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OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Reconocer los méritos en la actividad investigadora desarrollada por el profesorado universitario y por el personal investigador de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado que cumpla con los requisitos indicados en los apartados 3 y 4 del presenta anexo, e incentivar su ejercicio, su calidad y su relevancia e impacto.

REQUISITOS PARA EL PROFESORADO UNIVERSITARIO

  • ¿Quién puede solicitarlo?  Funcionario/a de carrera o interino/a a fecha 31 de diciembre de 2023 de los siguientes cuerpos docentes universitarios:

Catedráticos/as de Universidad

Profesores/as Titulares de Universidad

Catedráticos/as de Escuela Universitaria

Profesores/as Titulares de Escuela Universitaria

  • Efectos económicos se iniciarán 1 de enero de 2024.

  • Requisitos personal investigador funcionario de carrera de Organismo públicos de la A.G.E. en situación de servicio activo o equivalente:
    • Profesor/a de investigación
    •  Investigador/a científico/a
    •  Científico/a Titular
  • Documentación
    1. Impreso de solicitud generado y firmado por el/la solicitante.
    2. Currículo que se general al cumplimentar la solicitud con hasta un máximo de cinco aportaciones
    3. Curriculum vitae (se recomienda el de la FECYT). Deberá contener:
    4. Hoja de servicios original actualizada…

    ANECA podrá solicitar documentos originales

    Consultas: ANECA RESPONDE accesible desde la página web a través de este enlace: https://ayuda.aneca.es

Cada aportación deberá incluir:

  • Datos necesarios para su identificación.
  • Identificador persistente (DOI, Handle, ARK, SWHID, o, en general, una URI/URL única permanente).
  • Archivo PDF de publicaciones que no se encuentren en Acceso Abierto
  • Archivo PDF justificativo en caso imprescindible
  • Breve resumen con objetivos y resultados más sobresalientes. Se podrán sustituir los resúmenes individualizados por uno solo que se refiera a todas ellas.
  • Indicios de relevancia e impacto:
    • Contribución de la aportación al progreso del conocimiento
    • Impacto científico en la aportación
    • Impacto social de la aportación
    • Contribución de la aportación a la ciencia abierta

Dos aportaciones sustitutorias de calidad insuficiente para alcanzar la puntuación mínima requerida.

  • Instrucción del procedimiento de evaluación:

Juicio técnico se expresará en términos numéricos de cero a diez, siendo preciso un mínimo de seis puntos para obtener una evaluación positiva en un tramo de seis años.

  • Criterios de evaluación: 

Artículo 7 de la Orden de 2 de diciembre de 1994 y en el apartado tercero de la Orden CNU/1181/2019, de 3 de diciembre.  

Se complementan con los criterios de evaluación generales y específicos en la resolución de la CNEAI de 5 de diciembre de 2023.

  • Resolución

Plazo de resolución: seis meses desde la apertura de la convocatoria (22 de enero).

Se notificará a cada solicitante mediante notificación electrónica.

  • Recursos

Interposición de recurso de alzada ante la Directora de ANECA, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.3 del Estatuto de ANECA, aprobado por Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre.