Postura de UGT ante el Anteproyecto de Ley de Convivencia Universitaria

Está claro que las Universidades, como todas las Instituciones, en las que conviven y actúan diversos y diferentes sectores, se ven necesitadas de un Reglamento que regule la convivencia.

Desafortunadamente, en 2021, sigue en nuestras Universidades vigente, para los estudiantes, el Decreto de 8 de septiembre de 1954 por el que se aprueba el Reglamento de disciplina académica de los Centros oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica, dependientes del Ministerio de Educación Nacional.

Desde que Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre el régimen del profesorado universitario derogó el citado Reglamento de Disciplina Académica en lo referido al personal docente, el régimen disciplinario y sancionador de los empleados públicos se rige por la legislación aplicable a los empleados públicos. Aunque algunas universidades han desarrollado normas de carácter disciplinario y han asumido que algunos de los artículos del decreto franquista son inconstitucionales, estas regulaciones tienen su cobertura legal en el texto firmado en verano del 54 en Meirás.

Durante años, UGT ha reivindicado su derogación, y aunque hace casi un año, Castells anunció con bombo y platillos que lo derogaba, no establecía ninguna regulación de normas de convivencia, tan necesarias, actualizándolo a la realidad actual y a los medios informáticos y de comunicación social.

Por lo tanto, se podrían vivir en las Universidades situaciones de riesgo con peligro para la integridad moral, e incluso física del personal y de los alumnos.

En 2011, se intentó aprobar el “Proyecto de ley de convivencia y disciplina académica en la enseñanza universitaria”, una vez puesto en marcha el Estatuto del Estudiante. Pero con el cambio de Gobierno y Wert al frente de Educación este proyecto se quedó en agua de borrajas. Este texto, conocido en tiempo y forma por los sindicatos, ya hablaba de conciliación y medios de solución extrajudicial.

Ahora sabemos que es un Anteproyecto de Ley, negociado con la CRUE y con los alumnos, pero que efectivamente contiene regulaciones que afectan a los trabajadores, tal y como recoge la propia nota de prensa del Ministerio.

Lo que conocemos hoy, es que se propone un doble mecanismo y procedimiento de mediación en la solución de conflictos de convivencia. UGT siempre ha sido partidario de los procesos de conciliación previa a la vía judicial, por lo que consideramos que la regulación de este Anteproyecto es una medida positiva.

Estas normas de convivencia y prevención y el mecanismo de mediación serán de aplicación también al personal docente e investigador y al personal de administración y servicios, cualquiera que sea la vinculación jurídica con la universidad, salvo que se trate de comportamientos o conductas constitutivas de faltas según su régimen disciplinario (EBEP, TRET o RD 898/85), en cuyo caso se aplicará dicha normativa, sin perjuicio de la posibilidad, en su caso, y dependiendo de la naturaleza de las faltas, del recurso al mecanismo de mediación.

Además, la norma no especifica si existirá obligatoriedad en formar parte de las “Comisiones de Convivencia” que se crearán en cada Universidad para dirimir estos conflictos, como “personas mediadoras” o su participación será voluntaria, lo que sí que establece, es la dotación de personal de administración y servicios para su funcionamiento.

Nuestra satisfacción por esta iniciativa se ve disminuida por la falta de negociación con los representantes legales de los trabajadores, los Sindicatos, cuando estas medidas pueden afectar a su régimen disciplinario y sancionador.

Una vez estudiemos el Anteproyecto os haremos llegar nuestras conclusiones.

Madrid, 26 de mayo de 2021


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