UGT Informa: La UPO publica convocatoria de concurso de méritos para estabilización PAS. ANEXO III Baremo del concurso. (18/4/2022)

La Universidad Pablo de Olavide (UPO) ha publicado en BOJA y BOE la Resolución de 30 de marzo de 2022, por la que se convoca concurso, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, para la provisión de plazas de personal laboral (Grupos I, II, III y IV):
Resultará interesante, especialmente para el personal interino afectado, analizar el ANEXO III Baremo del concurso (máximo 100 puntos), fruto de un acuerdo marco entre las 10 gerencias de las Universidades Públicas de Andalucía, sin que hayan participado las organizaciones sindicales a nivel autonómico.

Experiencia profesional (máximo 60 puntos)
Se valorará la experiencia adquirida dentro del área profesional en que esté clasificada la plaza a la que se concursa, con las siguientes puntuaciones:
a) Experiencia en la misma o superior categoría profesional del IV Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de Andalucía: 0,4 puntos por mes completo o fracción.
b) Experiencia profesional en cuerpos, escalas o categorías análogas a la convocada, de otras Administraciones Públicas: 0,3 puntos por mes completo o fracción.

En coherencia con la finalidad expresada en la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, los servicios prestados en puestos de las anteriores características desde el día 1 de enero de 2016 se ponderarán aplicando un coeficiente multiplicador de 1,65 sobre la puntuación correspondiente a cada mes o fracción.

La documentación acreditativa para justificar la experiencia profesional será: Certificación administrativa oficial de los servicios prestados o copia del contrato de trabajo, certificado de la Administración Pública, con breve enumeración de funciones realizadas e informe de cotizaciones donde conste período y grupo de cotización expedido por Entidad Gestora de la Seguridad Social (vida laboral).

Antigüedad (máximo 10 puntos)
Se valorará la antigüedad reconocida por cualquier Administración Pública, a razón de 0,1 puntos por cada mes completo de servicios.

La documentación acreditativa para justificar la antigüedad será la certificación administrativa oficial de los servicios reconocidos en cualquier Administración Pública.

Formación (máximo 20 puntos)
En este apartado se valorarán la posesión de titulaciones superiores a la exigida para el ingreso en la categoría profesional, el conocimiento acreditado de idiomas y los cursos de formación complementaria realizados por las personas aspirantes. En el supuesto de que un mismo mérito de formación se ponga de manifiesto en distintos títulos o certificados de idéntico o similar contenido, dicho mérito se valorará por una sola vez, en el subapartado en que obtenga mayor puntuación.

1. Titulaciones académicas:
Se valorará estar en posesión de titulaciones oficiales adicionales a la alegada como requisito de ingreso, según su equivalencia en el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES). En caso de estar en posesión de más de una titulación, solo se valorará la del nivel más alto, según la siguiente escala:
  • Nivel MECES 1: 1 punto.
  • Nivel MECES 2: 2 puntos.
  • Nivel MECES 3: 3 puntos.
  • Nivel MECES 4: 4 puntos.
La documentación acreditativa para justificar las titulaciones serán las copias de las Titulaciones Oficiales.

2. Idioma:
Se valorará el conocimiento de inglés según la escala del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER), acreditado mediante un título expedido por la Escuela Oficial de Idiomas u otra entidad certificada. En caso de aportar más de una acreditación, se valorará únicamente la de nivel superior, según la siguiente escala:
– Nivel A2: 0,5 puntos.
– Nivel B1: 1 punto.
– Nivel B2: 2 puntos.
– Nivel C1: 3 puntos.
– Nivel C2: 4 puntos.

La documentación acreditativa para justificar el nivel del idioma serán las copias de las certificaciones expedidas por los organismos oficiales reconocidos.

3. Formación complementaria:
Se valorarán los cursos de formación que tengan relevancia para el desempeño de las funciones propias de la categoría profesional a la que se aspira. El Tribunal de Valoración queda facultado para determinar la vigencia de la formación realizada por las personas aspirantes y su relación con las funciones propias de la categoría profesional. La puntuación a otorgar será:
a) Formación acreditada por las Administraciones públicas, o por las organizaciones sindicales en el marco de los Acuerdos de formación en las Administraciones públicas: 0,2 puntos por hora de formación.
b) Formación acreditada por otras entidades: 0,15 puntos por hora de formación.
La documentación acreditativa para justificar los cursos de formación será las copias de las certificaciones de los mismos.

Otros méritos (máximo 10 puntos)
Se valorarán los méritos, las competencias y los conocimientos específicos reflejados en el currículum profesional que no se encuentren incluidos en los anteriores apartados de este baremo, siempre que tengan relación directa con las funciones a desarrollar en la plaza a la que se aspira en la Universidad Pablo de Olavide.

Criterio de desempate
En caso de producirse un empate en las puntuaciones obtenidas tras la aplicación del baremo anterior, cuando esta circunstancia suponga la imposibilidad de cumplir con lo establecido en la base 8.4 de la convocatoria, dicho empate se resolverá mediante la realización de una prueba práctica a la que serán convocadas por el Tribunal de Valoración exclusivamente las personas afectadas. La prueba se calificará de 0 a 10 puntos y su resultado fijará el orden de prelación a los efectos de declarar la superación del proceso selectivo por los aspirantes empatados.


INVITAMOS A LOS INTERESADOS A HACER SIMULACIONES DE PUNTUACIÓN DE UN INTERINO CON 12,5 AÑOS DE ANTIGÜEDAD EN LA UPO FRENTE A OTRA PERSONA QUE LLEVE 16,5 AÑOS EN CUALQUIER OTRA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE ESPAÑA ("en cuerpos, escalas o categorías análogas a la convocada, de otras Administraciones Públicas")

DESDE UGT EN LA UCO MANIFESTAMOS PÚBLICAMENTE QUE NO FIRMAREMOS NINGÚN ACUERDO QUE TENGA UN BAREMO COMO ESTE, QUE DEJE EN EL CAMINO AL PERSONAL AFECTADO, QUE CONDENE AL PERSONAL A DESTINOS QUE NADIE QUIERE O QUE PUEDAN TENER COMO RESULTADO QUE PERDAMOS PLAZAS DE ESTABILIZACIÓN. TENDREMOS TIEMPO Y OPORTUNIDADES HASTA EL 31/12/2022.

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