Desde hace décadas, y de manera especial tras el estallido de la crisis que derivaría en la Gran Recesión (2008-2014), en los países más desarrollados se han impulsado una serie de reformas para flexibilizar las relaciones laborales.

 

La empresas puede ser responsables penales de delitos de sus empleados. 

La reforma del Código Penal obliga a que las empresas trabajen para evitar esos delitos. 

Si las empresas no tienen un modelo de prevención eficaz pueden considerarse  responsables de delitos. 

Hoy en día no existe un modelo que sirva de ejemplo a todas las compañías. Cada empresa es libre para redactar el suyo. 

El investigador de la Universidad de Córdoba Rafael Aguilera ha redactado las bases de un modelo a seguir. Con ese modelo quiere acabar con la delincuencia económica y el crimen organizado.

El modelo de la UCO utiliza las matemáticas y la inteligencia artificial para acabar con los delitos en las empresas. 

Ese modelo permite predecir los delitos. Lo hace estudiando a los trabajadores, sus acciones y sus preferencias. 

 

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 La UCO diseña las bases de un modelo para la prevención de prácticas delictivas en las empresas si quieren librarse de responsabilidad penal ante la comisión delitos protagonizados por sus directivos o empleados

Cuando la Audiencia Nacional confirmó el procesamiento de Neymar y el F.C. Barcelona por el fichaje del jugador o se descubrió el fraude de las emisiones por el trucaje de los motores por parte de Volkswagen ya existía en el ordenamiento español una norma que promovía que las empresas se dotasen de un modelo de prevención de delitos o compliance program. Así quedó claramente fijado a través de la reforma del Código Penal operada por Ley Orgánica 1/2015; si las empresas no cuentan con un modelo de prevención eficaz, es probable que sean declaradas penalmente responsables por determinados delitos cometidos por alguno de sus miembros. La adopción y aplicación decidida de estos modelos o compliances presupone que la compañía tiene, al menos, la intención de que en su seno nadie comenta delitos vinculados a las actividades corporativas -estafa, corrupción, delitos contra el medio ambiente, contra la hacienda pública, etc.- , como precisamente aconteció en el «caso Neymar» o parece que haber sucedido en el «caso Volkswagen».