UGT RESUME EL ACUERDO SINDICATOS – GOBIERNO EN LAS AA.PP. 2022- 2024 (3/10/2022)
De entre todos los detalles que se desarrollan en los distintos apartados desde la perspectiva de un acuerdo global para todas las Administraciones Públicas, desde UGT en la UCO destacamos algunos aspectos que pueden apoyar las negociaciones pendientes de desarrollar en nuestra Universidad:
- Demuestra una corresponsabilidad sindical en el ámbito de las Administraciones Públicas, contribuyendo a amortiguar los negativos efectos de la actual crisis para todos los empleados públicos.
- Tiene una incidencia directa sobre el bolsillo de más de tres millones de empleados públicos, fijando una subida salarial del 9,5% entre 2022 y 2024.
- Se rescata la redacción original del artículo 67 del EBEP (letra d del apartado 1), que alude a la jubilación parcial de los empleados públicos (incluido el personal Funcionario).
- Percepción integra de salarios en situación de incapacidad temporal, durante todo el tiempo de permanencia en dicha situación, hasta alcanzar el 100% del salario percibido.
- Se avanza en igualdad de género para hacer exigible la negociación de Planes de Igualdad, protocolos de acoso, etc. En nuestra Universidad ya se ha convocado a los órganos de representación para el estudio del III Plan de Igualdad.
- Se acuerdan medidas de mejora de la calidad del empleo público:
- Flexibilización y potenciación de la promoción interna y sus mecanismos.
- Actualización de los perfiles profesionales (adaptación a las nuevas funciones, actividades, formación y titulaciones).
- Actualización de los mecanismos y pruebas en los procesos de selección (agilidad, transparencia, adaptación a las funciones a realizar, actualización y reducción de temarios, becas al opositor, etc.).
- Plena aplicación del sistema de clasificación profesional del artículo 76 del EBEP (Grupo B, entre otros).
- Aplicación de medidas para la atracción y retención del talento.
MÁS SALARIOS
A diferencia de crisis anteriores, en las que las medidas del Gobierno de turno se dirigieron a recortar los salarios y derechos de los empleados públicos (RDL 8/2010: -5% de reducción generalizada en salarios y RDL 20/2012: supresión de paga extraordinaria y recorte de derechos y condiciones laborales), el presente Acuerdo incrementa los salarios del conjunto de los empleados públicos, Administraciones Públicas y Sector Público Empresarial, amortiguando los incrementos del coste de la vida reflejados en el IPC.
A tener en cuenta:
- El último incremento salarial similar al acordado se retrotrae a 2009 (un incremento del 3,5%).
- En el II Acuerdo para la mejora del empleo, también a 3 años (2018 – 2020), la subida prevista era menor: entre el 6,90% (mínimo) y el 8,79% máximo.
- Primera vez que se revisa el salario en el mismo año, con efectos retroactivos y consolidables (año 2022 con el 1,5% adicional).
- Con la debida cautela, se puede afirmar que los criterios empleados para la aplicación de los incrementos salariales variables son creíbles y realizables.
- Va a contribuir a la mejora de la economía y el consumo.
AÑO
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SUBIDA FIJA
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SUBIDA VARIABLE
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TOTAL
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2022 |
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2023 |
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fijo: 2,5% variable: 1% |
2024 |
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fijo: 2,%. variable: 0,5% |
TOTAL | 8% | 1,5% | fijo: 8% variable: 1,5% |
MÁS DERECHOS
- Eliminación de las limitaciones que impiden la negociación e implantación de una jornada ordinaria de 35 horas (o inferior) en las Administraciones Públicas (ahora condicionado al cumplimiento de la regla de gasto, déficit público y deuda pública.
- Rescatar la redacción original del artículo 67 del EBEP (letra d del apartado 1), que aluda a la jubilación parcial de los empleados públicos (incluido el personal Funcionario).
- Percepción integra de salarios en situación de incapacidad temporal, durante todo el tiempo de permanencia en dicha situación, hasta alcanzar el 100% del salario percibido.
- Recuperación del carácter mínimo de los permisos de los empleados públicos del artículo 48 del EBEP y las vacaciones del artículo 50 del EBEP, permitiendo su posible ampliación mediante la negociación colectiva.
- Se avanza en igualdad de género para hacer exigible la negociación de Planes de Igualdad, protocolos de acoso, etc. (se modifica la Disposición Adicional 7ª del EBEP).
- Los firmantes del Acuerdo desarrollarán y negociarán, los extremos del proceso de Digitalización de las Administraciones Públicas.
- Posible negociación de nuevos derechos sindicales, que superen los mínimos legales.
MÁS Y MEJOR EMPLEO PÚBLICO
- Flexibilización y potenciación de la promoción interna y sus mecanismos.
- Actualización de los perfiles profesionales (adaptación a las nuevas funciones, actividades, formación y titulaciones).
- Actualización de los mecanismos y pruebas en los procesos de selección (agilidad, transparencia, adaptación a las funciones a realizar, actualización y reducción de temarios, becas al opositor, etc.).
- Plena aplicación de la clasificación profesional del artículo 76 del EBEP (Grupo B, entre otros).
- Aplicación de medidas para la atracción y retención del talento.
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