Actualizado 03/11/2011
El nuevo Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil se irá implantando de forma progresiva a partir del curso 2010-2011. En la tabla se detalla el calendario de implantación del nuevo grado así como los cursos que se extinguen de la Diplomatura que se sustituye, así como los periodos de convivencia de ambos planes de estudios.
| Cursos implantados plan nuevo | Curso extinguidos plan antiguo | Cursos que se mantienen plan antiguo | |
|---|---|---|---|
| Curso 2010-2011 | 1º | 1º | 2º-3º |
| Curso 2011-2012 | 1º y 2º | 1º y 2º | 3º |
| Curso 2012-2013 | 1º, 2º y 3º | 1º, 2º y 3º | - |
| Curso 2013-2014 | 1º, 2º, 3º y 4º | - | - |
Por la implantación del presente Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil se extinguen las enseñanzas actuales correspondientes al Plan de Estudios de Maestro/Maestra, especialidad de Educación Infantil, aprobado por Resolución de 6 de agosto de 2000, de la Universidad de Córdoba (BOE número 244, de 11 de octubre de 2000, y modificado por Resolución de 19 de julio de 2002, de la Universidad de Córdoba (BOE número 194, de 14 de agosto de 2002).
Se presenta, a continuación, el reconocimiento de las asignaturas de aquellos y aquellas estudiantes que hayan o estén cursando los estudios a extinguir (Diplomatura de Maestro, especialidad de Educación Infantil) por las asignaturas obligatorias del nuevo Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil
MAESTRO, ESPECIALIDAD DE EDUCACIÓN INFANTIL PLAN 2001 |
GRADUADO/GRADUADA EN EDUCACIÓN INFANTIL |
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|---|---|---|---|---|---|
ASIGNATURA |
CARÁCTER |
CRÉDITOS |
ASIGNATURA |
CARÁCTER |
CRÉDITOS |
| Psicología de la Educación y del Desarrollo en Edad Escolar | Troncal | 9 |
Psicología de la Educación | Básico | 6 |
| Psicología del Desarrollo | Básico | 6 |
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| Teoría e Instituciones Contemporáneas de la Educación | Troncal | 4,5 |
La escuela infantil en el sistema educativo | Básico | 12 |
| Organización del Centro Escolar | Troncal | 4,5 |
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| Sociología de la Educación | Troncal | 4,5 |
Sociología de la Educación | Básico | 6 |
| Desarrollo de la Expresión Plástica y su Didáctica | Troncal | 6 |
Expresión Plástica infantil y su Didáctica | Obligatoria | 9 |
| Desarrollo Psicomotor | Troncal | 6 |
Comportamiento motor en el niño y la niña de 0 a 6 años | Obligatoria | 6 |
| Lengua y Literatura y su Didáctica | Obligatoria | 6 |
Lengua española | Obligatoria | 6 |
| Didáctica General | Troncal | 9 |
Planificación e Innovación en Educación Infantil | Básico | 6 |
| Bases Psicopedagógicas de la Educación Especial | Troncal | 9 |
Atención al alumnado con necesidades educativas especiales en Educación Infantil | Obligatoria | 6 |
| Desarrollo de la Expresión Musical y su Didáctica | Troncal | 6 |
Desarrollo de la Expresión musical en Infantil | Obligatoria | 6 |
| Desarrollo de Habilidades Lingüísticas y su Didáctica I | Troncal | 6 |
Desarrollo de Habilidades Lingüísticas y su Didáctica | Obligatoria | 9 |
| Desarrollo de Habilidades Lingüísticas y su Didáctica II | Troncal | 6 |
|||
| Literatura Infantil | Troncal | 4,5 |
Literatura Infantil y su Didáctica | Obligatoria | 3 |
| Desarrollo del Pensamiento Matemático y su Didáctica | Troncal | 6 |
Desarrollo del Pensamiento Matemático | Obligatoria | 6 |
| Conocimiento del Medio Natural, Social, y Cultural | Troncal | 6 |
Didáctica de las Ciencias Naturales y Sociales en Educación Infantil | Obligatoria | 9 |
| Prácticum I | Troncal | 16 |
Prácticum I y II | Obligatoria | 26 |
| Prácticum II | Troncal | 16 |
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En cuanto a la optatividad se reconocerán, dentro del máximo de créditos optativos que permita la titulación de Graduado/Graduada en Educación Infantil, los créditos optativos que el estudiante ya tuviera aprobados en los estudios que se extinguen.
Asimismo, estos estudiantes deberán acreditar el conocimiento de un idioma extranjero para la obtención del Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil. El nivel exigido será al equivalente a B1 (dominio independiente según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
), pudiendo realizar el alumno o alumna la acreditación de alguna de las siguientes formas:
Acreditando su movilidad Erasmus
, previamente concertada o verificada a través del Vicedecanato de Innovación y Relaciones Institucionales de la Facultad de Ciencias de la Educación en el caso del centro público y del centro adscrito
Los diplomados actuales, con el Título de Maestro y la especialidad de Educación Infantil podrán obtener el Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil cursando las siguientes asignaturas
Asignaturas a cursan por el alumnado Diplomado en Maestro, especialidad de Educación Infantil para la obtención del Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil
| ASIGNATURA | CARÁCTER | CRÉDITOS |
|---|---|---|
| Trabajo de fin de grado | Obligatorio | 6 |
| Practicum III | Obligatorio | 18 |
| Prevención e identificación de los trastornos del desarrollo y las dificultades del aprendizaje en la Etapa Infantil | Obligatorio | 6 |
| Convivencia en el Centro y Cultura de paz en Educación Infantil | Básico | 8 |
| Total | 38 | |
Asimismo, estos estudiantes deberán acreditar el conocimiento de un idioma extranjero para la obtención del Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil. El nivel exigido será al equivalente a B1 (dominio independiente según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, http://cvc.cervantes.es/obref/marco/), pudiendo realizar el alumno o alumna la acreditación de alguna de las siguientes formas:
El Real Decreto 1393/2007 establece, en su artículo 28, modificado por el Real Decreto 861/2010 de 2 de julio, sobre “Modificación y extinción de los Planes de Estudios conducentes a Títulos oficiales verificados”, que:
“Se considerará extinguido un Plan de Estudios cuando el mismo no supere el proceso de acreditación previsto en el artículo 27”, lo cual supone “comprobar que el Plan de Estudios correspondiente se está llevando a cabo de acuerdo con su proyecto inicial mediante una evaluación…”; “…en caso de informe negativo el Título causará baja en el mencionado registro y perderá su carácter oficial y su validez” (artículo 27).
“Las Universidades están obligadas a garantizar el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que hubieran iniciado sus estudiantes hasta su finalización”.
En el ANEXO I (apartado 9.f) se establece que la Memoria para la verificación de los Títulos oficiales debe recoger los “criterios específicos en el caso de extinción del Título”.
El proceso que hay que desarrollar consta de dos procedimientos:
La Universidad especificará los límites concretos para cada uno de los criterios que se señalan a continuación y que determinarán la interrupción de un Título, ya sea de forma temporal o de manera definitiva. Los criterios específicos para la extinción del Título son los siguientes:
En la página web y cuantos otros medios se estime oportuno figurarán detalladamente:
Se realizarán unas Jornadas Informativas con la denominación de “Nuevos Títulos y criterios para su extinción”.
La Secretaría del Centro tendrá al día los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno con respecto a los criterios adoptados para interrumpir la impartición del Título, temporal o definitivamente, y los mecanismos previstos para salvaguardar los derechos y compromisos adquiridos con el alumnado, así como las alternativas viables propuestas para el alumnado que esté cursando la enseñanza.
Desde la Secretaría del Centro se establecerán mecanismos de información individualizada sobre la situación académica de cada estudiante afectado.
El programa VERIFICA de ANECA, en su “Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales” señala que la propuesta de los nuevos Títulos debe “definir aquellos criterios que establecerán los límites para que el Título sea finalmente suspendido. Para ello, previamente, se debe establecer un procedimiento que describa el sistema creado en la Universidad para definir estos criterios, así como su revisión, aprobación y actualización periódica”.
En este mismo sentido, la Guía de Apoyo del programa VERIFICA de la ANECA establece que “…se debe identificar cuáles son los criterios para interrumpir la impartición del Título, temporal o definitivamente, y los mecanismos previstos para salvaguardar los derechos y compromisos adquiridos con los estudiantes…”.
Se realizarán estudios en torno a la extinción de Títulos por parte de la Unidad de Garantía de Calidad del Título, utilizando los siguientes indicadores:
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