UGT Informa: INSTRUCCIONES/RECOMENDACIONES para la presentación de recurso de reposición frente a Resolución de Complementos Autonómicos
B) MODO DE INTERPOSICIÓN
UGT informa sobre la reunión extraordinaria de Comité de Empresa del PTGAS de 13/01/2025
- T.S. de Laboratorios.
- TGM de Laboratorios (Belmez).
- TGM de Laboratorios.
- TGM de Conserjería.
UGT Informa: CONVOCATORIA PARA LA EVALUACIÓN DE LA ACTIVIDAD INVESTIGADORA DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR CONTRATADO
Ayudas «Beatriz Galindo» 2024
El BOE de 09/01/2025, publica el extracto de la Orden Ministerial de 30 de diciembre de 2024 por la que se aprueba por tramitación anticipada la convocatoria de ayudas Beatriz Galindo correspondiente al año 2024.
Aquí podéis encontrar la Convocatoria completa.
Como cada año, tan solo convocan 100 ayudas en total (60 en la modalidad junior y 40 en la modalidad senior) para las 50 Universidades Públicas…
El contrato tendrá una duración de 4 años, y consistirá en una cantidad anual de 65.000 € en la senior y de 35.000 € en la junior. Aunque las universidades pueden incrementar libremente estas cantidades.
UGT Informa: ACLARACIONES SOBRE EL INCREMENTO RETRIBUTIVO ADICIONAL Y CONSOLIDABLE DEL 0,5% (PENDIENTE) CORRESPONDIENTE AL AÑO 2024.
Estimados compañeros y compañeras:
Como ya sabéis, el Acuerdo Marco para la Administración del S XXI, en su apartado de retribuciones, establece para el año 2024, la siguiente subida salarial:
“Para el año 2024, el incremento salarial fijo será del 2%, sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en el ejercicio anterior. Adicionalmente a la subida fija del año 2024, si la suma de la variación del IPCA de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024 establecido en los párrafos anteriores, se aplicará un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5%. Este incremento adicional tendría efectos de 1 de enero de 2024”.
ACLARACIONES SOBRE EL INCREMENTO RETRIBUTIVO ADICIONAL Y CONSOLIDABLE DEL 0,5% (PENDIENTE) CORRESPONDIENTE AL AÑO 2024
El Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, en su artículo, 6 regula el incremento retributivo del personal al servicio del sector público para el año 2024, incluyendo el incremento adicional y consolidable del 0,5%, al cumplirse una serie de requisitos que comentamos a continuación.
Requisito 1º: La suma de la variación de los IPC armonizados de los años 2022, 2023 y 2024 supere el incremento retributivo fijo acumulado de esos años.
AÑO |
IPCA |
SUBIDA FIJA |
2022 |
8,3% |
3,5% |
2023 |
3,4% |
2,5% |
2024 |
2,9% (Provisional) |
2% |
TOTAL |
14,6% |
8% |
Este primer requisito se ha CUMPLIDO, a pesar de que el dato referido al año 2024 es provisional, pues los datos del IPCA superan los incrementos fijos.
Requisito 2º: Publicación oficial del INE de los datos del IPCA del año 2024.
Este segundo requisito, previsiblemente, se cumpla el 15 de enero próximo, si nos atenemos a las publicaciones de años anteriores. Por tanto, está PENDIENTE.
Requisito 3º: Acuerdo de Consejo de Ministros publicado en BOE.
También PENDIENTE, hasta que se cumpla el del INE. Ni en el Acuerdo para una Administración del siglo XXI, ni en el RDL 4/2024, se fija una fecha concreta al respecto.
Otras cuestiones para tener en cuenta
Resumibles en las siguientes:
➢ La Disposición final sexta del RDL 4/2024 habilita a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos para actualizar las cantidades a las que se refiere el apartado 7 del artículo 6 del RDL, de conformidad con el incremento aprobado y para dictar las instrucciones oportunas para hacer efectivo el abono de las cuantías correspondientes. Por tanto, existe la previsión y habilitación normativa oportuna para dotar presupuestariamente el incremento del 0,5% en el conjunto de las Administraciones Públicas.
➢ Este incremento se aplica a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023.
➢ Es un incremento adicional y consolidable.
➢ Este incremento se aplicable a todo el personal (funcionario, estatutario y laboral).
Desde UGT seguimos informando
FPU: Convocatoria 2024 y Ayudas Movilidad
- Una ayuda mensual para gastos de manutención por un máximo de 1.500 €, un máximo de 50 € por día de estancia y alojamiento, complementaria a la ayuda para contrato.
- Una ayuda para gastos de viaje, un máximo de 600 €, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; y un máximo de 1.200 €, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
- Una ayuda de hasta 200 € mensuales para seguro de asistencia médica y accidentes, contratado por el centro de adscripción, para los beneficiarios que se desplacen a países en los que no tenga validez la tarjeta sanitaria europea.
AYUDAS | ESTANCIAS EN EL EXTRANJERO PDI
- 500 ayudas destinadas a PDI Funcionario o PDI Laboral permanente.
- 260 Ayudas “José Castillejo” para PDI Temporal y funcionario interino con relación contractual, indefinida o temporal, como mínimo hasta la fecha de finalización de la estancia.
- Una dotación mensual en concepto de gastos de alojamiento y manutención entre 2.150 y 3.100 euros al mes, o la parte proporcional si en el mes de inicio y finalización no se permanece en el centro receptor durante todo el mes. Esta dotación será compatible con la percepción de las retribuciones que le correspondan en el centro de adscripción.
- Una dotación para gastos de viaje hasta un máximo de 1.200 €
- Una dotación para gastos de instalación hasta un máximo de 2.500 €.
UGT Informa: Sexenios de Investigación | Convocatoria Oficial
-
La presentación será telemática, a través de la sede electrónica de ANECA https://aneca.sede.gob.es/
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Plazo de presentación: desde el 13 de enero de 2025 al 3 de febrero de 2025.
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El plazo de resolución será de 6 meses desde la apertura de la convocatoria (13 de enero).
Comunicado de UGT 19/12/2024 Promociones Internas PTGAS Laboral (Grupo IV a III)
Posicionamiento de UGT ante las exigencia de subsanación en la evaluación de los complementos autonómicos
El Gobierno acuerda con UGT y CCOO recuperar el derecho a la jubilación parcial de los empleados públicos
Carrera Horizontal y 100% complemento. Intervención del representante del PTGAS Antonio Lara González en Consejo de Gobierno Extraordinario de 18 de diciembre de 2024
Después de la explicación del Sr. Gerente sobre cómo se ha confeccionado el Presupuesto de 2025, parece evidente que, desde el punto de vista técnico y con carácter general sobre su contenido, hay que felicitar por el trabajo realizado tanto al Gerente como al equipo del Personal Técnico y de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) que ha trabajado para traer la documentación a esta sesión extraordinaria del Consejo de Gobierno, especialmente al Área de Gestión Económica.
Pero entrando en el contenido, más bien en lo NO contenido en el Presupuesto de 2025, tengo que volver a mostrar mi “frustración”, de la que ya les di traslado en la pasada sesión ordinaria de 29/11/2024 (cuando me despedía en la que creía que iba a ser mi última sesión en este CG), al confirmarse que NO se han incluido las partidas económicas que sustentan acuerdos tan importantes para el PTGAS como el de Carrera Horizontal y el del 100% del complemento acordado en 2018, aunque el Gerente haya manifestado la voluntad de modificar el Presupuesto para incluirlas cuando la Junta de Andalucía aporte las cuantías económicas a las que se haya comprometido al firmar los acuerdos vigentes.
UGT informa sobre Promociones Internas Grupo IV al III (continuación)
Desde UGT seguimos informando
UGT Informa: Modificaciones al Estatuto del Personal Investigador en Formación
- La inclusión, dentro del periodo estricto de duración del contrato de 4 años, de un año, el último, en la condición de trabajador/a postdoctoral. Además, por la Ley de la Ciencia, se ha regulado la obligación de realizar al predoctoral una evaluación anual, que en caso de no superarse, podría dar lugar a la resolución del contrato, y desde el Sindicato rechazamos que, la finalización del contrato por este motivo “No genere el derecho a Indemnización”. UGT siempre ha considerado, y más después de estas modificaciones, que una vez finalizado el periodo predoctoral, se debería acceder a un contrato de Ayudante Doctor directamente.
- Cuando el contrato se extinga por la obtención del doctorado o por la finalización del periodo de orientación postdoctoral, o por la finalización de los 4 años o 6 en caso de discapacidad, los trabajadores tendrán derecho a una indemnización (fijada en un porcentaje igual a los de duración determinada del Estatuto de los Trabajadores. Vieja reivindicación de UGT Los FPI lo consiguieron tras la Ley de la Ciencia, pero los FPU carecían de este derecho legal hasta ahora, aunque algunas CC.AA si procedían a su indemnización.
- Valoramos la modificación realizada al respecto de las reclamaciones por incumplimiento de las tareas propias de la dirección de la tesis doctoral, ante el órgano competente, que suspenden el cómputo del plazo. Por fin se establece un plazo para resolver: 3 meses para que el órgano competente resuelva y en caso de que la resolución sea favorable, deberá acordar el cambio en la dirección de la tesis en el plazo máximo de un mes, tal y como había reivindicado UGT.
- Se añaden nuevas circunstancias que dan derecho a la interrupción del cómputo del plazo del contrato: razones de conciliación y/o excedencia, y las cualidades de víctima por delitos de terrorismo o de violencia sexual y permisos, a tiempo parcial por lactancia o cuidado de menores o familiares afectados por enfermedad grave.
- Serán de aplicación a los contratos predoctorales, los derechos recogidos para el PDI y para el PI, en la LOSU y la Ley de la Ciencia respectivamente. Además se añaden derechos provenientes de las leyes de Igualdad y de Violencia de Género.
- Respecto a las retribuciones, ahora, el Grupo Profesional del Convenio de Personal Laboral de la Administración General del Estado de referencia para su establecimiento es el Grupo M3, anteriormente el Grupo 1. No ha variado nada, las retribuciones son idénticas, el Convenio de la AGE ha variado su nomenclatura para adaptarse a la legislación europea (Grupo M3 = meces 3).
- Por otro lado, comentaros, que la contratación predoctoral, incluidas sus prórrogas, supone una bonificación en la cotización de 115 euros/mes, con efectos retroactivos al 1 de septiembre de 2023. Esta bonificación no os afecta ni en vuestras retribuciones ni en vuestras cotizaciones, solo afectan a la Universidad que realiza las cotizaciones correspondientes.
Esta nueva regulación, que entró en vigor el pasado, 12 de diciembre se aplicará a los contratos predoctorales que se encuentren vigentes a la entrada en vigor de la Ley 17/2022, de modificación de la Ley de la Ciencia, así como a los contratos predoctorales que se hubiesen suscrito a partir de su entrada en vigor.
Desde UGT seguimos informando
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