo la masa salarial en las áreas donde se generaron las vacantes mediante procedimientos promoción interna y nuevo acceso.
  • Garantizando la realización de concurso de traslados con carácter previo a la adjudicación de plazas del procedimiento de nuevo acceso.
SEGUIREMOS TRABAJANDO CON NUESTRA FORMA DE HACER LAS COSAS («Ladran, luego cabalgamos»)

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