Modificación sustancial de las condiciones de trabajo de las funciones administrativas en los Departamentos.
A la atención de la Sra. Gerente de la Universidad de Córdoba.
La Sección Sindical de CSIF, visto su escrito de fecha 13 de junio de 2019 y su posterior publicación en “Novedades de la UCO”, sí observa una clara discrepancia entre las Funciones Específicas del Área de Departamentos acordadas en Mesa de Negociación y Consejo de Gobierno de fechas 13 de febrero y 27 de marzo de 2009, respectivamente, y lo aprobado por Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2019, al disponer en el punto 7 que “El personal de Administración y Servicios de los diversos departamentos vendrá obligado a colaborar en la gestión de la contratación menor que se derive de las funciones docentes, investigadoras o de transferencia de la actividad del departamento a fin de que se cumplan los requerimientos establecidos en el presente acuerdo”.
En el párrafo séptimo del primer punto del Catálogo de Funciones Específicas del Área de Departamentos se establece el “apoyo, asistencia y asesoramiento a Proyectos, Grupos y Profesorado en la Gestión Económica”, entrando en colisión con lo estipulado en el citado punto 7 del reciente acuerdo de Consejo de Gobierno.
Asimismo, contradice lo citado en su instrucción 3/2015 “Sobre el abono de retribuciones al PAS y al personal contratado con cargo a unidades de gasto por su participación en contratos/proyectos de investigación u otras colaboraciones (excluido art. 83), así como de gratificaciones extraordinarias”.
Esta Sección Sindical considera, manifestado lo anterior, que este tema tendría que haber sido negociado, y así fue solicitado por los tres Sindicatos el pasado 24 de mayo de 2019, dado que modifica sustancialmente las condiciones de trabajo de los compañeros afectados. A tales efectos, el 12 de junio de 2019 CSIF y CCOO han presentado conjuntamente un recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Rector Magnífico contra el acuerdo adoptado por Consejo de Gobierno de 13 de mayo al que usted alude en su escrito.
Por todo lo expuesto anteriormente, esta Sección Sindical de CSIF solicita que convoque urgentemente a los representantes legales de los trabajadores.
Hacienda anuncia la subida del 0,25% en Julio.
Hacienda anuncia la subida del 0,25 por ciento en julio para los empleados públicos, tras la petición de CSIF
- CSIF pide a comunidades autónomas, ayuntamientos y universidades que actualicen también las nóminas de sus empleados públicos
La ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero, anunció ayer que tiene previsto incluir en las nóminas de julio la subida salarial del 0,25 por ciento para los empleados públicos (subida adicional vinculada a los objetivos del PIB) en la nómina de julio de la Administración General del Estado.
Este anuncio se produce un día después de que la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, registrara una petición formal al Ministerio de Función Pública para abordar esta cuestión. CSIF pide a comunidades autónomas, ayuntamientos y universidades que actualicen también las nóminas de sus empleados públicos. Esta subida supondrá una media de 70 euros al año.
El pasado 29 de marzo, cuando se conoció el cierre del PIB correspondiente a 2018, CSIF ya reclamó al Gobierno que hiciera efectiva la subida salarial pactada del 0,25 por ciento.
El acuerdo en materia de retribuciones vigente establece una subida del 0,25 por ciento –adicional a la del 2,25 ya aplicada— ligada a un objetivo del PIB del 2,5 (los datos publicados ayer por el INE sitúan en el 2,6 el crecimiento del PIB en 2018. Por tanto, el Gobierno debe aplicar la subida para que entre en vigor en julio, tal y como establece el acuerdo.
El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 8 de enero la subida salarial para los empleados públicos del 2,25 por ciento. A este respecto, recordamos que en esa ocasión el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, también realizó este anuncio después de las protestas convocadas por CSIF.
En todo caso, CSIF ha registrado en el Ministerio de Función Pública una petición formal para abordar con el Gobierno una en funciones una hoja de ruta para abordar estas cuestiones de retribuciones, así como el retraso en los procesos de estabilización de empleo, o el hecho de que los funcionarios aún no hayan recibido la devolución correspondiente al IRPF por los permisos de paternidad y maternidad.
Sigue sin abonarse la subida salarial del EPIF.
La mayoría de los investigadores predoctorales en universidades siguen sin la subida salarial del EPIF
- Ni el Ministerio de Ciencia ni las Universidades ponen fondos para abonar el incremento retributivo contemplado en el Real Decreto.
- CSIF apoya las movilizaciones que empiezan a fraguarse en las Universidades públicas.
Resulta lamentable e indignante que la subida salarial media de 110 euros que, según el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, debía hacerse efectiva el 16 de marzo, siga sin llegar en junio a los investigadores predoctorales en la mayoría de las universidades públicas del país.
¿Para qué se ha publicado entonces el Estatuto del Personal Investigador predoctoral en Formación? ¿Quién es responsable de una chapuza normativa que permite dejar sin cumplir la única medida positiva que contiene? Recordamos la disposición que indica que su aplicación no supondrá incremento del gasto público, así como la delirante ausencia de memoria económica.
Ni a los investigadores ni a CSIF convencen las excusas fútiles del Ministerio de Ciencia sobre la prórroga de Presupuestos ni el riesgo de generación de déficit que aducen las Universidades. Tampoco los recursos que están planteando algunas universidades y unos informes jurídicos ad hoc que, al final, muestran el resultado buscado por las partes.
Alguien tiene que pagar ya el incremento salarial y hay que hacerlo no sólo para los contratos que surjan de próximas convocatorias sino también para los que estaban en vigor en el momento de la publicación del Decreto. Desde luego, para CSIF y para 10.000 investigadores, la solución no puede esperar a los siguientes presupuestos ni a disposiciones judiciales.
Desde CSIF apoyamos cuantas movilizaciones se realicen para forzar al Ministerio, las Universidades y las Comunidades Autónomas a abonar una pequeña subida salarial que lleva más de 7 años de retraso y que puede empezar a mitigar la precaria situación de los investigadores predoctorales.
Proceso de Reestructuración Departamental UCO
En relación con el proceso de reestructuración departamental iniciado por el Equipo Rectoral, CSIF quiere informar a sus afiliados y representados, así como a la comunidad universitaria en general, que las Secciones Sindicales han sido informadas, pero no convocadas para negociar en las Mesas correspondientes las condiciones laborales de los trabajadores involucrados en dicho proceso.
A tales efectos, los Directores de los departamentos afectados, fueron informados por el Rector acerca de la decisión del Equipo, de regular la situación de aquellos departamentos de la UCO que no cumplen con el número mínimo de profesorado permanente marcado por la normativa para poder constituir un departamento. El principal objetivo de tal medida sería “adaptar la organización y el funcionamiento de los departamentos universitarios a los cambios normativos”, pero también “conseguir una estructura más homogénea y eficiente”.
Asimismo, las tres organizaciones sindicales con representación (CSIF, CCOO y UGT) mantuvieron una breve reunión, convocada por el Rector para informar sobre la intención de proceder a una reestructuración en los departamentos y esbozar como afectaría la medida al PAS adscrito a los mismos.
Desde CSIF no se cuestiona la potestad del Equipo de Gobierno para llevar a cabo dicha reestructuración, pero sí se echa en falta un mayor grado de consideración y transparencia para con el PAS afectado, parte integrante e imprescindible en la estructura departamental, así como la negociación de acuerdos relevantes previo al proceso ya iniciado para definir las condiciones laborales del personal implicado a través de los representantes sindicales en las correspondientes Mesas.
A tal fin, el pasado día 24 de mayo se solicitó por los tres sindicatos se convocara la Mesa General de Negociación para tratar el tema, todavía no hemos recibido respuesta a dicha solicitud.
Artículo de Opinión: Sobre Tribunal Concurso-Oposición de la escala Auxiliar Administrativo.
OPINIÓN RECIBIDA POR ESTA SECCIÓN SINDICAL
A la atención de los Sres./Sras. del Tribunal del Concurso-Oposición de la escala Auxiliar Administrativo.
Queridísimos Sres./Sras., ¿el por qué no se reúnen? No lo sabemos, información tenemos poca de este procedimiento, pero claro, ya sabemos que esta casa (la Uco) es precaria en dar algún tipo de información de cualquier asunto que concierne a sus trabajadores; ellos no piensan que detrás de cualquier procedimiento de “Convocatoria de Empleo” existen personas que están preocupadas, no somos números ni códigos.
Por favor, os pedimos, os solicitamos, os rogamos que se convoque este Tribunal, Sra. Presidenta, le recordamos que desde antes del día 8 de Febrero no se ha vuelto a convocar a dicho Tribunal - ¿el por qué? no se sabe.
- ¿Existe algún problema?
- ¿Tienen mucho trabajo?
- ¿Están como miembros de otros tribunales?
Eso no es un problema de las personas que están inmersas en los procedimientos de convocatorias de empleo, saquen más tiempo para poder reunirse o bien haber pensado antes si con las tareas de su puesto de trabajo y horas laborales podían hacer frente a los trabajos que deben realizar las personas que componen un tribunal, pero claro eso se debe saber antes de los nombramientos, por favor un poco de seriedad y responsabilidad.
Les recordamos, por si no lo saben o lo han olvidado, que el Artículo 54 del “Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público”, en su apartado 2, dice:
- “El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo, se realizará de FORMA DILIGENTE y cumpliendo la jornada y horarios establecidos”. Es decir, que el personal que forma el Tribunal, debe ser convocado y reunirse una vez terminada la jornada de trabajo, es así ¿no?
Igualmente, por si no lo saben o lo han olvidado, el Artículo 55 del “Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público”, en su apartado 2, dice:
2. Las Administraciones Públicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 del presente Estatuto seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación:
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
f) AGILIDAD, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
No sabemos lo que el Tribunal entiende por la palabra “AGILIDAD”, nos gustaría mucho que nos dieran una explicación del por qué se paraliza tanto este procedimiento.
Estimados Sres./Sras., esperamos y deseamos que terminen el proceso, antes de navidad por lo menos, si es posible.