Page 44 - Manual GECISO. Volumen I.
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Manual GECISO. Volumen I
4. el esquema de CertIfICaCIón GeCIso
  Red GECISO
El Comité de Supervisión está formado por una Red de Investigadores, miembros de las Entidades de Certificación (EC) que quieran operar en el sistema y representantes de las CCAA que adopten el ET GECISO como sistema para autorizar el uso de su marca propia de Calidad Cinegética.
La Red de Investigadores (RED GECISO) se forma en 2016 fruto de un proyecto en- marcado dentro del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica de Innovación del Ministerio de Economía y Competitividad para dinamizar redes de excelencia y fomentar la cooperación científica entre grupos a nivel estatal. Integran la RED GECI- SO científicos provenientes de universidades y grupos de investigación a nivel nacio- nal y autonómico.
El cometido principal de la RED GECISO es emitir las Normas para la certificación bajo el estándar técnico GECISO que contengan los Requisitos y los Indicadores y elaborar metodologías normalizadas para el control y seguimiento de los Indicadores de Gestión Cinegética Sostenible.
Las CCAA con marcas propias de calidad cinegética y caza sostenible como la marca “Calidad Cinegética de Andalucía”, “Caza Natural de Extremadura” o “Caza Natural de Castilla La Mancha” que lo deseen pueden formar parte del Comité de Supervi- sión para participar activamente en las revisiones de las Normas de Certificación del ET GECISO.
La Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) acredita la competencia, independen- cia e imparcialidad de las organizaciones que cumplan los requisitos establecidos para operar como Entidades de Certificación (EC). Estas EC serán las encargadas de auditar los Sistemas de Gestión de los aprovechamientos cinegéticos mediante eva- luaciones de la Unidad de Gestión que forma el coto.
En el caso de que la Unidad de Gestión cuente con un Sistema de Gestión Cinegéti- co Sostenible (SGCS) debidamente implantado por el Gestor del coto que cumpla con los Requisitos de GECISO la EC otorga el derecho de uso del Certificado GECI- SO al Titular del aprovechamiento cinegético del coto.
El titular del coto podrá obtener el uso de la marca propia de cada comunidad autó- noma solicitándolo en la delegación correspondiente.
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